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Decreto 2

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Decreto 2

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Decreto 2 Decreto 2T FIJA DERECHOS Y CONDICIONES DE EJECUCIÓN Y EXPLOTACIÓN Y FIJA EMPRESAS ADJUDICATARIAS DE LA CONSTRUCCIÓN Y EJECUCIÓN DE LAS OBRAS CONTEMPLADAS EN LOS DECRETOS EXENTOS N°198, DE 2019; N°185, DE 2021; N°200, DE 2022; Y, N°4, DE 2024, TODOS DEL MINISTERIO DE ENERGÍA; MODIFICA DECRETO SUPREMO N°18T, DE 2020, DEL MINISTERIO DE ENERGÍA; Y, RECTIFICA DECRETO EXENTO N°4, DE 2024, DEL MINISTERIO DE ENERGÍA

MINISTERIO DE ENERGÍA

Decreto 2

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Promulgación: 03-MAR-2025

Publicación: 17-MAY-2025

Versión: Única - 17-MAY-2025

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FIJA DERECHOS Y CONDICIONES DE EJECUCIÓN Y EXPLOTACIÓN Y FIJA EMPRESAS ADJUDICATARIAS DE LA CONSTRUCCIÓN Y EJECUCIÓN DE LAS OBRAS CONTEMPLADAS EN LOS DECRETOS EXENTOS N°198, DE 2019; N°185, DE 2021; N°200, DE 2022; Y, N°4, DE 2024, TODOS DEL MINISTERIO DE ENERGÍA; MODIFICA DECRETO SUPREMO N°18T, DE 2020, DEL MINISTERIO DE ENERGÍA; Y, RECTIFICA DECRETO EXENTO N°4, DE 2024, DEL MINISTERIO DE ENERGÍA
   
    Núm. 2T.- Santiago, 3 de marzo de 2025.
   
    Vistos:
   
    Lo dispuesto en los artículos 32 N°6 y 35 del Decreto Supremo N°100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República; en el Decreto Ley N°2.224, de 1978, del Ministerio de Minería, que crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía; en el Decreto con Fuerza de Ley N°4/20.018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica, y sus modificaciones posteriores, en adelante la "Ley"; en el Decreto Supremo N°10, de 2019, del Ministerio de Energía, que aprueba reglamento de calificación, valorización, tarificación y remuneración de las instalaciones de transmisión; en el Decreto Supremo N°37, de 2019, del Ministerio de Energía, que aprueba reglamento de los sistemas de transmisión y de la planificación de la transmisión, en adelante "Reglamento de Planificación de la Transmisión"; en el Decreto Exento N°198, de 2019, del Ministerio de Energía, que fija obras de ampliación de los sistemas de transmisión nacional y zonal que deben iniciar su proceso de licitación en los doce meses siguientes, correspondientes al plan de expansión del año 2018, en adelante e indistintamente "Decreto Exento N°198"; en el Decreto Exento N°185, de 2021, del Ministerio de Energía, que fija obras de ampliación de los sistemas de transmisión nacional y zonal que deben iniciar su proceso de licitación en los doce meses siguientes, correspondientes al Plan de Expansión del año 2020, en adelante "Decreto Exento N°185"; en el Decreto Exento N°200, de 2022, del Ministerio de Energía, que fija obras de ampliación de los sistemas de transmisión nacional y zonal que deben iniciar su proceso de licitación en los doce meses siguientes, correspondientes al Plan de Expansión del año 2021, en adelante "Decreto Exento N°200"; en el Decreto Exento N°4, de 2024, del Ministerio de Energía, que fija obras de ampliación de los sistemas de transmisión nacional y zonal que deben iniciar su proceso de licitación en los doce meses siguientes, correspondientes al Plan de Expansión del año 2022, en adelante "Decreto Exento N°4"; en el Decreto Supremo N°18T, de 2020, del Ministerio de Energía, que fija empresas adjudicatarias de la construcción y ejecución de las obras de ampliación de los sistemas de transmisión nacional y zonal, correspondientes al llamado de licitación pública del plan de expansión del año 2018, aprobado mediante Decreto Exento N°198, de 2019, del Ministerio de Energía, en adelante "Decreto Supremo N°18T"; en lo informado por el Coordinador Independiente del Sistema Eléctrico Nacional, en adelante el "Coordinador", en su carta DE 06992-24, de 31 de diciembre de 2024; en la Resolución Exenta N°7, de 8 de enero de 2025, de la Comisión Nacional de Energía, en adelante la "Comisión", que aprueba Informe Técnico Resultado del llamado a Licitación para la Adjudicación de la Construcción y Ejecución de las Obras de Ampliación contempladas en los Decretos Exentos N°185 de 2021, N°200 de 2022 y N°4 de 2024 del Ministerio de Energía y licitación de obras según artículo 157 del Decreto N°37 de 2019, del Ministerio de Energía, remitida a este Ministerio por el Oficio Ord. N°11/2025, de 8 de enero de 2025, en adelante la "Resolución N°7"; en lo informado por el Coordinador mediante carta DE 00179-25, de 17 de enero de 2025; en la Resolución Exenta N°60, de 4 de febrero de 2025, de la Comisión, que aprueba nueva versión del Informe Técnico Resultado del llamado a Licitación para la Adjudicación de la Construcción y Ejecución de las Obras de Ampliación contempladas en los Decretos Exentos N°185 de 2021, N°200 de 2022 y N°4 de 2024 del Ministerio de Energía y licitación de obras según artículo 157 del Decreto N°37 de 2019, del Ministerio de Energía, que reemplaza aquella aprobada mediante Resolución Exenta N°7 de la Comisión Nacional de Energía, de 8 de enero de 2025, en adelante la "Resolución Exenta N°60"; en lo solicitado por Transelec Concesiones S.A. en carta RI-000001-2025, de 14 de febrero de 2025; en la Resolución N°36, de 2024, de la Contraloría General de la República; y
   
