Ley Chile - Biblioteca del Congreso Nacional Ley Chile
  • Ingresar
  • Registrarse

¿No está registrado? Regístrese

¿Olvidó su Contraseña?

¿Ya tiene una cuenta? Ingrese

BCN
  • icono
Portada
Selección
Contacto
Búsqueda avanzada
Portada
Selección
Contacto
Cerrar Navegar Norma Cerrar
Portada
Decreto 46 EXENTO

Navegar Norma

Decreto 46 EXENTO

  • Encabezado
  • Artículo primero
  • Artículo segundo
  • Promulgación

Decreto 46 EXENTO RECTIFICA DECRETO N° 113 EXENTO, DE 2020, DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO, QUE PRORROGA FÓRMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE Y RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN DE AGUAS SERVIDAS PARA LA EMPRESA DE SERVICIOS SANITARIOS DEL BÍO BÍO S.A. (ESSBIO S.A.)

MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO; SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA Y EMPRESAS DE MENOR TAMAÑO

Decreto 46 EXENTO

Seleccione las notificaciones a registrar


Promulgación: 13-NOV-2023

Publicación: 07-NOV-2024

Versión: Única - 07-NOV-2024

MODIFICACION
  • Texto
  • Versiones
Escuchar
RECTIFICA DECRETO N° 113 EXENTO, DE 2020, DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO, QUE PRORROGA FÓRMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE Y RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN DE AGUAS SERVIDAS PARA LA EMPRESA DE SERVICIOS SANITARIOS DEL BÍO BÍO S.A. (ESSBIO S.A.)
   
    Núm. 46 exento.- Santiago, 13 de noviembre de 2023.
   
    Vistos:
   
    1.- El DFL N° 70, de 1988, Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, del Ministerio de Obras Públicas;
    2.- El Reglamento de la Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, DS N° 453, de 12 de diciembre de 1989, del entonces Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción;
    3.- La Ley N° 18.902, que crea la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS);
    4.- La Ley N° 19.880 que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado;
    5.- El artículo 100 del DS N° 1.199, de 2004, del Ministerio de Obras Públicas;
    6.- El decreto supremo N° 144, de 25 de agosto de 2016, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que fija fórmulas tarifarias de los servicios de producción y distribución de agua potable y recolección y disposición de aguas servidas para la Empresa de Servicios Sanitarios del Bío Bio S.A. (Essbio S.A.);
    7.- El decreto exento N° 113, de 30 de diciembre de 2020, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que prorroga la vigencia del decreto supremo N° 144, de 2016, de este Ministerio;
    8.- El decreto N° 41, de 21 de abril de 2023, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que complementa decreto supremo N° 144, de 25 de agosto del año 2016.
    9.- El Oficio E387326/2023, del 30 de agosto de 2023, de la Contraloría General de la República;
    10.- Las resoluciones N° 7, de 2019, y N° 14, de 2022, de la Contraloría General de la República.
   
    Considerando:
   
    1.- Que, mediante el decreto supremo N° 144, de 2016, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, se fijaron las fórmulas tarifarias de los servicios de producción y distribución de agua potable y recolección y disposición de aguas servidas para la Empresa de Servicios Sanitarios del Bio Bío S.A. (Essbio S.A.), disponiendo en su numeral 10 que estas fórmulas tendrán una vigencia de cinco años a contar del 14 de septiembre del año 2016, "con la salvedad de la localidad de Lomas Coloradas, perteneciente al Grupo 1 VIII Región en que dichas fórmulas se aplicarán a los consumos que se determinen de las lecturas realizadas a contar del 8 de septiembre del año 2015";
    2.- Que, en virtud de lo previsto en el artículo 12 de la Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, mediante el decreto exento N° 113, de 2020, de este Ministerio, se prorrogó la vigencia de las fórmulas tarifarias fijadas en el decreto supremo N° 144, de 2016, del mismo origen, por otro período de cinco años contados a partir del 14 de septiembre del 2021;
    3.- Que, mediante el decreto N° 41, de 21 de abril de 2023, de este Ministerio, se complementó el decreto supremo N° 144, de 25 de agosto de 2016, del mismo origen.
    4.- Que, mediante Oficio E387326/2023, la Contraloría General de la República cursó con alcance el decreto exento N° 41, de 2023, de este origen, precisando que la vigencia del DS Minecon N°144/16 -prorrogado mediante el decreto exento N° 113, de 2020, ya individualizado- se extiende hasta el 14 de septiembre de 2026, "exceptuando la localidad de Lomas Coloradas, en que dicha vigencia es hasta el 8 de septiembre de 2025, por lo que deberá rectificarse, en tal sentido, el indicado decreto N° 113".
    5.- Que, el artículo 62 de la ley N° 19.880, dispone que la autoridad administrativa podrá "aclarar puntos dudosos u obscuros y rectificar los errores de copia, de referencia, de cálculos numéricos y, en general, los puramente materiales o de hechos que aparecieren de manifiesto en el acto administrativo".
    6.- Que, en virtud de lo anterior, mediante el presente acto se procederá a rectificar la omisión de la vigencia tarifaria aplicable a la localidad de Lomas Coloradas.
   
