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Reglamento Municipal 1

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Reglamento Municipal 1

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  • Encabezado
  • CAPÍTULO 1.- ANTECEDENTES
    • Artículo 1°
    • Artículo 2°
    • Artículo 3°
  • CAPÍTULO 2.- PRINCIPIOS GENERALES
    • Artículo 4°
    • Artículo 5°
    • Artículo 6°
    • Artículo 7°
    • Artículo 8°
  • CAPÍTULO 3.- DE LA PLANTA MUNICIPAL
    • Artículo 9°
    • Artículo 10°
    • Artículo 11°
    • Artículo 12°
    • Artículo 13°
  • CAPÍTULO 4.- NUEVA PLANTA MUNICIPAL
    • Artículo 14°
    • Artículo 15°
    • Artículo 16°
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    • Artículo 18°
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  • Artículo N° 2
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  • Artículo N° 4
  • Artículo N° 5
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Reglamento Municipal 1 REGLAMENTO QUE FIJA LA PLANTA DE LA MUNICIPALIDAD DE GORBEA

MUNICIPALIDAD DE GORBEA

Reglamento Municipal 1

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Promulgación: 28-MAR-2023

Publicación: 03-ABR-2023

Versión: Única - 03-ABR-2023

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REGLAMENTO QUE FIJA LA PLANTA DE LA MUNICIPALIDAD DE GORBEA
     
    Núm. 1.- Gorbea, 28 de marzo de 2023.
     
    Vistos:
     