    Considerando:
   
    1. Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso primero del artículo 92° de la Ley, por el Decreto Exento N°198, de 2019, de este Ministerio, se fijaron las obras de ampliación de los sistemas de transmisión nacional y zonal que deben iniciar su proceso de licitación en los doce meses siguientes, correspondientes al plan de expansión del año 2018.
    2. Que, en atención a lo dispuesto en el inciso primero del artículo 92° de la Ley, mediante el Decreto Exento N°185, de 2021, esta Secretaría de Estado fijó obras de ampliación de los sistemas de transmisión nacional y zonal que deben iniciar su proceso de licitación en los doce meses siguientes, correspondientes al plan de expansión del año 2020.
    3. Que, conforme a lo dispuesto en el inciso primero del artículo 92° de la Ley, mediante el Decreto Exento N°200, de 2022, esta Secretaría de Estado fijó obras de ampliación de los sistemas de transmisión nacional y zonal que deben iniciar su proceso de licitación en los doce meses siguientes, correspondientes al plan de expansión del año 2021.
    4. Que, adicionalmente, por el Decreto Exento N°4, de 2024, este Ministerio fijó obras de ampliación de los sistemas de transmisión nacional y zonal que deben iniciar su proceso de licitación en los doce meses siguientes, correspondientes al Plan de Expansión del año 2022.
    5. Que, el Coordinador realizó la licitación pública internacional para la adjudicación de los derechos de construcción de las obras de ampliación fijadas por los decretos exentos N°198, de 2019; N°185, de 2021; N°200, de 2022; y, N°4, de 2024, todos de esta Secretaría de Estado.
    6. Que, seguidamente y considerando lo dispuesto en el inciso primero del artículo 96° de la Ley, el Coordinador resolvió la referida licitación y adjudicó la construcción y ejecución de las obras de ampliación que se indican en el presente decreto, en conformidad a las respectivas bases de licitación, y procedió a informar a la Comisión sobre la evaluación de los proyectos y su adjudicación mediante su carta DE 06992-24, de 31 de diciembre de 2024, habiéndose adjudicado un total de 20 obras de ampliación.
    7. Que, en cumplimiento de lo señalado en el inciso segundo del artículo 96° de la Ley, la Comisión mediante su documento OF. ORD. N°11/2025, de 8 de enero de 2025, remitió al Ministerio de Energía la Resolución Exenta N°7.
    8. Que, posteriormente, por medio de la carta DE 00179-25, el Coordinador rectificó la información relativa al resultado de la licitación, mediante la emisión de una nueva versión del acta de obras desiertas asociado al proceso de licitación, debido a la no aceptación de la adjudicación de la obra "22_200_OA_05 – Ampliación en S/E Casas Viejas (NTR ATMT)".
    9. Que, en atención a lo señalado en el considerando precedente, y con el fin de facilitar la compresión y orden de los antecedentes, la Comisión emitió una nueva versión del informe técnico aprobado mediante la referida Resolución Exenta N°7, lo cual se materializó mediante la Resolución Exenta N°60.
