Resolución 2294 EXENTA
Resolución 2294 EXENTA MODIFICA RESOLUCIÓN 1C N° 6.512/2019 EXENTA QUE DELEGA FACULTADES EN LOS DIRECTIVOS DE LA DIRECCIÓN DEL SERVICIO DE SALUD ÑUBLE EN MATERIAS EXENTAS DEL TRÁMITE DE TOMA DE RAZÓN
MINISTERIO DE SALUD; SUBSECRETARÍA DE REDES ASISTENCIALES; SERVICIO DE SALUD ÑUBLE REGIÓN DE ÑUBLE
Promulgación: 22-ABR-2024
Publicación: 18-MAY-2024
Versión: Texto Original - de 18-MAY-2024 a 22-DIC-2024
MODIFICA RESOLUCIÓN 1C N° 6.512/2019 EXENTA QUE DELEGA FACULTADES EN LOS DIRECTIVOS DE LA DIRECCIÓN DEL SERVICIO DE SALUD ÑUBLE EN MATERIAS EXENTAS DEL TRÁMITE DE TOMA DE RAZÓN
Núm. 1C 2.294 exenta.- Chillán, 22 de abril de 2024.
Vistos:
El DFL N° 1/05, texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 2.763/79, que crea, entre otros, a los Servicios de Salud; la Ley 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; el DS N° 140/04, Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud; el decreto supremo N° 14/2023, de Salud, sobre nombramiento de la Directora del Director del Servicio de Salud; la resolución N° 6/2019, de la Contraloría General de la República, sobre exención del trámite de toma de razón; la resolución exenta 1C N° 6.512 de 17 de diciembre de 2019, sobre delegación de facultades en los directivos del Servicio de Salud Ñuble en materias exentas del trámite de toma de razón y pone término a resoluciones que indica; su modificación materializada mediante resolución exenta 1C N° 1.913 de 11 de abril de 2022.
Considerando:
El Informe de Auditoría N° 4/2024, RUT 02 del Departamento de Auditoría del Servicio de Salud Ñuble, el Reservado 1B N° 7, 31 de enero de 2024, del Jefe del Departamento de Auditoría de este Servicio de Salud, por el cual recomienda el cambio en la delegación de facultades desde la Subdirección de Recursos Físicos y Financieros hacia la Subdirección de Gestión de las Personas en materia de control y ejecución de gastos del presupuesto del subtítulo 21 en materia de horas extraordinarias, dicto la siguiente:
Resolución:
I.- Elimínanse las facultades delegadas en el Subdirector(a) del Departamento Subdirección de Recursos Físicos y Financieros referidas en el Punto 2, letras g) y h) de la resolución 1C N° 6.512/2019, que señalan:
g) "Autorización de trabajos en horas extraordinarias, involucradas y no involucradas en los sistemas de turnos del establecimiento, sean éstas diurnas, nocturnas, en días sábados, domingos y/o días festivos, incluida la resolución fundada contemplada en el artículo 95 del DFL N° 1/2005 que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del DL N° 2.763, sean compensados con descanso complementario o en dinero, todo lo anterior dentro del marco presupuestario autorizado al establecimiento".
h) "Autorización de trabajos en horas extraordinarias, sean éstas diurnas, nocturnas, en días sábado, domingo y/o días festivos, a los profesionales funcionarios regidos por la ley 19.664, sean compensados con descanso complementario o en dinero, todo lo anterior dentro de las normas comprendidas en el artículo 43 de la ley 19.664 y del marco presupuestario autorizado al establecimiento".
II.- Deléganse en el Jefe del Departamento de Control Presupuestario y Gestión de Procesos del Departamento Subdirección de Gestión y Desarrollo de las Personas las facultades que se indican, agregando en el Punto 5 de la resolución exenta 1C N° 6.512/2019, las siguientes letras e) y f):
e) "Autorización de trabajos en horas extraordinarias, involucradas y no involucradas en los sistemas de turnos del establecimiento, sean éstas diurnas, nocturnas, en días sábados, domingos y/o días festivos, incluida la resolución fundada contemplada en el artículo 95 del DFL N° 1/2005 que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del DL N° 2.763, sean compensados con descanso complementario o en dinero, todo lo anterior dentro del marco presupuestario autorizado al establecimiento".
f) "Autorización de trabajos en horas extraordinarias, sean éstas diurnas, nocturnas, en días sábado, domingo y/o días festivos, a los profesionales funcionarios regidos por la ley 19.664, sean compensados con descanso complementario o en dinero, todo lo anterior dentro de las normas comprendidas en el artículo 43 de la ley 19.664 y del marco presupuestario autorizado al establecimiento, ello a través del Departamento de Control Presupuestario y Gestión de Procesos".
III.- En lo demás, se mantiene sin variación la resolución exenta 1C N° 6.512, de 17 de diciembre de 2019, publicada en el Diario Oficial de 31 de diciembre de 2019, sobre delegación de facultades en los Directivos del Servicio de Salud Ñuble en materias exentas del trámite de toma de razón y pone término a resoluciones que indica, modificada por resolución exenta 1.913, de 11 de abril de 2022, publicada en el Diario Oficial de 22 de abril de 2022.
IV.- Déjese sin efecto la resolución exenta 1C N° 1.949, de fecha 2 de abril de 2024, referida a la misma materia.
V.- La presente resolución tendrá vigencia a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Última Versión
De 23-DIC-2024
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23-DIC-2024 | |||
Texto Original
De 18-MAY-2024
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18-MAY-2024 | 22-DIC-2024 |
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