Resolución 423
Resolución 423 ESTABLECE PROHIBICIÓN DE CIRCULACIÓN VEHÍCULOS QUE SE INDICAN POR VÍAS DETERMINADAS, DE LA COMUNA DE TOCOPILLA
GOBIERNO REGIONAL DE ANTOFAGASTA
Promulgación: 28-ABR-2023
Publicación: 18-MAY-2023
Versión: Única - 18-MAY-2023
ESTABLECE PROHIBICIÓN DE CIRCULACIÓN VEHÍCULOS QUE SE INDICAN POR VÍAS DETERMINADAS, DE LA COMUNA DE TOCOPILLA
Núm. 423.- Antofagasta, viernes 28 de abril de 2023.
Vistos:
DFL 1-19.175 que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la Ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; decreto con fuerza de ley N° 1-19.653 de 2000, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado del año 1986; ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; El artículo N° 113 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2007, de la ley N° 18.059, publicado en el Diario Oficial el 29 de octubre de 2009, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que "Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito"; El artículo 1° del decreto supremo Nº 71, de 2019, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que individualiza las competencias radicadas en el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, a transferir a los gobiernos regionales de acuerdo a lo dispuesto en el artículo quinto transitorio de la ley Nº 21.074, sobre fortalecimiento de la regionalización del país; el decreto supremo N° 236, de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que transfiere competencias radicadas en el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones a los Gobiernos Regionales para prohibir por causa justificada la circulación de todo vehículo o de tipo específico de éstos por determinadas vías públicas; Memorándum N° 4984/2021 de Secretario Regional Ministerial informando transferencia de competencias Minuta sobre transferencia de competencias a Gobiernos Regionales, de la División Legal de la Subsecretaría de Transportes; resoluciones N° 7, de 2019, y N° 16, de 2020, Contraloría General de la República, sobre actos exentos de toma de razón y demás normativa aplicable.
Considerando:
1) Que, según el artículo 113 DFL N° 1, de 2007, citado en Vistos, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones podrá prohibir por causa justificada la circulación de todo tipo de vehículos o de tipo específicos de éstos, por determinadas vías públicas, facultad que ha sido delegada en los Secretarios Regionales Ministeriales de Transportes y Telecomunicaciones, mediante resolución N° 59, de 1985, del aludido Ministerio. Que, el decreto supremo N° 236, de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, transfiere competencias radicadas en el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones a los Gobiernos Regionales para prohibir por causa justificada la circulación de todo vehículo o de tipo específico de éstos por determinadas vías públicas.
2) Que, desde noviembre del año 2022, en la comuna de Tocopilla, han existido una serie de hechos graves, públicos y notorios, vinculados a la accidentabilidad y derrame de ácido sulfúrico registrado en la Ruta 1 que pasa por dicha comuna, producto de la circulación de vehículos de alto tonelaje que transportan la sustancia, lo que ha afectado directamente a la comunidad en general, poniendo en riesgo la vida de sus habitantes, en particular a la comunidad escolar que se encuentra cerca de dicha vía.
3) Que, según el oficio ordinario N° 959, de fecha 20 de octubre de 2022, de la Ilustre Municipalidad de Tocopilla dirigido a la Delegación Presidencial, Dirección de Vialidad, Seremi de Obras Públicas, Seremi de Transportes, Seremi de Salud y Bomberos de Tocopilla, se informa de una seguidilla de incidentes de derrame de ácido sulfúrico: 16 de marzo de 2022 en Av. Arturo Prat entre Sargento Aldea y rotonda 4 Caminos; 9 de julio de 2022 en Av. Arturo Prat frente a Colegio Sagrada Familia; 30 de agosto de 22 en Av. Arturo Prat desde sector del puente hasta calle Freire; 16 de octubre de 2022 en Av. Leonardo Guzmán, algunos de los cuales obligaron al cierre de los establecimientos educacionales de la zona.
4) Que, según "Reporte N° 135", emitido el 01-11-2022. Se reporta un incidente con fecha 1 de noviembre de 2022, en donde ocurrió un derrame de ácido sulfúrico, en tramos intermitentes a lo largo de aproximadamente 37 Kms, iniciando en Avda. Leonardo Guzmán y finalizando en cruce Ruta 24 con San Lorenzo, de la comuna de Tocopilla, se detectaron 3 puntos de afectación; Avda. Prat intersección calle Serrano, Avda. Prat intersección calle Manuel Rodríguez y Avda. Prat intersección calle Freire. Como medida preventiva, se suspenden las clases en los siguientes establecimientos educacionales: Colegio Sagrada Familia, Colegio Carlos Condell y Liceo Diego Portales.