    10. Que, adicionalmente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 157 del Reglamento de Planificación de la Transmisión, el Coordinador dispuso la realización de un nuevo proceso de licitación para algunas de las obras de ampliación adjudicadas en virtud del Decreto Supremo N°18T, debido a que su adjudicatario (Consorcio Cobra Brasil Servicios, Comunicaciones y Energía S.A. – Cobra Montajes Servicios y Agua Limitada) incumplió las obligaciones establecidas en las bases de licitación y en el citado Decreto Supremo N°18T, respecto de los proyectos "Ampliación en S/E Pozo Almonte", "Ampliación en S/E Rungue", "Ampliación en S/E Polpaico (Enel Distribución)", "Refuerzo Tramo Tap Vitacura – Vitacura", "Ampliación en S/E Escuadrón" y "Ampliación en S/E Pumahue". Las referidas obras fueron nuevamente adjudicadas conforme a lo informado por el Coordinador a la Comisión mediante carta DE 06992-24, de 31 de diciembre de 2024, rectificada por carta DE 00179-25, de 17 de enero de 2025, y a lo comunicado por la Comisión a este Ministerio a través de la Resolu ción Exenta N°60.
    11. Que, en virtud de lo expuesto en el considerando precedente, resulta necesario modificar el Decreto Supremo N°18T, de modo tal de dar cuenta formal de los cambios derivados producto de la relicitación llevada a cabo por el Coordinador, según lo indicado en el considerando precedente.
    12. Que, adicionalmente, Transelec Concesiones S.A., mediante carta RI-000001-2025, de 14 de febrero de 2025, solicitó a esta Cartera de Estado rectificar la cotitularidad de la obra denominada "Ampliación en S/E Kimal 220 kV (IM)", toda vez que el Decreto Exento N°4, señaló erradamente que sus propietarios son Sociedad Austral de Transmisión Troncal S.A. y Solar Elena SpA, en circunstancias que a las dos personas jurídicas anteriores debe agregarse como tercer copropietario a Transelec Concesiones S.A.
    13. Que, conforme lo expuesto en los considerandos precedentes, corresponde que este Ministerio dicte el respectivo decreto a que alude el artículo 96° de la Ley, fijando, en lo pertinente, las respectivas condiciones que se indican en el citado artículo.
   
    Decreto:

    Primero: Fíjanse los propietarios, empresas adjudicatarias encargadas de la construcción y ejecución, valor de inversión ("V.I.") adjudicado y plazo máximo para la entrada en operación de las obras de ampliación contempladas en los decretos exentos N°198, de 2019; N°185, de 2021; N°200, de 2022; y N°4, de 2024, todos del Ministerio de Energía, correspondientes a los planes de expansión de los años 2018, 2020, 2021 y 2022, respectivamente, que se indican a continuación, cuya licitación y adjudicación fue realizada por el Coordinador con arreglo a lo establecido en el artículo 95° de la Ley:
   
    Tabla 1: Obras de ampliación adjudicadas del Sistema de Transmisión
   
   
    Los proyectos deberán estar construidos y entrar en operación, a más tardar, dentro de los plazos constructivos indicados en la Tabla 1 anterior, contados desde la publicación del presente decreto en el Diario Oficial.
    En caso de que el día de entrada en operación de un determinado proyecto de los indicados anteriormente corresponde a un sábado, domingo o festivo, éste deberá ser prorrogado al primer día hábil siguiente.
    En el caso de las obras "Ampliación en S/E Kimal 220 kV (IM)", "Aumento de capacidad línea 2x220 kV Nueva Zaldívar – Likanantai" y "Ampliación en S/E Paillaco (NTR ATMT) y seccionamiento línea 1x66 kV Llollelhue – Los Lagos", indicadas en las filas 1, 2 y 16 de la tabla anterior, dado que en dichos proyectos se deben intervenir instalaciones de más de una empresa propietaria, el V.I. adjudicado que se establece en la Tabla 1 se ha separado según lo indicado en las Bases de Licitación elaboradas por el Coordinador. A partir de lo anterior, se obtienen, para cada obra y propietario, los valores que se indican en la siguiente tabla.
   
