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Resolución 1674 EXENTA

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Resolución 1674 EXENTA

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Resolución 1674 EXENTA MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 529 EXENTA, DE ESTA SECRETARÍA MINISTERIAL, DE FECHA 11.05.2021, QUE LLAMA A POSTULACIÓN REGIONAL, EN CONDICIONES ESPECIALES Y APRUEBA NÓMINA DE POSTULANTES SELECCIONADOS, PARA PROYECTOS DEL TÍTULO II, MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR, REGULADO POR EL D.S. Nº 255 (V. Y U.), DE 2006, PARA VIVIENDAS DEL PROGRAMA ESPECIAL DE TRABAJADORES, PET, PARA DETERMINADAS COMUNAS DE LA REGIÓN METROPOLITANA

MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO; SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL REGIÓN METROPOLITANA

Resolución 1674 EXENTA

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Promulgación: 31-DIC-2021

Publicación: 07-ENE-2022

Versión: Texto Original - de 07-ENE-2022 a 15-MAR-2022

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MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 529 EXENTA, DE ESTA SECRETARÍA MINISTERIAL, DE FECHA 11.05.2021, QUE LLAMA A POSTULACIÓN REGIONAL, EN CONDICIONES ESPECIALES Y APRUEBA NÓMINA DE POSTULANTES SELECCIONADOS, PARA PROYECTOS DEL TÍTULO II, MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR, REGULADO POR EL D.S. Nº 255 (V. Y U.), DE 2006, PARA VIVIENDAS DEL PROGRAMA ESPECIAL DE TRABAJADORES, PET, PARA DETERMINADAS COMUNAS DE LA REGIÓN METROPOLITANA

    Santiago, 31 de diciembre de 2021.- Hoy se resolvió lo siguiente:
    Núm. 1.674 exenta.
     
    Vistos:
     
    1. La Ley 16.391, de 1965, que crea el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, y el DL Nº 1.305 (V. y U.) de 1975, que Reestructura y Regionaliza el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
    2. La ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
    3. La ley Nº 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los órganos de la Administración del Estado.
    4. El decreto supremo Nº 255 (V. y U.), de 2006, y sus modificaciones, que regula el Programa de Protección del Patrimonio Familiar y, en especial, lo dispuesto en su artículo 13º.
    5. La resolución Nº 533 (V. y U.), de 1997, que fija Procedimiento para Prestación de Servicios de Asistencia Técnica a Programas de Viviendas que indica, y deroga la resolución Nº 241 (V. y U.), de 1996.
    6. La circular Nº 1, de fecha 25 de enero de 2021, de la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo, que informa el Programa Habitacional 2021 de este Ministerio.
    7. La resolución exenta N° 68 (V. y U.), de fecha 22 de enero de 2021, y sus modificaciones, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2021, en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, regulado por el DS N° 255 (V. y U.), de 2006.
    8. La resolución Ex. Nº 520 (V. y U.), de fecha 30 de abril de 2021, que autoriza a esta Secretaría Ministerial a realizar llamado regional 2021, en condiciones especiales, a través del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, regulado por el DS Nº 255 (V. y U.), de 2006, correspondiente al Título II, sobre Mejoramiento de la Vivienda, destinado a la atención de viviendas del Programa Especial de Trabajadores (PET), emplazadas en determinadas comunas de la Región Metropolitana.
    9. La resolución exenta Nº 1.379, de fecha 4 de noviembre de 2021, de esta Secretaría Ministerial, que actualiza funcionamiento referente a la recepción y despacho de documentación durante la vigencia de la alerta sanitaria.
    10. El DS Nº 397 (V. y U.), de 1976, que fija el Reglamento de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo.
    11. La resolución exenta RA número 272/1752/2021 que nombra a la infrascrita como Jefa del Departamento de Planes y Programas Suplente, y el decreto exento RA número 272/35/2021 que establece el orden de subrogación en esta Secretaría Ministerial.
    12. La resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija nuevas normas sobre exención del trámite de toma de razón.
     
    Considerando:
     
