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Resolución 722 EXENTA

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Resolución 722 EXENTA

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Resolución 722 EXENTA EXTIENDE VIGENCIA DE DECLARACIÓN DE EMERGENCIA AGRÍCOLA POR LOS EFECTOS DE DAÑO PRODUCTIVO DERIVADOS DE SITUACIÓN DE DÉFICIT HÍDRICO Y SEQUÍA EN LAS COMUNAS DE LAS REGIONES DE COQUIMBO Y VALPARAÍSO QUE SEÑALA Y AMPLÍESE A LAS REGIONES DE ATACAMA, METROPOLITANA, O'HIGGINS, MAULE, ÑUBLE, BIOBÍO, ARAUCANÍA, LOS RÍOS, LOS LAGOS, AYSÉN Y MAGALLANES

MINISTERIO DE AGRICULTURA

Resolución 722 EXENTA

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Promulgación: 22-DIC-2023

Publicación: 12-ENE-2024

Versión: Última Versión - 05-OCT-2024

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EXTIENDE VIGENCIA DE DECLARACIÓN DE EMERGENCIA AGRÍCOLA POR LOS EFECTOS DE DAÑO PRODUCTIVO DERIVADOS DE SITUACIÓN DE DÉFICIT HÍDRICO Y SEQUÍA EN LAS COMUNAS DE LAS REGIONES DE COQUIMBO Y VALPARAÍSO QUE SEÑALA Y AMPLÍESE A LAS REGIONES DE ATACAMA, METROPOLITANA, O'HIGGINS, MAULE, ÑUBLE, BIOBÍO, ARAUCANÍA, LOS RÍOS, LOS LAGOS, AYSÉN Y MAGALLANES
     
    Núm. 722 exenta.- Santiago, 22 de diciembre de 2023.
     
    Vistos:
     
    El DFL Nº 294, de 1960, del Ministerio de Hacienda, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura; la Ley Nº 21.516 y la Ley Nº 21.640 de Presupuestos del Sector Público para el año 2023 y 2024 respectivamente; el DFL Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575; la resolución exenta Nº 309, de 2021, y 769, de 2022, del Ministerio de Agricultura, donde aprueba el Plan Operativo de Emergencia del Ministerio de Agricultura que establece el procedimiento para definir situación de emergencia agrícola; la resolución exenta Nº 533, de 2023, del Ministerio de Agricultura; el decreto supremo Nº 230, de 2023, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; el oficio Nº 1186, de 2023, del Delegado Presidencial de la Región de Coquimbo; el Informe del Instituto de Investigaciones Agropecuarias del mes de diciembre de 2023; Informe Climatológico Diario Nacional, Boletín de tendencias climáticas de la Dirección Meteorológica de Chile, pronóstico trimestral Dirección Meteorológica, coyuntura agroclimática del mes de noviembre y la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
     
    Considerando:
     