    Tabla 2: Separación de V.I. por propietario según actividades señaladas en Bases de Licitación
   
   
    A su vez, de acuerdo con lo establecido en el artículo 157 del Reglamento de Planificación, en el caso de que el adjudicatario de una obra de ampliación incumpla las obligaciones establecidas en las bases de licitación o las contenidas en el decreto de adjudicación de construcción de obras de ampliación, el Coordinador podrá disponer la realización de un nuevo proceso de licitación para la ejecución de aquella parte de la obra que se encuentre inconclusa.
    Conforme a lo anterior, se indican a continuación las obras adjudicadas por el Coordinador según las disposiciones del artículo 157 del Reglamento de Planificación, el decreto de adjudicación al cual fueron incorporadas inicialmente, su propietario, el correspondiente V.I. y las empresas que se adjudicaron la construcción de cada una de ellas.
   
    Tabla 3: Obras de ampliación adjudicadas según artículo 157 del Decreto Supremo N°37, de 2019, del Ministerio de Energía
   
   
    Segundo : Fíjanse las características técnicas mínimas de las obras de ampliación señaladas en el artículo anterior y sus descripciones generales.
   
    1. Obras de Ampliación
   
    1.1. Ampliación en S/E Kimal 220 kV (IM)
    El proyecto consiste en la ampliación de las barras principales e instalaciones comunes del patio de 220 kV de la subestación Kimal, cuya configuración corresponde a interruptor y medio, para cuatro nuevas diagonales, de manera de permitir la conexión de uno de los enlaces 2x220 kV en corriente alterna entre la subestación Kimal y la subestación conversora Kimal, asociado a la obra "Nueva Línea HVDC Kimal – Lo Aguirre" contenida en el decreto exento N° 231 de 2019 y modificado por los decretos exentos N° 163 de 2020 y N° 83 de 2021, todos del Ministerio de Energía, y la conexión de nuevos proyectos en la zona, considerando que dos de estas posiciones quedarán reservadas para obras decretadas en procesos de expansión de la transmisión.
    Adicionalmente, el proyecto considera todas las adecuaciones que sean necesarias, entre ellas, la reubicación del punto de conexión del proyecto "PSF Elena", para efectos de permitir la conexión del segundo enlace 2x220 kV asociado a la obra "Nueva Línea HVDC Kimal – Lo Aguirre", entre la subestación Kimal y la subestación conversora Kimal, en las posiciones denominadas "J20-J21" y "J23-J24", las cuales enfrentan los paños correspondientes a los autotransformadores ATR-2 y ATR-1, respectivamente. Asimismo, en lo referido a las posiciones generadas por la presente obra, el Coordinador podrá disponer de una de estas posiciones para resguardar el desarrollo de los procesos de conexión bajo el régimen de acceso abierto que, encontrándose con autorización preliminar a la fecha de emisión del Decreto Exento N° 4, pudiesen verse afectados por esta obra de expansión.
    El proyecto incluye todas las obras, modificaciones y labores necesarias para la ejecución y puesta en servicio de las nuevas instalaciones, tales como adecuaciones en los patios respectivos, adecuación de las protecciones, comunicaciones, SCADA, obras civiles, montaje, malla de puesta a tierra y pruebas de los nuevos equipos, entre otras.
    A su vez, el proyecto contempla todas las tareas, labores y obras necesarias para evitar interrupciones en el suministro a clientes finales, considerando para ello una secuencia constructiva que evite o minimice dichas interrupciones.
    Asimismo, el proyecto incluye todas las obras y labores establecidas en las Bases de Licitación elaboradas por el Coordinador y en la Oferta Técnica del adjudicatario.
   