    1. Lo dispuesto en el Art. 49 Bis de la ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades.
    2. Lo dispuesto en los artículos 38, 118, 119, 121 y 122 de la Constitución Política de la República.
    3. El DFL N° 66-19.280, publicado en el Diario Oficial con fecha 26 de agosto de 1994, que adecua, modifica y establece planta de personal de la Municipalidad de Gorbea y sus modificaciones posteriores.
    4. La Ley N° 19.777, Art. 52°, que crea los Juzgados de Policía Local, se nombra Juez de Policía Local.
    5. Ley N° 20.554, de fecha de 23 de enero de 2012, que crea cargo Secretario Abogado de Juzgado de Policía Local, grado 10° E.M.S., planta Profesionales.
    6. Ley N° 20.742, del 25 de marzo de 2014, que Perfecciona el Rol Fiscalizador del Concejo; Fortalece la Transparencia y Probidad en las Municipalidades; Crea cargos y Modifica normas sobre personal y Finanzas Municipales.
    7. La ley N° 20.922, de fecha 25 de mayo de 2016, que modifica disposiciones aplicables a los funcionarios municipales y entrega nuevas competencias a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo.
    8. La ley N° 21.493, de fecha 4 de octubre de 2022, que modifica el régimen de los reglamentos que fijen o modifiquen las plantas de personal municipal.
    9. El decreto N° 1.675, de fecha 15 de noviembre de 2016, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que aprueba Reglamento que regula el procedimiento para establecer la categoría en que se ubicarán las Municipalidades del país.
    10. El Reglamento interno que establece la estructura de funcionamiento de la Municipalidad de Gorbea, aprobado mediante decreto N° 125, de 28 de mayo de 2022.
    11. Escalafón de Mérito vigente para el año 2023, aprobado mediante decreto N° l.224, de 30 de diciembre de 2022.
    12. El decreto N° 645, de 27 de noviembre de 2014, que adecua los grados de la Planta Directiva de la Municipalidad de Gorbea.
    13. EL decreto N° 230, de 11 de mayo de 2015, que Crea Cargos de planta de la Municipalidad de Gorbea.
    14. El decreto N° 2.097, de 23 de agosto de 2016, que Modifica y crea cargos Técnicos y Administrativos en la Municipalidad de Gorbea.
    15. El decreto N° 3.100, del14 de diciembre de 2016, que Modifica y Crea Cargos en la Planta de la Municipalidad de Gorbea.
    16. El decreto N° 1, de 3 de enero de 2017, que Modifica y Crea cargos de planta en la Municipalidad de Gorbea.
    17. Lo señalado en el artículo N° 4 transitorio de la ley N° 20.922.
    18. El decreto N° 230, de 1 de marzo de 2017, que "Establece la planta de la Municipalidad de Gorbea".
    19. El decreto exento N° 992, de 17 de noviembre de 2022, que constituye Comité Bipartito y que designa a los representantes del Sr. Alcalde y a los representantes de los funcionarios, para integrar dicho comité, en el proceso de la elaboración de la nueva planta, para la Municipalidad de Gorbea.     
    20. Actas N°s. 1 a la 7 del Comité Bipartito, las cuales dan cuenta de reuniones efectuadas en el marco de la fijación de la planta municipal.
    21. Oficio ordinario N° 284, de 10 de enero de 2023, del Sr. Alcalde al Concejo Municipal solicitando sesión extraordinaria para presentar y fijar la nueva planta municipal de la Municipalidad de Gorbea.
    22. Acta de sesión de Concejo Municipal extraordinaria levantada por el Sr. Secretario Municipal, de fecha 16 de febrero de 2023, que da cuenta de presentación de la propuesta de la nueva planta de la Municipalidad de Gorbea, análisis y observaciones.
    23. El Certificado, emitido por la Secretaría Municipal, que certifica que en sesión extraordinaria del Concejo Municipal de fecha 16 de febrero de 2023, por acuerdo N° 035, se aprueba por Unaminidad presentación de nueva planta municipal de la Municipalidad de Gorbea, por parte del Concejo Municipal.
    24. Certificado N° 3, de fecha 20 de febrero de 2023, emitido por el Secretario Municipal, dando cuenta de la aprobación en forma unánime de la propuesta de planta Municipal
    25. Planilla de apoyo para el cálculo de la disponibilidad presupuestaria gestión municipal, firmada por el Director de Administración y Finanzas y la Directora (S) de Control Interno.
    26. Proyección gasto en personal aplicando descuento devengado firmado por el Director de Administración y Finanzas y Directora (S) de Control Interno.
    27. Planilla cálculo límite del gasto en personal 2023, firmado por el Director de Administración y Finanzas y la Directora (S) de Control Interno.
    28. Gasto en personal aplicando descuento, firmado por el Director de Administración y Finanzas y la Directora (S) de Control Interno.
    29. Certificado N° 012 del Director de Administración y Finanzas informando sobre el incremento de 12 cargos a la planta de la Municipalidad de Gorbea.
    30. Certificado de remuneraciones del año 2022, del Alcalde grado 6° E.M.S. de la Municipalidad de Gorbea, emitido por el Habilitado de Personal.
    31. Balances ejecución presupuestaria año 2020, 2021 y 2022 de la Municipalidad de Gorbea.
    32. El decreto N° 310, de 30 de abril de 2012, que crea el Cargo de Secretario Abogado del Juzgado de Policía Local de la Municipalidad de Gorbea.
    33. Los instructivos N° 17.773 de fecha 13 de julio de 2018 y N° 6.554 de fecha 07 de marzo de 2019 dado a las Municipalidades del país, por la Contraloría General de la República, para readecuación plantas municipales.
    34. Las atribuciones que me confiere la ley N° 18.695, cuyo texto refundido fue fijado por el DFL N° 1, de 2006, de Interior.
     
    Considerando:
     
    1. Que, ley N° 20.922 posibilitaba a los Municipios la adecuación de las Plantas Municipales.
    2. Que, es necesario establecer una dotación de funcionarios permanentes, en la Planta de la Municipalidad de Gorbea, que permita satisfacer las necesidades tanto internas como de la comunidad, toda vez que la actual planta data del año 1994.
    3. Que la ley N° 21.493, permite hacer dicha readecuación de plantas municipales hasta el 31 de marzo de 2023.
    4. Que, considerando las normas legales antes citadas y los considerandos indicados,
     