    1. Que, la Ley de Presupuestos vigente para cada anualidad, ha contemplado en la Partida 13-01-01, subtítulo 24, ítem 01, asignación 369, glosa 05 y/o 09, respectivamente, facultar a esta Secretaría de Estado para financiar situaciones o gastos no previstos causados por fenómenos climáticos y/o catástrofes naturales y/o situaciones de emergencias o de daño productivo que afecten a productores agrícolas y habitantes rurales, situaciones que deberán ser definidas por resolución fundada del Ministro de Agricultura.
    2. Que, observando el procedimiento establecido, en la resolución exenta Nº 533, de 2023, y con cargo a la anualidad presupuestaria 2023, el Ministerio de Agricultura definió a contar del 1 de octubre 2023, como situación de emergencia agrícola la afectación productiva derivada del déficit hídrico y sequía, para las comunas pertenecientes a las regiones de Coquimbo y Valparaíso (provincias de Petorca, San Antonio, San Felipe de Aconcagua, Los Andes, Marga Marga y Valparaíso (con excepción de la comuna de Juan Fernández)).
    3. Que, mediante decreto supremo Nº 230, de 6 de septiembre de 2023, el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, extiende por un plazo de doce meses a contar del 30 de septiembre de 2023, la Declaración de zona de catástrofe derivada de la prolongada sequía originalmente autorizada mediante el decreto supremo Nº 284, de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, respecto de todas las comunas de la Región de Coquimbo y de todas las comunas de las provincias de Petorca, San Antonio, San Felipe de Aconcagua, Los Andes, Marga Marga y Valparaíso, con excepción de la comuna de Juan Fernández, todas de la Región de Valparaíso.
    4. Que, mediante oficio Nº 1186, de 15 de diciembre de 2023, el Delegado Presidencial de la Región de Coquimbo aporta los antecedentes de la Comisión Regional de Emergencia Agrícola, dirigido al Ministro de Agricultura, donde se solicita la declaración de emergencia agrícola (CREA) de fecha 13 de septiembre de 2023, donde se solicita declaración de emergencia agrícola por los efectos de daño productivo ocasionados por la escasez hídrica en toda la Región de Coquimbo durante el año 2024.
    5. Que, según el Informe por déficit hídrico de diciembre de 2023 enviado por INIA, y de acuerdo con los análisis expuestos, se puede concluir que la Región de Coquimbo continúa actualmente con condiciones de sequía meteorológica e hidrológica. Las bajas precipitaciones y pocos eventos de nieve en codillera se han visto reflejados en la disminución de los caudales superficiales (caudales en ríos) y subterráneos (niveles piezómetros). Así mismo, se aprecian manifestaciones en el desarrollo de los cultivos y vegetación natural no cultivada a través del análisis de índices de vegetación satelital con valores bajos e importantes anomalías. De acuerdo a los pronósticos climáticos globales, se mantiene la presencia de las condiciones del fenómeno del niño, pero como se ha estado viendo en el último tiempo, no existe expresión en precipitaciones e incluso existe alta probabilidad de mantener los efectos del déficit hídrico y con mayores o extremas temperaturas altas en varios sectores en la época de verano.
    6. Que, a pesar de las abundantes lluvias concentradas en los 2 frentes de precipitación ocurridos durante el invierno del presente año, las regiones de Atacama, Metropolitana, Biobío, Araucanía, Los Ríos, Los Lagos y Magallanes según la Dirección Meteorológica de Chile en su informe climatológico diario nacional señala que, esas regiones presentan estaciones meteorológicas con déficit de precipitación, según el promedio histórico registrado. Es importante considerar que además según lo señalado en la coyuntura agroclimática de la Sección de Emergencias y Gestión de Riesgos Agrícolas del mes de noviembre, donde se presenta el Índice de precipitación estandarizado provisto por la Oficina Nacional de Administración Oceánica y Atmosférica NOAA de Estados Unidos, señala que para los periodos de 12, 24 y 48 meses aún persiste la condición de sequía para todo el territorio nacional con excepción de la regiones de Arica y Parinacota, la región de Atacama y Antofagasta. Esto quiere decir que la mega sequía aún persiste en Chile y que los sistemas silvoagropecuarios que dependen directamente del agua para su mantención continúan en una situación crítica. Por lo tanto, se considera declarar en situación de emergencia por situación de déficit hídrico a todas las regiones de Chile Continental con excepción de la Región de Arica y Parinacota y la Región de Antofagasta.
    7. Que, a partir de lo anterior, esta definición de emergencia existiendo los recursos aprobados por la Ley de Presupuesto correspondiente y autorizados por la Dipres permite, concurrir en ayuda de los productores agrícolas y habitantes rurales afectados, y de complementar las múltiples iniciativas llevadas a cabo para enfrentar los efectos del déficit hídrico con eventuales ayudas económicas destinadas a entregar insumos, tanto para alimentación de ganado, como para llevar a cabo decisiones concretas destinadas a afrontar de mejor modo el déficit hídrico, surgidas o canalizadas a través de entidades regionales, organizaciones del ámbito privado, municipalidades, la asociación de municipios rurales, intendencias, u otras entidades de similar naturaleza, directamente involucradas con tales iniciativas, una vez acordado su financiamiento con la Dirección de Presupuestos.
    8. Que, se hace necesario extender la definición de situación de emergencia agrícola los efectos de daños productivos derivados del déficit hídrico que afecta a las regiones de Coquimbo y Valparaíso. Esto, para dar continuidad al plan de ayuda que se lleva a cabo y articular una respuesta rápida a nuevas necesidades de apoyo del año 2024.
    9. Que, se incorporan nuevas regiones bajo la definición de situación de emergencia agrícola por los efectos de daños productivos derivados del déficit hídrico. Esto, para articular una respuesta rápida a nuevas necesidades de apoyo año 2024. Las regiones a incorporar son: Atacama, Metropolitana (comunas rurales), O'Higgins, Maule, Ñuble, Biobío, Araucanía, Los Ríos, Los Lagos, Aysén y Magallanes.
     