    Decreto:
    Artículo primero: Rectifícase el decreto exento N° 113, de 30 de diciembre de 2020, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que prorroga las fórmulas tarifarias de los servicios de producción y distribución de agua potable y recolección y disposición de aguas servidas para la Empresa de Servicios Sanitarios del Bío Bío S.A. (Essbio S.A.), quedando de la siguiente manera su resuelvo número 1:
   
    "1.- Prorrógase el período de vigencia de las fórmulas tarifarias para calcular los precios máximos aplicables a los usuarios de los servicios de producción y distribución de agua potable y recolección y disposición de aguas servidas para la empresa Essbio S.A., fijadas en el DS Minecon N° 144/2016, por otro período de cinco años, contados a partir del 14 de septiembre de 2021, con la salvedad de la localidad de Lomas Coloradas, perteneciente al Grupo 1 VIII Región, en que el quinquenio se contará a partir del 8 de septiembre del año 2020.".
   


    Artículo segundo: En lo no modificado por el presente decreto, se mantienen plenamente vigentes las disposiciones del decreto exento N° 113, de 30 de diciembre de 2020, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.

    Anótese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Nicolás Grau Veloso, Ministro de Economía, Fomento y Turismo.
    Lo que transcribe para su conocimiento.- Saluda atentamente a Usted, Javiera Petersen Muga, Subecretaria de Economía y Empresas de Menor Tamaño.

Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Única
De 07-NOV-2024
07-NOV-2024

Comparando Decreto 46 EXENTO |

Loading...

Enlace a la parte

Acortar

Resultado de búsqueda para :

Término encontrado en la siguiente parte.
Sin resultados

Detalles Partes

Escuchar

Metadatos internos

Síguenos en:
Cuenta de X de la Biblioteca del Congreso Nacional Facebook Biblioteca del Congreso Nacional Cuenta de Instagram de la Biblioteca del Congreso Nacional Cuenta de Flickr de la Biblioteca del Congreso Nacional Cuenta de Tiktok de la Biblioteca del Congreso Nacional Canal de Youtube de Biblioteca del Congreso Nacional
Políticas de privacidad Mapa del sitio Ubicación horarios y teléfonos
logo ISO-9001 logo IQNET
Creative Commons

Alternativas para descargar

  1. Descarga con Firma Electrónica Avanzada (FEA)

    - Esta opción garantiza la autenticidad e integridad del documento mediante una firma electrónica avanzada.
    - El proceso puede tardar unos momentos, ya que el documento se firma digitalmente en línea de forma automática. Le pedimos paciencia mientras se completa la operación.
  2. Descarga sin firma

    - Puede descargar el documento inmediatamente, pero sin firma electrónica avanzada.
    - Esta opción es más rápida, pero no incluye elementos de validación digital.
    Descargar ahora sin firma

Informamos a nuestros usuarios que, por inconvenientes técnicos que afectan temporalmente al Diario Oficial, las normas que deberían ser publicadas en nuestro sistema Ley Chile hoy 4 de marzo de 2025, no se encontrarán disponibles por el momento. Para su tranquilidad, Ley Chile se mantiene disponible y actualizado hasta el día de ayer.