Decreto 2
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Decreto 2
Decreto 2 DECLARA MONUMENTO NACIONAL, EN LA CATEGORÍA DE MONUMENTO HISTÓRICO, LA IGLESIA NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO DE MAULLÍN, COMUNA DE MAULLÍN, REGIÓN DE LOS LAGOS
MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO; SUBSECRETARÍA DEL PATRIMONIO CULTURAL
Promulgación: 13-FEB-2024
Publicación: 18-MAR-2024
Versión: Única - 18-MAR-2024
DECLARA MONUMENTO NACIONAL, EN LA CATEGORÍA DE MONUMENTO HISTÓRICO, LA IGLESIA NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO DE MAULLÍN, COMUNA DE MAULLÍN, REGIÓN DE LOS LAGOS
Núm. 2.- Santiago, 13 de febrero de 2024.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 32 N° 6 y 35 de la Constitución Política de la República, cuyo texto fue refundido, coordinado y sistematizado por el decreto supremo N° 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el artículo 3° N° 25 de la ley N° 21.045, que Crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; la ley N° 17.288 que legisla sobre Monumentos Nacionales, modifica las leyes N° 16.617 y N° 16.719, deroga el decreto ley N° 651, de 17 de octubre de 1925; en el decreto supremo N° 11, de 2018, que modifica el decreto supremo N° 19, de 2001, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; en el acta de sesión ordinaria de fecha 12 de abril de 2023 del Consejo de Monumentos Nacionales; en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; y en los antecedentes que obran en el expediente de declaratoria.
Considerando:
1. Que, la solicitud de declaratoria como Monumento Nacional en la categoría de Monumento Histórico fue realizada mediante carta de fecha 23 de septiembre de 2020 por Monseñor Fernando Ramos Pérez, Arzobispo de Puerto Montt, adjuntando cartas de apoyo.
2. Que, la Iglesia de Nuestra Señora del Rosario de Maullín se ubica en calle Gaspar del Río N°14, en la comuna de Maullín, data del año 1895, y su propietario y administrador es el Arzobispado de Puerto Montt. El uso original y actual corresponde a religioso y ceremonial. El inmueble se ubica en el centro histórico de la comuna de Maullín, a una cuadra del río homónimo, y colindante al eje principal dado por la calle Gaspar del Río. El predio se compone por la Iglesia y la plaza, en la cual se desarrollan las principales actividades sociales. La Iglesia corresponde al edificio de mayor altura y es un hito urbano representativo de la localidad.
3. Que, la zona de Maullín presenta una alta sensibilidad arqueológica. En la cuenca del río homónimo, en el estero Chinchihuapi, se ha constatado presencia humana entre 18.500 y 14.500 años atrás. A su vez, la ciudad de Maullín se encuentra aproximadamente a 35 km del sitio arqueológico Monte Verde, el cual presenta evidencia de ocupación humana vinculada a fauna extinta y vestigios materiales de cazadores recolectores cuando aún estaban presentes los hielos del máximo avance de la glaciación en Llanquihue.
4. Que, en el siglo XVII los sacerdotes jesuitas visitaron Maullín en el marco de las "Misiones Circulares". La acción de los fiscales permitió incorporar los saberes de la población nativa a la cultura religiosa local. Existe la creencia popular de que los religiosos españoles llevaron a Maullín la imagen de la Virgen de Nuestra Señora del Rosario, la que se venera en el templo actual y que habría dado el nombre al recinto.
5. Que, bajo el gobierno del Presidente Domingo Santa María se creó la comuna de Maullín. En atención al crecimiento poblacional y al desarrollo urbano, en 1888 se creó canónicamente la Parroquia Nuestra Señora del Rosario de Maullín. Con fondos provenientes de la Iglesia y de los fieles, en 1895 se puso la primera piedra del actual templo; el Padre Juan Lorenzo Elgueta fue el arquitecto, constructor y decorador del inmueble. Desde entonces, la Iglesia ha sido sede de procesiones y fiestas religiosas, como la Fiesta de Nuestra Señora del Rosario, la Fiesta de Nuestra Señora de la Candelaria y las Novenas del Carmen, del Rosario y del Niño Jesús.
6. Que, respecto a la plaza que conforma el predio, a inicios del siglo XX se constata la presencia de una primera pérgola con áreas verdes compactas. En la situación previa al terremoto de 1960, se da cuenta de una segunda pérgola, distinta a la original, y la fragmentación de las áreas verdes, situación que se mantiene con posterioridad al terremoto y durante las décadas de 1970 y 1980. En las décadas de 1980 y 1990 destaca la presencia de una tercera pérgola, que en la década de los 2000 se retira. Entre los años 2016 y 2019, a través de un proyecto acogido al programa Quiero mi Barrio, se ejecuta una cuarta pérgola.
7. Que, desde el 2017 el templo se encuentra cerrado al público debido a su estado de deterioro. El inmueble se encuentra en un mal estado de conservación, con lesiones severas que han deformado la estructura y alterado su estabilidad, por lo que requiere de acciones inmediatas. El registro de bienes muebles incluye tres altares (uno en la nave lateral izquierda, uno en la nave central y otro en la nave central derecha), además de un ambón, un confesionario y una pila bautismal. Se hizo el registro de la imaginería religiosa de la Iglesia, ubicada transitoriamente en la Casa Parroquial.