5) Por otra parte, según el informe de la Tercera Compañía de Bomberos de Tocopilla "Unión", emitido el 01-11-2022. Acudieron a la intersección de Avda. Leonardo Guzmán, Avda. Arturo Prat y Avda. Teniente Merino, en donde se detectó que se trata de un derrame de ácido sulfúrico mayor a 300 litros aproximadamente. La parte más angosta del cordón del derrame se trataba de 40 cm, verificándose 4 puntos críticos, sectores ACHS, Freire, Cosafa y Mercado Municipal que abarcaba un ancho de 1,5 m. El derrame se extendió a lo largo de 5 kilómetros aproximadamente.
6) Que, según "Reporte N° 141-B", emitido el 9 de noviembre de 2022, se reporta un incidente con fecha 9 de noviembre de 2022, en donde ocurrió un volcamiento de un vehículo mayor al costado de la calzada de la Ruta 1 a la altura del kilómetro 165, sector Piedra del Elefante en la comuna de Tocopilla, el cual transportaba ácido sulfúrico y que producto del accidente, se produjo un derrame de su contenido hacia el mar. Se indica que dicha sustancia escurrió hacia el mar y que al primer contacto con el agua de mar generó una gasificación menor del ácido sulfúrico, y que posteriormente se disipó sin consecuencias.
7) Por otra parte, según el informe de la Tercera Compañía de Bomberos de Tocopilla "Unión", emitido el 09-11-2022. Acudieron al kilómetro 165 de la Ruta B 1. Al llegar al lugar, las unidades concurrentes se encontraron con una nube tóxica que se vislumbraba en el borde costero. Se estima que la cantidad derramada fue de 15.000 litros.
8) Que, según "Reporte N° 038-A", emitido el 16-03-2022. Se reporta un incidente con fecha 10-03-2022, en donde ocurrió un derrame de ácido sulfúrico de un vehículo mayor, aún sin identificar, en donde se registran rastros de este material en diferentes puntos de la Ruta 1, inserto en el radio urbano de la ciudad de Tocopilla; especialmente se informa un cúmulo ubicado en la intersección de calle Arturo Prat con calle San Martín, en un sector de alta afluencia de público.
9) Que, el informe de la Tercera Compañía de Bomberos de Tocopilla "Unión", emitido el 21-11-2022, en donde ocurrió con fecha 20-03-2023 un derrame de ácido sulfúrico de un vehículo mayor, ubicado a la altura del kilómetro 139 (sector Gatico) hasta el kilómetro 140,1 (sector Caleta Buena) 500 metros aproximadamente, para después continuar en sector Garita Sur, Vip Market a calle Exótica y para terminar en intersección de Villa Prat y Baquedano de la ciudad de Tocopilla. Se procedió a realizar la evacuación en los colegios colindantes que se encontraban dentro de la zona del derrame, los colegios evacuados son: Colegio Sagrada Familia y Escuela E-N° 7. La cantidad de ácido sulfúrico se estima en aproximadamente 300 litros.
10) Que, según el "comprobante denuncia digital N° 26181", de fecha 19-01-2023, de la Municipalidad de Tocopilla dirigido a la Superintendencia del Medio Ambiente, se reporta un camión de transporte de ácido sulfúrico estacionado dentro de los límites urbanos con el potencial riesgo de derrame de sustancias peligrosas afectando la salud de las personas que habitan en sectores cercanos, además de la contaminación de suelos y borde costero.
11) Que, según el "comprobante denuncia digital N° 28575", de fecha 30-03-2023, de la Municipalidad de Tocopilla dirigido a la Superintendencia del Medio Ambiente, se evidenció que un camión de transporte de ácido sulfúrico perteneciente a la empresa Transfahum ingresó a la ciudad de Tocopilla por la Ruta 1 aproximadamente a las 12:15 en dirección a la comuna de Alto Hospicio, al ingresar a la zona urbana se constató que venía derramando ácido sulfúrico, contaminando toda la calzada desde el ingreso sur hasta el sector de Villa Prat, siendo detenido por carabineros en punto indicado.