    1.2. Aumento de capacidad línea 2x220 kV Nueva Zaldívar – Likanantai
    El proyecto consiste en el aumento de capacidad de transmisión de la línea 2x220 kV Nueva Zaldívar – Likanantai, de aproximadamente 30 km de longitud. El aumento de capacidad se realizará mediante el cambio del o los conductores que la componen, por un conductor con capacidad de transmisión de, al menos, 660 MVA por circuito a 35°C con sol.
    A su vez, el proyecto considera el reemplazo y los ajustes de todo el equipamiento asociado a esta obra que se vea sobrepasado en sus características nominales producto del aumento de capacidad.
    El proyecto incluye todas las obras, modificaciones y labores necesarias para la ejecución y puesta en servicio de las nuevas instalaciones, tales como adecuaciones en los patios respectivos, adecuación de las protecciones, comunicaciones, SCADA, obras civiles, montaje, malla de puesta a tierra y pruebas de los nuevos equipos.
    A su vez, el proyecto contempla todas las tareas, labores y obras necesarias para evitar interrupciones en el suministro a clientes finales, considerando para ello una secuencia constructiva que evite o minimice dichas interrupciones.
    Asimismo, el proyecto incluye todas las obras y labores establecidas en las Bases de Licitación elaboradas por el Coordinador y en la Oferta Técnica del adjudicatario.
   
    1.3. Ampliación en S/E Monte Mina 220 kV (IM)
    El proyecto consiste en la ampliación de las barras principales e instalaciones comunes del patio de 220 kV de la subestación Monte Mina, antes denominada Likanantai, cuya configuración corresponde a interruptor y medio, para cuatro nuevas diagonales, de manera de permitir la conexión de nuevos proyectos en la zona.
    El proyecto incluye todas las obras, modificaciones y labores necesarias para la ejecución y puesta en servicio de las nuevas instalaciones, tales como adecuaciones en los patios respectivos, adecuación de las protecciones, comunicaciones, SCADA, obras civiles, montaje, malla de puesta a tierra y pruebas de los nuevos equipos, entre otras.
    A su vez, el proyecto contempla todas las tareas, labores y obras necesarias para evitar interrupciones en el suministro a clientes finales, considerando para ello una secuencia constructiva que evite o minimice dichas interrupciones.
    Asimismo, el proyecto incluye todas las obras y labores establecidas en las Bases de Licitación elaboradas por el Coordinador y en la Oferta Técnica del adjudicatario.
   
    1.4. Ampliación en S/E Parinas (NTR ATAT)
    El proyecto consiste en el aumento de capacidad de la subestación Parinas, mediante la instalación de dos nuevos bancos de autotransformadores 500/220 kV, de 750 MVA con Cambiador de Derivación Bajo Carga (CDBC) cada uno, y sus respectivos paños de transformación en ambos niveles de tensión. Uno de estos nuevos equipos compartirá la unidad de reserva con el banco asociado al proyecto "Nueva S/E Seccionadora Parinas 500/220 kV", individualizado en el decreto exento N° 4, de 03 de enero de 2019, del Ministerio de Energía, que fija obras nuevas de los sistemas de Transmisión Nacional y Zonal que deben iniciar su proceso de licitación o estudio de franja, según corresponda, en los doce meses siguientes, del plan de expansión del año 2017, mientras el segundo banco de autotransformadores deberá poseer su propia unidad de reserva, la cual deberá contar con conexión automática.
    El proyecto incluye todas las obras, modificaciones y labores necesarias para la ejecución y puesta en servicio de las nuevas instalaciones, tales como adecuaciones en los patios respectivos, adecuación de las protecciones, comunicaciones, SCADA, obras civiles, montaje, malla de puesta a tierra y pruebas de los nuevos equipos, entre otras.
    A su vez, el proyecto contempla todas las tareas, labores y obras necesarias para evitar interrupciones en el suministro a clientes finales, considerando para ello una secuencia constructiva que evite o minimice dichas interrupciones.
    Asimismo, el proyecto incluye todas las obras y labores establecidas en las Bases de Licitación elaboradas por el Coordinador y en la Oferta Técnica del adjudicatario.
   