8. Que, la Iglesia se encuentra circunscrita a la tradición de la Escuela Chilota de Arquitectura Religiosa en Madera, estando incluida en el Inventario de las Iglesias del Archipiélago de Chiloé, la que a su vez la identifica dentro de las Misiones Circulares. El inmueble se caracteriza por el aprovechamiento de recursos naturales, sistemas y técnicas constructivas tradicionales en madera, presencia de una torre - fachada, la fábrica tipo galpón con dos aguas, existencia de 3 naves, emplazamiento en la relación borde mar, la existencia de una plaza que enfrenta el templo y una comunidad local involucrada con el uso social del bien.
9. Que, los atributos que presenta el bien y que se reconocen por el Consejo de Monumentos Nacionales, son los siguientes:
. Volumen horizontal de techo a dos aguas.
. Sistema constructivo en madera con empalmes y ensambles.
. Planta basilical.
. Nave central con bóveda de cañón corrido.
. Dos naves laterales con cielo raso y vigas a la vista.
. Torre fachada.
. Torre de dos cuerpos en dado de planta cuadrada.
. Puerta de acceso en fachada principal con ventana de vidrios de colores sobre ella.
. Arcos ojivales con motivos neogóticos en puertas y ventanas.
. Emplazamiento de la plaza en relación a la Iglesia.
. Cielo raso de madera con vigas a la vista.
. Pilares de sección cuadrada con revestimiento cilíndrico de ocho caras imitando fuste de una columna, provistos de base y capitel.
. Pilares unidos por arcos de medio punto.
. Vigas costaneras de madera en nave central.
. Terminación interior ornamentada con policromía, extendida en ventanas, arcos, tabiques y cielos.
. Detalles en madera y relieve, en frisos y cornisas.
. Revestimiento exterior de planchas acanaladas de fierro.
. Fundación con poyos de piedra.
. Tres altares en madera.
10. Que, como valores que sustentan la solicitud de declaración como Monumento Histórico, el Consejo de Monumentos Nacionales reconoce específicamente los siguientes:
. La Iglesia Nuestra Señora del Rosario constituye un elemento articulador del patrimonio material e inmaterial de Maullín, siendo testimonio de la trayectoria histórica de la ciudad y de su comunidad de fieles, además de un hito representativo para los habitantes de la localidad en términos históricos, arquitectónicos, urbanos y sociales.
. La historia del templo de Maullin se encuentra vinculada a una identidad cultural común con Chiloé, así como a su posición estratégica entre el territorio español y el territorio mapuche durante la Colonia. De este modo, la Iglesia Nuestra Señora del Rosario de Maullín es heredera de elementos constitutivos del intercambio y la permanente circulación de bienes, personas e ideas, destacando la tradición religiosa configurada a partir de la acción de jesuitas y la comunidad de fiscales desde el siglo XVII.
. La Iglesia, construida en 1895, se encuentra circunscrita a la tradición de la Escuela Chilota de Arquitectura Religiosa en Madera y al desarrollo de las Misiones Circulares, procesos que establecieron a las capillas como principal elemento fundacional en los respectivos territorios. Tanto en la Iglesia Nuestra Señora del Rosario de Maullín como en los templos de Chiloé destaca el aprovechamiento racional de recursos del medio, el empleo de sistemas y técnicas constructivas tradicionales en base a empalmes y ensambles, y el uso eficiente de materiales locales aplicados en la construcción del inmueble y sus bienes muebles. A su vez, el emplazamiento de la Iglesia en relación al borde mar y su relación con la plaza como hito articulador del espacio religioso y social del territorio, son representativos del sincretismo cultural evidenciado a través de la religiosidad local.
. La Iglesia y la plaza aledaña articulan el espacio religioso y social de Maullín, conformando el epicentro de la vida social de la localidad al realizarse las actividades públicas más significativas. En el conjunto se celebran diversas fiestas religiosas y procesiones que le han otorgado sentido de pertenencia a la comunidad, tales como las Fiestas de Nuestra Señora del Rosario y Nuestra Señora de la Candelaria y las Novenas del Carmen, del Rosario y del Niño Jesús.
11. Que, en sesión ordinaria de fecha 12 de abril de 2023, el Consejo de Monumentos Nacionales acordó aprobar por 13 votos favorables y uno en contra la solicitud de declaración y pedir al Ministro de las Culturas, las Artes y el Patrimonio la dictación del decreto que declare Monumento Nacional en la categoría de Monumento Histórico la Iglesia Nuestra Señora del Rosario de Maullín, comuna de Maullín, Región de Los Lagos.
Decreto:
Artículo primero: Declárase Monumento Nacional en la categoría de Monumento Histórico la Iglesia Nuestra Señora del Rosario de Maullín, comuna de Maullín, Región de Los Lagos, individualizada y graficada según plano de límites oficial N°4-2023, el cual se adjunta, estableciendo un área protegida de 2.743 m², en los siguientes términos:

Artículo segundo: Archívese oficialmente el plano N° 4-2023 de límites de la Iglesia Nuestra Señora del Rosario de Maullín, comuna de Maullín, Región de Los Lagos, con el fin de dejar constancia indubitada de su contenido y ajustarse al principio de transparencia y publicidad que debe imperar en los procedimientos administrativos de los órganos de la Administración del Estado.
Artículo tercero: Incorpórase el presente decreto al Registro Patrimonial de acceso público, de conformidad a la normativa vigente y lo dispuesto por el artículo 3° N°30 de la Ley N° 21.045, que Crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
Artículo cuarto: Incorpórese por la Secretaría Técnica del Consejo de Monumentos Nacionales la presente declaración de Monumento Nacional, en la categoría de Monumento Histórico, la Iglesia Nuestra Señora del Rosario de Maullín, comuna de Maullín, Región de Los Lagos, en el Registro de Monumentos Nacionales a que se refiere el N° 4 del artículo 30 de la ley N° 21.045.
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