Resolución 14 EXENTA
Resolución 14 EXENTA AMPLÍA PLAZOS PARA INSTALACIÓN DE SISTEMA DE TRANSMISIÓN Y COMIENZO DE TRANSMISIONES DE MONITOREO DE EXTRACCIONES EFECTIVAS PARA NIVELES DE EXIGENCIA "CAUDALES MUY PEQUEÑOS" Y "MENOR", DE LOS USUARIOS DE AGUAS SUPERFICIALES CUYOS PUNTOS DE CAPTACIÓN SE ENCUENTRAN UBICADOS EN TODA LA REGIÓN DE TARAPACÁ
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS; DIRECCIÓN GENERAL DE AGUAS REGIÓN DE TARAPACÁ
AMPLÍA PLAZOS PARA INSTALACIÓN DE SISTEMA DE TRANSMISIÓN Y COMIENZO DE TRANSMISIONES DE MONITOREO DE EXTRACCIONES EFECTIVAS PARA NIVELES DE EXIGENCIA "CAUDALES MUY PEQUEÑOS" Y "MENOR", DE LOS USUARIOS DE AGUAS SUPERFICIALES CUYOS PUNTOS DE CAPTACIÓN SE ENCUENTRAN UBICADOS EN TODA LA REGIÓN DE TARAPACÁ
Núm. 14 exenta.- Iquique, 8 de enero de 2024.
Vistos:
1. El decreto MOP Nº 53, de 3 de abril de 2020, que aprueba reglamento de Monitoreo de Extracciones Efectivas de Aguas Superficiales;
2. La resolución DGA Región de Tarapacá (exenta) Nº 188, de 29 de junio de 2021, que ordena a los usuarios de aguas superficiales cuyos puntos de captación se encuentran ubicados en la Región de Tarapacá, específicamente en la Cuenca Pampa del Tamarugal, instalar y mantener sistemas de medición y de transmisión de extracciones efectivas;
3. La resolución DGA Región de Tarapacá (exenta) Nº 342, de 26 de octubre de 2021, que ordena a los usuarios de aguas superficiales cuyos puntos de captación se encuentran ubicados en la Región de Tarapacá, específicamente en la Cuenca del Río Loa, instalar y mantener sistemas de medición y de transmisión de extracciones efectivas;
4. La resolución DGA Región de Tarapacá (exenta) Nº 256, de 29 de julio de 2022, que ordena a los usuarios de aguas superficiales cuyos puntos de captación se encuentran ubicados en la Región de Tarapacá, instalar y mantener sistemas de medición y de transmisión de extracciones efectivas;
5. La Ley Nº 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado;
6. Las atribuciones que me confiere la resolución DGA Nº 1.028, de 2 de mayo de 2022, y en relación con la resolución DGA (exenta) Nº 104, de 6 de julio de 2022, y
Considerando:
1. Que, mediante resolución DGA Región de Tarapacá (exenta) Nº 188, de 29 de junio de 2021, se otorgaron plazos para la instalación y mantención de un Sistema de Medición y un Sistema de Transmisión, de 24 y 30 meses respectivamente, para los niveles de exigencia "Caudales muy pequeños" y "Menor", de los usuarios de aguas superficiales cuyos puntos de captación se encuentran ubicados en la Región de Tarapacá, específicamente en la cuenca Pampa del Tamarugal.
2. Que, mediante resolución DGA Región de Tarapacá (exenta) Nº 342, de 26 de octubre de 2021, se otorgaron plazos para la instalación y mantención de un Sistema de Medición y un Sistema de Transmisión, de 24 y 30 meses respectivamente, para los niveles de exigencia "Caudales muy pequeños" y "Menor", de los usuarios de aguas superficiales cuyos puntos de captación se encuentran ubicados en la Región de Tarapacá, específicamente en la cuenca del Río Loa.
3. Que, mediante resolución DGA Región de Tarapacá (exenta) Nº 256, de 29 de julio de 2022, se otorgaron plazos para la instalación y mantención de un Sistema de Medición y un Sistema de Transmisión, de 24 y 30 meses respectivamente, para los niveles de exigencia "Caudales muy pequeños" y "Menor", de los usuarios de aguas superficiales cuyos puntos de captación se encuentran ubicados en la Región de Tarapacá, en aquellas zonas no abordadas por las resoluciones señaladas en los considerandos precedentes.