12) Que, considerando la reiterada ocurrencia de estos graves accidentes en dicha ruta, la conmoción pública que ha generado en los habitantes de la comuna, el alto riesgo de intoxicación o de pérdida de vidas a la que se ven expuestos los habitantes de la comuna, y la constante preocupación de las organizaciones sociales, juntas vecinales afectadas, comunidad escolar, Carabineros de Chile, Bomberos, Municipio y todos los Órganos del Estado competentes en la materia, se solicitó a los organismos competentes informes que den cuenta de la gravedad de dichos eventos.
13) Que, el Municipio de Tocopilla junto a los consejeros regionales de la provincia, han solicitado en reiteradas oportunidades que el tránsito de camiones que transportan ácido sulfúrico, se realice por una ruta alternativa a la que actualmente utilizan, en razón al alto riesgo que la comunidad está expuesta producto del uso de esta vía, con hechos lamentables y reiterados.
14) Que, en el mes de noviembre del año 2022 este Gobierno Regional a propósito de un compromiso asumido con el municipio y otros actores comunales y regionales, realizó en conjunto con Vialidad MOP, una visita inspectiva a rutas alternativas en la comuna, que no impidieran transportar dichas sustancias a su cliente final, determinando que sí existen alternativas para que vehículos de alto tonelaje transporten dichas sustancias, tales como ruta B-400 y Ruta 5, y ruta B12 y ruta 24CH.
15) Que, con fecha 14 de abril de 2023, Gobierno Regional mediante su División de Infraestructura y Transporte, se reunió con representantes de las empresas suministradoras y demandantes de Ácido, BHP-Spence, Sierra Atacama, Maxam Chile S.A. Compañía Mantos de la Luna S.A., CMSA, AMSA-Zaldivar, Antofagasta Minerals, Noracid, BHP, Química del Sur, Quiborax, SQM, El Abra, Codelco, y Glencor, en donde se les expuso el plan de acción que se pretende ejecutar en donde una de las medidas sería la prohibición del tránsito de vehículos que transporten ácido sulfúrico, por la comuna de Tocopilla, en donde no manifestaron ningún tipo de objeción con dicha medida, entendiendo los riesgos que esto ha generado.
16) Que, se han realizado coordinaciones en conjunto con la Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, la Dirección de Vialidad, Municipalidad de Tocopilla y Delegación Presidencial Provincial, teniendo presente para lo anterior, la necesidad de procurar una efectiva coordinación entre instituciones, para reunir los antecedentes necesarios para la evaluación de medidas que prevengan más accidentes.
17) Que, para atacar el problema de fondo, mediante oficio "ORD 0063/2023", el Gobernador Regional de Antofagasta, solicita fiscalización al transporte de sustancias peligrosas, sin perjuicio de lo anterior atendido el riesgo para la vida de la población y los antecedentes enumerados que se concluye que existe causa justificada para prohibir la circulación de los vehículos que se indicarán en el presente acto administrativo. Por ende,
Resuelvo:
1) Prohíbase, la circulación de vehículos que transporten ácido sulfúrico, por toda la extensión de la ruta 1 en el radio urbano de la ciudad de Tocopilla, en sentido norte-sur y sur a norte, cualquiera sea su tonelaje.
2) Dispóngase, que los vehículos que transporten ácido sulfúrico, deberán utilizar como alternativa, para el transporte de sus cargas las siguientes rutas: Ruta B-400, Ruta 5, Ruta B12 y Ruta 24.
3) Establézcase, que los camiones que transporten ácido sulfúrico por las rutas alternativas señaladas en el resuelvo segundo deberán estar en perfectas condiciones mecánicas, con su documentación al día, además de cumplir todas las regulaciones legales, administrativas y de otra naturaleza que haya sido dispuesta por los organismos competentes en la materia, debiendo seguir estrictamente las instrucciones de la autoridad.
4) Solicítese, que la Dirección Regional de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas instale la señalización de tránsito en los lugares correspondientes para informar de la presente prohibición conforme al Manual de Señalización del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
5) Fiscalícese la presente resolución por inspectores fiscales, inspectores municipales y por Carabineros de Chile.
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