Ley Chile - Biblioteca del Congreso Nacional Ley Chile
  • Ingresar
  • Registrarse

¿No está registrado? Regístrese

¿Olvidó su Contraseña?

¿Ya tiene una cuenta? Ingrese

BCN ︱Ley Chile
  • BCN imagen
    • Acerca de la Biblioteca
    • Ubicación, horarios y teléfonos
    • Asesorías parlamentarias
    • Actualidad BCN
    • Programa Asia Pacífico
    • Boletines
    • Concursos públicos
    • Políticas de Privacidad
    • Mapa del sitio
  • Ley Chile imagen
    • Inicio
    • Acerca de Ley Chile
    • Normas destacadas imagen
      • Leyes de Quórum Calificado
      • Leyes Orgánicas Constitucionales
      • Leyes por temas
      • Leyes usadas por comisiones legislativas
      • Resúmenes de leyes
    • Historia de la Ley
    • Tratados Internacionales
    • Historia de la Constitución
    • Ley Fácil
    • Glosario
    • Llévatelo
    • Ayuda
  • Colecciones imagen
    • Catálogo
    • Estantería Digital
    • Publicaciones BCN
    • Fichas de Prensa Histórica
  • Información Territorial imagen
    • Inicio
    • Discapacidad en Chile
    • Estadísticas Territoriales
    • Elecciones Históricas
    • Mapoteca
    • Nuestro País
    • Reportes Comunales
    • Reportes Distritales
    • Reportes Regionales
  • Historia Política imagen
    • Inicio
    • Acerca de
    • Constituciones políticas y Actas constitucionales
    • Reseñas biográficas parlamentarias
    • Diarios de Sesiones e Intervenciones Parlamentarias
    • Entrevistas ex parlamentarios
    • Labor Parlamentaria
    • Mujeres en el Congreso Nacional
    • Proceso Constituyente 2021-2022
    • Proceso Constitucional 2022-2023
    • Presidentes de la República de Chile
    • El Congreso Nacional y sus edificios
    • Procesos eleccionarios
    • Partidos, movimientos y coaliciones
    • Libros y folletos sobre historia política
    • Archivo histórico de ex parlamentarias, parlamentarios y políticos
    • Documentando la historia política
  • Formación Cívica imagen
    • Inicio
    • Boletín Legislativo BCN
    • Boletín Legislativo Mujeres y Género
    • Delibera
    • Documentos y libros
    • Documentos Para el Debate Nacional
    • Evolución Constitucional
    • Guía de Formación Cívica
    • Contacto
  • Transparencia imagen
  • icono
Portada
Selección
Contacto
Búsqueda avanzada
Portada
Selección
Contacto
Cerrar Navegar Norma Cerrar
Portada
Decreto 16

Navegar Norma

Decreto 16

  • Encabezado
  • Artículo
  • Promulgación

Decreto 16 DEROGA DECRETO QUE INDICA Y DESIGNA AUTORIDAD COORDINADORA PARA EL PROGRAMA DE INTERVENCIÓN EN ZONAS CON PRESENCIA DE POLIMETALES EN LA COMUNA DE ARICA, ESTABLECIDO EN LA LEY N° 20.590

MINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA

Decreto 16

Seleccione las notificaciones a registrar


Promulgación: 16-JUN-2022

Publicación: 01-ABR-2023

Versión: Única - 01-ABR-2023

CONCORDANCIAMODIFICACION
  • Texto
  • Versiones
Escuchar

DEROGA DECRETO QUE INDICA Y DESIGNA AUTORIDAD COORDINADORA PARA EL PROGRAMA DE INTERVENCIÓN EN ZONAS CON PRESENCIA DE POLIMETALES EN LA COMUNA DE ARICA, ESTABLECIDO EN LA LEY N° 20.590
     
    Núm. 16.- Santiago, 16 de junio de 2022.
     
