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Resolución 20240900150 EXENTA

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Resolución 20240900150 EXENTA

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Resolución 20240900150 EXENTA NOTIFICA RESOLUCIÓN DE INICIO DE PROCESO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DENOMINADA “AMPLIACIÓN DEL POZO DE EXTRACCIÓN DE ÁRIDOS CANTERA QUILLÉN”

MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE; SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

Resolución 20240900150 EXENTA

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Promulgación: 25-SEP-2024

Publicación: 05-OCT-2024

Versión: Única - 05-OCT-2024

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NOTIFICA RESOLUCIÓN DE INICIO DE PROCESO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DENOMINADA "AMPLIACIÓN DEL POZO DE EXTRACCIÓN DE ÁRIDOS CANTERA QUILLÉN"
   
    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 del DS Nº 40/2012, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, se comunica que, mediante resolución exenta Nº 20240900150, de fecha 25 de septiembre de 2024, el Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de la Araucanía (SEA Araucanía) ha resuelto dar inicio a un proceso de participación ciudadana por un plazo de 20 días hábiles, en la evaluación ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental "Ampliación del Pozo de Extracción de Áridos Cantera Quillén", cuyo titular es Agrícola, Ganadera, Forestal, Áridos Río Quillén Limitada.
    El proyecto, se localiza administrativamente en la Región de La Araucanía, provincia de Cautín, comuna de Galvarino, específicamente en el km. 20,8 de la Ruta S-10, sector Cuel Ñielol y cuyo objetivo es ampliar el área de extracción de áridos desde pozo, considerando el potencial de áridos presentes en el sector. De esta forma contempla la extracción del material, habilitando una nueva superficie de explotación de 14,14 ha, con una cantidad de áridos a extraer de 3.456.726 m³ en un período de 15 años, la cual se realizará en forma de una cantera dejando terrazas de 3 m de ancho y 5 m de alto con un talud de 48°, y cuya extracción de áridos considera un proceso de chancado y separación de tamaño mediante una planta chancadora móvil.
    Por lo anterior, cualquier persona natural o jurídica interesada podrá realizar observaciones al proyecto según lo dispuesto en el Art. 95 del DS Nº 40/2012 y para ello tendrá un plazo legal de 20 días hábiles contados desde el día hábil siguiente a la fecha de la presente publicación para efectuarlas de acuerdo con lo establecido en el artículo 30 bis de la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
    Las observaciones ciudadanas deberán ser ingresadas al SEA a través de la oficina de partes del SEA Araucanía, ubicada en calle España 460, piso 11 (Edificio Centro Plaza), en Temuco, o bien por internet, a través del vínculo https://www.sea.gob.cl/oficina-de-partes-virtual o a través del Portal de Participación Ciudadana en línea, al cual se accede a través del sitio web: https://www.sea.gob.cl/participacion-ciudadana-y-consulta-indigena.
    Se hace presente que el texto íntegro de la resolución antes individualizada, y del expediente administrativo del proyecto puede ser revisado en el siguiente sitio web: www.sea.gob.cl.-
   
    Marco Antonio Pichunmán Cortés, Director Regional, Servicio de Evaluación Ambiental Región de la Araucanía.

Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Única
De 05-OCT-2024
05-OCT-2024

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