4. Que, en la resolución DGA Nº 1.028, de 2 de mayo de 2022, en su punto E., letra h), se establece que dentro de las atribuciones de los(las) Sres(as) Directores(as) Regionales de Aguas, se encuentra conceder, de oficio o a petición de los interesados, ampliación de los plazos otorgados, de acuerdo a lo establecido en el artículo 26 de la ley Nº 19.880.
5. Que, respecto del Sistema de Medición, el plazo otorgado a los niveles de exigencia "Caudales muy pequeños" y "Menor" se mantiene conforme a lo establecido en las resoluciones citadas en los Considerandos Primero, Segundo y Tercero.
6. Que, respecto del Sistema de Transmisión, se hace necesario otorgar una ampliación de plazo para la instalación de Sistema de Transmisión y comienzo de transmisiones a los niveles de exigencia "Caudales muy pequeños" y "Menor" de los usuarios de aguas superficiales cuyos puntos de captación se encuentran ubicados en toda la Región de Tarapacá, debido a que se ha detectado que la información relativa a monitoreo de extracciones efectivas no ha logrado ser difundida a una parte importante de los usuarios de estas categorías.
7. Que, en efecto y por razones de oportunidad mérito y conveniencia para el efectivo cumplimiento de las obligaciones antes señaladas, corresponde modificar los plazos para instalación de Sistema de Transmisión y comienzo de transmisiones de los niveles de exigencia Menor y Caudales muy pequeños establecidos en la resolución DGA Región de Tarapacá (exenta) Nº 188, de 29 de junio de 2021, resolución DGA Región de Tarapacá (exenta) Nº 342, de 26 de octubre de 2021.
Resuelvo:
1. Amplíase en 15 meses adicionales el plazo para instalación de Sistema de Transmisión y comienzo de transmisiones de los niveles de exigencia "Caudales muy pequeños" y "Menor" de: la resolución DGA Región de Tarapacá (exenta) Nº 188, de 29 de junio de 2021, publicada en Diario Oficial el 15 de julio de 2021; la resolución DGA Región de Tarapacá (exenta) Nº 342, de 26 de octubre de 2021, publicada en Diario Oficial el 15 de noviembre de 2021; y la resolución DGA Región de Tarapacá (exenta) Nº 256, de 29 de julio de 2022, publicada en el Diario Oficial el 1 de septiembre de 2022.
2. Déjase constancia que para los niveles de exigencia "Caudales muy pequeños" y "Menor" el plazo total para la instalación del Sistema de Transmisión y comienzo de transmisiones queda establecido en 45 meses, el que debe contarse desde la fecha en que fueron publicadas en el Diario Oficial las resoluciones indicadas en el resuelvo anterior.

3. Déjase constancia, que la ampliación de plazos de la presente resolución, es aplicable sólo para el Sistema de Transmisión, consistente en la Instalación de sistema de transmisión y comienzo de transmisiones de los niveles de exigencia "Caudales muy pequeños" y "Menor".
4. Publíquese la presente resolución por una vez en el Diario Oficial los días 1 o 15 siguientes a su dictación, o el día hábil inmediato, si aquellos fuesen feriados, lo cual se considerará como notificación suficiente para todos los efectos legales.
5. Comuníquese la presente resolución al Sr. Gobernador Regional de la Región de Tarapacá; Sr. Delegado Presidencial de la Región de Tarapacá; al Sr. Director General de Aguas; a la Srta. Delegada Presidencial de la Provincia del Tamarugal; al Sr. Seremi de Obras Públicas de la Región de Tarapacá; al Sr. Seremi de Agricultura; al Sr. Alcalde de la comuna de Alto Hospicio; a la Sra. Alcaldesa de la comuna de Camiña; al Sr. Alcalde de la Comuna de Colchane; al Sr. Alcalde de la comuna de Huara; al Sr. Alcalde de la comuna de Iquique; al Sr. Alcalde de la comuna de Pica; al Sr. Alcalde de la comuna de Pozo Almonte; a la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena de la Región de Tarapacá; a los Sres/as Jefes/as de las Divisiones, Departamentos y Unidades de la Dirección General de Aguas; a la Dirección de Obras Hidráulicas de la Región de Tarapacá y a las demás Oficinas de la Dirección General de Aguas que corresponda.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 01-FEB-2024
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01-FEB-2024 |
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