    1.5. Ampliación en S/E Parinas 500 kV (IM) y 220 kV (IM)
    El proyecto consiste en la ampliación de las barras principales e instalaciones comunes del patio de 500 kV de la S/E Parinas, cuya configuración corresponde a interruptor y medio, para cuatro nuevas diagonales, de manera de permitir la conexión de los nuevos bancos de autotransformadores indicados en la obra "Ampliación en S/E Parinas (NTR ATAT)" y de nuevos proyectos en la zona, así como la ampliación de las barras principales e instalaciones comunes del patio de 220 kV, de igual configuración, para tres nuevas diagonales, de manera de permitir la conexión de los equipos de transformación señalados anteriormente, la conexión de la obra "Nuevo Sistema de Control de Flujo mediante almacenamiento Parinas – Seccionadora Lo Aguirre" y de nuevos proyectos en la zona.
    El proyecto incluye todas las obras, modificaciones y labores necesarias para la ejecución y puesta en servicio de las nuevas instalaciones, tales como adecuaciones en los patios respectivos, adecuación de las protecciones, comunicaciones, SCADA, obras civiles, montaje, malla de puesta a tierra y pruebas de los nuevos equipos, entre otras.
    A su vez, el proyecto contempla todas las tareas, labores y obras necesarias para evitar interrupciones en el suministro a clientes finales, considerando para ello una secuencia constructiva que evite o minimice dichas interrupciones.
    Asimismo, el proyecto incluye todas las obras y labores establecidas en las Bases de Licitación elaboradas por el Coordinador y en la Oferta Técnica del adjudicatario.
   
    1.6. Ampliación en S/E Taltal (NTR ATMT)
    El proyecto consiste en el aumento de capacidad de la subestación Taltal mediante la instalación de un nuevo transformador de 110/13,2 kV y 10 MVA de capacidad con Cambiador de Derivación Bajo Carga (CDBC), y sus respectivos paños de conexión en ambos niveles de tensión.
    A su vez, el proyecto contempla la construcción de una nueva barra de 110 kV, en configuración barra simple, la cual deberá considerar espacio en barra y plataforma para tres posiciones, de manera de permitir la conexión del nuevo transformador de poder antes mencionado, la construcción de un paño de conexión para el transformador existente y la construcción del paño asociado a la línea 1x110 kV Las Luces - Taltal.
    Adicionalmente, el proyecto considera la construcción de una nueva sección de barra de 13,2 kV, en configuración barra simple, contemplándose la construcción de, al menos, dos paños para alimentadores, el paño de conexión del nuevo transformador antes mencionado, la construcción de un paño de interconexión con la barra de 13,2 kV existente y espacio en barras para la construcción de dos paños futuros. En caso de definirse el desarrollo de este patio como una sala de celdas, se deberán considerar los paños contenidos en esta descripción junto con la construcción de una celda para equipos de medida, la construcción de una celda para servicios auxiliares si corresponde y el espacio en la sala para la conexión de posiciones futuras definidas anteriormente.
    El proyecto incluye todas las obras, modificaciones y labores necesarias para la ejecución y puesta en servicio de las nuevas instalaciones, tales como adecuaciones en los patios respectivos, adecuación de las protecciones, comunicaciones, SCADA, obras civiles, montaje, malla de puesta a tierra y pruebas de los nuevos equipos.
    A su vez, el proyecto contempla todas las tareas, labores y obras necesarias para evitar interrupciones en el suministro a clientes finales, considerando para ello una secuencia constructiva que evite o minimice dichas interrupciones.
    Asimismo, el proyecto incluye todas las obras y labores establecidas en las Bases de Licitación elaboradas por el Coordinador y en la Oferta Técnica del adjudicatario.
   
    1.7. Ampliación en S/E Algarrobal 220 kV (IM)
    El proyecto consiste en la ampliación de las barras principales e instalaciones comunes del patio de 220 kV de la subestación Algarrobal, cuya configuración corresponde a interruptor y medio, para tres nuevas diagonales, de manera de permitir la conexión de nuevos proyectos en la zona.
    El proyecto incluye todas las obras, modificaciones y labores necesarias para la ejecución y puesta en servicio de las nuevas instalaciones, tales como adecuaciones en los patios respectivos, adecuación de las protecciones, c omunicaciones, SCADA, obras civiles, montaje, malla de puesta a tierra y pruebas de los nuevos equipos, entre otras.
    A su vez, el proyecto contempla todas las tareas, labores y obras necesarias para evitar interrupciones en el suministro a clientes finales, considerando para ello una secuencia constructiva que evite o minimice dichas interrupciones.
    Asimismo, el proyecto incluye todas las obras y labores establecidas en las Bases de Licitación elaboradas por el Coordinador y en la Oferta Técnica del adjudicatario.
   