    1. Que, con fecha 30 de abril de 2021, el Ministro de Vivienda y Urbanismo, a través de resolución Ex. Nº 520, el Ministro de Vivienda y Urbanismo autorizó a esta Secretaría Ministerial a realizar llamado regional en condiciones especiales, para el presente año, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 13 y 27 del DS Nº 255 (V. y U.) de 2006, disposiciones que autorizan la delegación en las Secretarías Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo de la facultad de convocar llamados a concurso regionales para el citado Programa Habitacional (Art. 13), en cuanto a que las resoluciones que dispongan los llamados fijarán las condiciones de postulación y todas aquellas operaciones que incidan en la aplicación práctica del programa ya señalado, así como la facultad de aprobar las nóminas de postulantes seleccionados y los respectivos proyectos (Art. 27), y seleccionar mediante resolución, en atención al financiamiento disponible y a los factores de puntajes establecidos para tal efecto;
    2. Que, con fecha 11 de mayo del año en curso, la resolución exenta N° 529 de esta Secretaría Ministerial, llamó a postulación regional en condiciones especiales a familias residentes en viviendas unifamiliares pertenecientes al Programa Especial de Trabajadores (PET), localizadas en las comunas de El Bosque, Huechuraba, La Florida, La Granja, La Reina, Maipú, Peñalolén, Pudahuel, Puente Alto, Quilicura, Recoleta, Renca, San Bernardo y Santiago, para el otorgamiento de subsidios del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, correspondientes al Título II, Mejoramiento de la Vivienda, artículo Nº 5, letras b.1) y a modo de complemento b.2) del artículo 5º del DS Nº 255 (V. y U.) de 2006;
    3. Que, en reunión sostenida con fecha 10 de marzo de 2021, entre el Gabinete del Sr. Subsecretario de esta Cartera, el Departamento de Atención del Déficit Cualitativo, de la División de Política Habitacional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (DPH Minvu) y el Departamento de Planes y Programas de esta Secretaría Ministerial, se acordó ampliar el universo de postulantes del Llamado de viviendas PET año 2021, considerando la incorporación de viviendas básicas, con la finalidad de permitir participar del concurso a proyectos de mejoramiento de viviendas para un mayor número de familias en la región;
    4. Que, la resolución exenta Nº 1.373, de fecha 19 de agosto de 2021, del Ministro de Vivienda y Urbanismo, autoriza a esta Secretaría Regional Ministerial a elaborar la modificación de las condiciones del Llamado Regional PET año 2021, considerando la incorporación de viviendas unifamiliares del Programa de Vivienda Básica, regido por el decreto supremo Nº 62 (V. y U.) del año 1984, construidas bajo el Reglamento del Sistema de Postulación, Asignación y Venta de Viviendas destinadas a atender Situaciones de Marginalidad Habitacional, en las comunas de El Bosque, Huechuraba, La Florida, La Granja, La Reina, Maipú, Peñalolén, Pudahuel, Puente Alto, Quilicura, Recoleta, Renca, San Bernardo y Santiago;
    5. Que, con fecha 20 de septiembre del año en curso, la resolución exenta N° 1.141 de esta Secretaría Ministerial, modificó la resolución exenta Nº 529, citada precedentemente, incorporando al llamado regional PET a familias residentes en viviendas unifamiliares correspondientes al Programa de Vivienda Básica, regidas por el decreto supremo Nº 62 (V. y U.) del año 1984, construidas bajo el Reglamento del Sistema de Postulación, Asignación y Venta de Viviendas destinadas a atender Situaciones de Marginalidad Habitacional, localizadas en determinadas comunas de la R.M., para el otorgamiento de subsidios del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, correspondientes al Título II, Mejoramiento de la Vivienda, artículo Nº 5, letras b.1) y a modo de complemento b.2) del artículo 5º del DS Nº 255 (V. y U.), de 2006.
    6. Que, con fecha 27 de octubre del año en curso, a través de correo electrónico, el Departamento de Atención del Déficit Cualitativo, de la DPH Minvu, informa sobre la Digitación de los proyectos presentados a la Selección del llamado en condiciones especiales para el desarrollo de proyectos del Título II, individualizado precedentemente, señalando que el número de postulantes y recursos es mayor a lo indicado en la resolución de llamado Nº 529, de mayo de 2021, dada la alta demanda generada para el concurso regional año 2021.
    7. Que, asimismo, con fecha 22 de noviembre del año en curso, a través de correo electrónico, el Departamento de Estudios, de la Subdirección de Vivienda y Equipamiento, de Serviu Metropolitano, informa sobre los factores de puntaje para la prelación del total de postulantes calificados como hábiles por Serviu Metropolitano, para los proyectos presentados a la Selección del llamado en condiciones especiales para el desarrollo de proyectos del Título II, Mejoramiento de la Vivienda, indicado precedentemente. Esta información es ratificada a través de correo electrónico de fecha 20 de diciembre de 2021, a través de correo electrónico del Subdepartamento de Subsidios para Mejoramiento de Viviendas y Entorno del Departamento de Asignación de Subsidios Habitacionales de la Subdirección de Operaciones Habitacionales de Serviu Metropolitano.
    8. Que, por correo electrónico de fecha 20 de diciembre de 2021, el Departamento de Atención del Déficit Cualitativo, de la DPH Minvu, aclara situación referida al ahorro de postulantes en la línea PET.
    9. Que, por resolución exenta Nº 520 (V. y U.), de fecha 30 de abril de 2021, el Ministro de Vivienda y Urbanismo autorizó a esta Secretaría Regional Ministerial a efectuar Llamado Regional del Programa de Protección del Patrimonio Familiar en condiciones especiales, largamente citado, el cual ha sido modificado a través de resolución exenta Nº 2.096 (V. y U.), de fecha 27 de diciembre de 2021, en el sentido de autorizar el incremento del marco presupuestario para dicho llamado, considerando que el llamado en comento tuvo una alta cantidad de postulantes, lo que superó el marco de recursos originalmente otorgado.
    10. Que, en función de lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en la resolución Ex. Nº 529 de esta Seremi Metropolitana, de fecha 11 de mayo de 2021, y sus modificaciones, corresponde a esta Secretaría Ministerial dictar el acto administrativo de selección de beneficiarios del llamado antes singularizado, atendido lo cual dicto la siguiente
     