    Vistos:
     
    Lo dispuesto en los artículos 24, 32 N° 6 y 35 de la Constitución Política de la República; en el artículo 4° de la ley N° 20.590, que Establece un Programa de Intervención en Zonas con Presencia de Polimetales en la Comuna de Arica; en la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, cuyo texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 1/19.175, de 2005, del Ministerio del Interior; en el decreto supremo N° 80, de 2014, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; y, en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
     
    Considerando:
     
    1) Que, la ley N° 20.590, que Establece un Programa de Intervención en Zonas con Presencia de Polimetales en la Comuna de Arica, en su artículo 4° señala que "El Presidente de la República, mediante un decreto supremo expedido a través del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, designará a una Autoridad Coordinadora, quien será la responsable de velar por el fiel cumplimiento de todos los programas establecidos en la presente ley, así como ejecutar la coordinación de las tareas que, en el ámbito de la presente ley, correspondan a las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud, Vivienda y Urbanismo, Educación, Planificación y Medio Ambiente, así como de los servicios públicos creados por ley, para el cumplimiento de sus respectivas funciones administrativas, que operen en la Región de Arica y Parinacota.".
    2) Que, mediante decreto supremo N° 6, de 2018, de este Ministerio, se designó como Autoridad Coordinadora de la ley N° 20.590 al entonces Subsecretario General de la Presidencia, don Claudio Alvarado Andrade, o a quien ejerza dicho cargo.
    3) Que, en razón del cambio de administración gubernamental y según lo establecido en la ley 20.590, se hace necesario nombrar a una nueva autoridad coordinadora para el Programa de Intervención en Zonas con Presencia de Polimetales en la Comuna de Arica.
     
    Decreto:


    1) Derógase el decreto supremo N° 6, de 2018, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que designó a don Claudio Alvarado Andrade, Subsecretario General de la Presidencia, o a quien ejerza dicho cargo, como Autoridad Coordinadora del programa establecido en la ley N° 20.590.
    2) Desígnase como Autoridad Coordinadora del programa establecido en la ley N° 20.590, a contar del 11 de marzo de 2022, al Subsecretario del Medio Ambiente, don Juan Maximiliano Proaño Ugalde, cédula nacional de identidad N° 15.355.516-8, o a quien ejerza dicho cargo.
    3) La persona nombrada, por razones impostergables de buen servicio, asumió sus funciones a contar de la fecha señalada en el número anterior sin esperar la total tramitación del presente decreto.
     

    Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- Kenneth Giorgio Jackson Drago, Ministro Secretario General de la Presidencia.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., Nicolás Facuse Vásquez, Subsecretario General de la Presidencia (S).

Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Única
De 01-ABR-2023
01-ABR-2023

Comparando Decreto 16 |

Loading...

Enlace a la parte

Acortar

Resultado de búsqueda para :

Término encontrado en la siguiente parte.
Sin resultados

Detalles Partes

Escuchar

Metadatos internos

Síguenos en:
Cuenta de X de la Biblioteca del Congreso Nacional Facebook Biblioteca del Congreso Nacional Cuenta de Instagram de la Biblioteca del Congreso Nacional Cuenta de Flickr de la Biblioteca del Congreso Nacional Cuenta de Tiktok de la Biblioteca del Congreso Nacional Canal de Youtube de Biblioteca del Congreso Nacional
Políticas de privacidad Mapa del sitio Ubicación horarios y teléfonos
logo ISO-9001 logo IQNET
Creative Commons

Alternativas para descargar

  1. Descarga con Firma Electrónica Avanzada (FEA)

    - Esta opción garantiza la autenticidad e integridad del documento mediante una firma electrónica avanzada.
    - El proceso puede tardar unos momentos, ya que el documento se firma digitalmente en línea de forma automática. Le pedimos paciencia mientras se completa la operación.
  2. Descarga sin firma

    - Puede descargar el documento inmediatamente, pero sin firma electrónica avanzada.
    - Esta opción es más rápida, pero no incluye elementos de validación digital.
    Descargar ahora sin firma

Informamos a nuestros usuarios que, por inconvenientes técnicos que afectan temporalmente al Diario Oficial, las normas que deberían ser publicadas en nuestro sistema Ley Chile hoy 4 de marzo de 2025, no se encontrarán disponibles por el momento. Para su tranquilidad, Ley Chile se mantiene disponible y actualizado hasta el día de ayer.