    Dicto el siguiente Reglamento que Fija la Plantas de la Municipalidad de Gorbea de conformidad con lo dispuesto en la ley 20.922 modificada por la ley 21.493; modifíquese en lo pertinente el Reglamento Interno de la Municipalidad de Gorbea y Apruébese la nueva Planta de la Municipalidad de Gorbea, de la forma que se indica;
     
    "LEY 20.922 MODIFICADA POR LA LEY 21.493"

    CAPÍTULO 1.- ANTECEDENTES


    Artículo 1°.- El presente Reglamento tiene por objeto Fijar la planta del personal de la Municipalidad de Gorbea, de conformidad con lo dispuesto en la ley 20.922.



    Artículo 2°.- El marco reglamentario que regula esta materia, está contenido en el Art. 121 de la Constitución política del Estado de Chile, en la propia ley N° 20.922, ley N° 18.883 Estatuto Administrativo de los funcionarios Municipales, en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades N° 18.695; en el Reglamento Interno de la Municipalidad de Gorbea y en la política de Recursos Humanos y Concursos públicos de la Municipalidad de Gorbea.


    Artículo 3°.- Se deja establecido que conforme la categorización de la Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo, dada por la Res. exenta N° 9.380, de 26 de julio de 2017, dictada de conformidad con el DS 1.675, de Interior, para la adecuación de plantas ley 20.922, la Municipalidad de Gorbea tiene categoría 1 (Uno).


    CAPÍTULO 2.- PRINCIPIOS GENERALES
     


    Artículo 4°.- La facultad de fijar o modificar las plantas del personal de la Municipalidad de Gorbea, recae en el Alcalde, quien a través de la dictación de un Reglamento Municipal, aprobado por el Concejo Municipal, establecerá el número de cargos para cada planta y fijará sus grados, de conformidad a la Ley y el presente Reglamento.


    Artículo 5°.- El Reglamento que adecue y/o modifique la planta de la Municipalidad de Gorbea, entrará en vigencia desde su publicación en el Diario Oficial.


    Artículo 6°.- La presente readecuación de la planta de la Municipalidad de Gorbea, reconoce como límites y requisitos legales los siguientes:
     
    a) El límite de gasto en personal será aquel presupuesto vigente a la fecha de aprobación del presente reglamento o de sus modificaciones.
    b) La disponibilidad presupuestaria para generar cualquier modificación en la planta, estará certificada por el Director de Administración y Finanzas y el Director de Control Interno, en forma conjunta.
    c) El escalafón de mérito del personal deberá estar actualizado y considerado en cada proceso de adecuación y/o modificación de la planta.
    d) En caso de incrementarse el número total de cargos en la planta, a lo menos un 75% de los nuevos empleos deberán requerir título profesional o técnico.
    e) En cada proceso de adecuación y/o modificación de la planta de personal se deberá consultar siempre a las asociaciones de funcionarios regidos por la ley N° 18.883, que estuvieren presentes a la fecha de presentación del proyecto respectivo.
    f) El Alcalde deberá presentar la propuesta de planta, sus modificaciones, como también el presente Reglamento y sus modificaciones al Concejo Municipal, el que deberá ser aprobado por los 2/3 de sus integrantes en ejercicio, quienes no podrán aumentar el número de cargos ni modificar los grados que contenga la proposición y solo podrán reducir o rechazar la proposición.
    g) Una vez aprobada por el Concejo, la Municipalidad deberá remitir copia del reglamento y sus antecedentes a la Subdere , dentro de los sesenta días siguientes a su dictación. De igual modo, debe remitir tales antecedentes a la Contraloría General de la Republica.
    h) Una vez efectuada la toma de razón por parte de la Contraloría General de la República, se publicará en el Diario Oficial el decreto que apruebe el Reglamento que contiene la Planta Municipal.


    Artículo 7°.- Los requisitos para el ingreso y la promoción en los cargos de las plantas de personal de la Municipalidad serán los establecidos en los artículos 8° y siguiente de la ley N° 18.883.

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Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Única
De 03-ABR-2023
03-ABR-2023

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