    Resolución:


    1. Modifícase resolución exenta Nº 529 de esta Secretaría Ministerial, de fecha 11 de mayo de 2021, en el siguiente sentido:
     
    1.1 Reemplázase su resuelvo Nº 7, por el siguiente:
     
    7. El presupuesto disponible para la realización del presente llamado, asciende a 327.339 UF, para un total de 1.285 viviendas aproximadamente, imputables al Programa Regular para el DS Nº 255/2006 de V. y U., año 2021 del Minvu. La desagregación de la cifra anterior corresponde a:
     
   
     
    2. Establézcase que la resolución exenta Nº 529, de fecha 11.05.2021, de esta Secretaría Ministerial, se mantendrá vigente en todo aquello que no ha sido modificado por la presente resolución exenta.
    3. Apruébase nómina de proyectos seleccionados y fíjase el número de postulantes seleccionados por proyecto indicado, para el otorgamiento de subsidios habitacionales correspondientes a la selección del llamado en condiciones especiales para proyectos del Título II, Mejoramiento de la Vivienda, del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, regulado por el DS Nº 255 (V. y U.) de 2006, los cuales se encuentran con calificación aprobada por Serviu Metropolitano, en base a las condiciones especiales establecidas en el presente llamado, señalado en la tabla que se indica a continuación y que se entenderá formar parte de la presente resolución:
     
   
     
   
     
    4. Apruébanse las nóminas de postulantes seleccionados para el otorgamiento de subsidios habitacionales correspondientes al llamado regional en condiciones especiales 2021, para viviendas PET y Vivienda Básica, de acuerdo a lo señalado en el resuelvo Nº 1, de la resolución exenta Nº 529, de esta Secretaría Ministerial, de mayo de 2021, y sus respectivas modificaciones, las cuales se adjuntan y se entenderá que forman parte de la presente resolución exenta.
    5. Comprométanse los recursos disponibles para el proceso de selección del Llamado en condiciones especiales para proyectos del Título II, Mejoramiento de la Vivienda, del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, regulado por el DS Nº 255 (V. y U.) de 2006, dirigido a familias residentes en viviendas unifamiliares correspondientes al Programa Especial de Trabajadores (PET) y para familias residentes en viviendas del Programa de Vivienda Básica, los que se destinarán al financiamiento de los subsidios y al pago de los servicios de asistencia técnica, de conformidad a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución, expresada en el siguiente cuadro:
     
   
     
   
     
    6. Impútase el monto total de 310.831,00 Unidades de Fomento, comprometido precedentemente, a los recursos regionales del año 2021, para el Programa de Protección del Patrimonio Familiar, regido por el DS N° 255 (V. y U.), de 2006, según lo establecido en la circular 1, señalada en el numeral 6 de la parte expositiva de la presente resolución.
    7. Que, por razones de buen servicio, en orden a agilizar los procesos de solución respecto de las familias beneficiarias del presente llamado, se autoriza la ampliación de plazo de entrega de los antecedentes a presentar por parte de Serviu Metropolitano para la presente asignación de subsidios, según lo dispuesto en la resolución exenta Nº 529/2021, en su Anexo Nº 8, llamado "Plano intervención Viviendas PET_ Factores de Puntaje", considerando un plazo adicional de 60 días corridos, que se contarán desde la fecha de emisión de la presente resolución. Esta información corresponde a los requerimientos en Proyectos de Seguridad, en particular, sobre la Tipología de Vivienda a intervenir en el mejoramiento, es decir, correspondiente a vivienda terminal o intermedia, para presentar a esta Secretaría Regional Ministerial, no siendo requisito indispensable para la selección en comento, pero sí para dar inicio a la ejecución de las obras de los proyectos señalados en el cuadro individualizado en el resuelvo 3 de la presente resolución, con el fin de velar por el correcto gasto de los recursos, de los subsidios asignados a beneficiarios que se encuentren realizando el mejoramiento en las tipologías mencionadas, según los valores establecidos en la resolución exenta Nº 529/2021, que llama a concurso regional.
    8. Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial y un aviso en un periódico de circulación regional, que indique el lugar y fecha en que será publicada la nómina de los grupos postulantes seleccionados y los respectivos proyectos.

    Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Francisca Bustos Contreras, Secretaria Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo Subrogante.

Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Última Versión
De 16-MAR-2022
16-MAR-2022
Texto Original
De 07-ENE-2022
07-ENE-2022 15-MAR-2022

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