    Resuelvo:

     
    1. Extiéndase hasta el
NOTA
NOTA 1
30 de septiembre de 2024 fecha la definición de emergencia agrícola por déficit hídrico declarada mediante resolución exenta Nº 533, de 2023, por afectación productiva derivada del déficit hídrico y sequía, respecto de todas las comunas pertenecientes a la Región de Coquimbo y de todas las comunas de las provincias de Petorca, San Antonio, San Felipe de Aconcagua, Los Andes, Marga Marga y Valparaíso (con excepción de la comuna de Juan Fernández), todas de la Región de Valparaíso.
    2. Incorpórese a las regiones de Atacama, Metropolitana (comunas rurales), O'Higgins, Maule, Ñuble, Biobío, Araucanía, Los Ríos, Los Lagos, Aysén y Magallanes, bajo la definición de situación de emergencia agrícola por los efectos de daños productivos derivados del déficit hídrico.
    Establézcase la vigencia hasta el 31 de marzo del año 2024, la cual es posible renovar previa evaluación de los antecedentes técnicos referidos en el punto Nº 6 del considerando.
    3. Determínese que las ayudas que tengan lugar en el marco de la presente resolución serán otorgadas y estarán destinadas a productores forestales, agrícolas, apícolas y ganaderos de las regiones de Atacama, Coquimbo, Valparaíso, Metropolitana, O'Higgins, Maule, Ñuble, Biobío, Araucanía, Los Ríos, Los Lagos, Aysén y Magallanes, acorde a los procedimientos y/o lineamientos que disponga la autoridad competente, una vez acordado su financiamiento con la Dirección de Presupuestos.
    4. Remítase una copia de la presente resolución a la Dirección de Presupuestos.








NOTA
      Los numerales 1, 2 y 3 de la Resolución 160 Exenta, Agricultura, publicada el 04.04.2024, incorporan a la presente norma, con vigencia hasta el 30 de septiembre de 2024, a las comunas de Diego de Almagro, Chañaral, Tierra Amarilla, Copiapó, Alto del Carmen, Vallenar, Freirina y Huasco, en la Región de Atacama; a las comunas de la provincia de Quillota (Hijuelas, La Calera, La Cruz, Nogales y Quillota) de la Región de Valparaíso, y extiende hasta la misma fecha, la declaración de emergencia agrícola por los efectos de daños productivos derivados del déficit hídrico, para las comunas de la provincia de Chacabuco (Lampa, Colina y Til Til) de la Región Metropolitana, las comunas de la provincia de Cardenal Caro (La Estrella, Litueche, Marchigüe, Navidad, Paredones y Pichilemu) de la Región de O'Higgins, las comunas de la provincia Diguillín (Bulnes, Chillán Viejo, Chillán, El Carmen, Pemuco, Pinto, Quillón, San Ignacio y Yungay) de la Región Ñuble, todas las comunas de la Región del Biobío, todas las comunas de la Región de los Lagos, todas las comunas de la Región de La Araucanía, todas las comunas de la Región de Los Lagos, las comunas de Coyhaique, Aysén, Lago Verde, Río Ibáñez, Chile Chico, Cochrane, Cisnes, Tortel y O'Higgins de la Región de Aysén y todas las comunas de la Región de Magallanes.
NOTA 1
      El Nº 1 de la Resolución 460 Exenta, Agricultura, publicada el 05.10.2024, extiende la declaración de emergencia agrícola por los efectos de daños productivos derivados del déficit hídrico contemplada en la presente norma y en la resolución N° 160/2024, hasta el 31 de marzo del año 2025, en relación con todas las comunas de las regiones de Atacama, Coquimbo, Aysén y Magallanes.
    Anótese, comuníquese y publíquese.- Esteban Valenzuela van Treek, Ministro de Agricultura.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Antonio Alvear Balmelli, Jefe División de Administración y Finanzas, Subsecretaría de Agricultura.

Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Última Versión
De 05-OCT-2024
05-OCT-2024
Intermedio
De 04-ABR-2024
04-ABR-2024 04-OCT-2024
Texto Original
De 12-ENE-2024
12-ENE-2024 03-ABR-2024

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