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Decreto 170

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Decreto 170

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Decreto 170 OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE VOZ SOBRE INTERNET A LA EMPRESA CELMEDIA SpA

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES

Decreto 170

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Promulgación: 01-SEP-2021

Publicación: 23-ABR-2022

Versión: Única - 23-ABR-2022

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OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE VOZ SOBRE INTERNET A LA EMPRESA CELMEDIA SpA
    Santiago, 1 de septiembre de 2021.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 170.
     
    Vistos:
     
    a) El decreto ley Nº1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
    b) La Ley Nº18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
    c) La resolución N°7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
    d) El decreto supremo Nº103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
    e) El decreto supremo Nº484 de 2007, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Voz sobre Internet.
     
    Considerando:
     
    a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N°284.657, de 16.11.2020, complementado por ingreso Subtel N°39.032, de 05.03.2021, y N°98.349, de 25.05.2021.
    b) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.
     
    Decreto:

     
    Otórgase concesión de Servicio Público de Voz sobre Internet, a la empresa Celmedia SpA, RUT Nº 96.974.250-0, con domicilio en Barros Errázuriz N° 1960, piso 2, comuna de Providencia, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
     
    1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar un (1) Nodo, según se indica a continuación:
     
   
     
    El servicio se implementará mediante el uso de redes y servicios propios y/o terceros debidamente autorizados.
    2. La zona de servicio corresponde al territorio nacional.
    3. Los plazos serán los que se indican a continuación:
     
   
     
    4. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
    5. El periodo de vigencia de la presente concesión será de 30 años, contados desde la publicación del presente decreto en el Diario Oficial.
    6. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
     
    Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Gloria Hutt Hesse, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Francisco Moreno Guzmán, Subsecretario de Telecomunicaciones.

Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Única
De 23-ABR-2022
23-ABR-2022

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