    1.8. Ampliación en S/E San Juan 66 kV (BPS), reemplazo de transformadores (RTR ATMT) y seccionamiento de línea 2x66 kV Pan de Azúcar – Guayacán en S/E San Juan 66 kV
    El proyecto consiste en la ampliación de las barras principales e instalaciones comunes del patio de 66 kV de la subestación San Juan, cuya configuración corresponde a barra simple seccionada mediante desconectadores, de manera de permitir el seccionamiento de la línea 2x66 kV Pan de Azúcar - Guayacán. Adicionalmente, el proyecto contempla el reemplazo de los transformadores existentes 66/13,8 kV de 10 MVA y 10,2 MVA respectivamente, por dos equipos 66/13,8 kV y 30 MVA de capacidad cada uno, ambos con Cambiador de Derivación Bajo Carga (CDBC).
    Además, el proyecto incluye completar el seccionamiento de la línea 2x66 kV Pan de Azúcar - Guayacán en la subestación San Juan mediante el desmontaje de la conexión en derivación actual y la construcción de los enlaces que sean necesarios, manteniendo, al menos la capacidad de la línea que se secciona y considerando completar y construir los paños de línea de 66 kV que corresponda en la subestación San Juan, en configuración tipo barra principal seccionada, reutilizando cuando sea posible el equipamiento y estructuras existentes.
    Junto con lo anterior, el proyecto incluye completar los paños de conexión en ambos niveles de tensión de los transformadores que se reemplazan y la construcción de un paño seccionador de barras en el patio de 66 kV, reutilizando cuando sea posible el equipamiento existente.
    Finalmente, el proyecto contempla la construcción de una nueva sección de barra de 13,8 kV, en configuración barra principal con barra auxiliar, considerándose la construcción de, al menos, cinco paños para alimentadores, la construcción de un paño de interconexión con la barra de 13,8 kV existente, la conexión de uno de los transformadores y espacio en barras para la construcción de dos paños futuros. Además, el proyecto incluye la construcción de un paño para alimentador en la sección de barra existente. En caso de definirse el desarrollo de la ampliación de este patio como una sala de celdas, se deberán considerar los paños contenidos en esta descripción junto con la construcción de una celda para equipos de medida, la construcción de una celda para servicios auxiliares si corresponde, y el espacio en la sala para la conexión de las posiciones futuras definidas anteriormente.
    El proyecto incluye todas las obras, modificaciones y labores necesarias para la ejecución y puesta en servicio de las nuevas instalaciones, tales como adecuaciones en los patios respectivos, adecuación de las protecciones, comunicaciones, SCADA, obras civiles, montaje, malla de puesta a tierra y pruebas de los nuevos equipos, entre otras.
    A su vez, el proyecto contempla todas las tareas, labores y obras necesarias para evitar interrupciones en el suministro a clientes finales, considerando para ello una secuencia constructiva que evite o minimice dichas interrupciones.
    Asimismo, el proyecto incluye todas las obras y labores establecidas en las Bases de Licitación elaboradas por el Coordinador y en la Oferta Técnica del adjudicatario.
   
    1.9. Ampliación en S/E Los Poetas (NTR ATMT)
    El proyecto consiste en el aumento de capacidad de la subestación Los Poetas mediante la instalación de un nuevo transformador 66/12 kV y 30 MVA con Cambiador de Derivación Bajo Carga (CDBC), y sus respectivos paños de conexión en ambos niveles de tensión. A su vez, el proyecto considera la ampliación de las barras e instalaciones comunes del patio de 66 kV de la subestación, cuya configuración corresponde a barra principal y barra de transferencia, de manera de permitir la conexión del nuevo transformador a la barra ampliada.
    Adicionalmente, el proyecto incluye la construcción de un nuevo patio de 12 kV, en configuración barra simple, contemplándose la construcción de, al menos, tres paños para alimentadores, el paño de conexión del transformador antes mencionado y espacio en barra para la construcción de dos paños futuros. En caso de definirse el desarrollo de este patio como una sala de celdas, se deberán considerar los paños contenidos en esta descripción junto con la construcción de una celda para equipos de medida, la construcción de una celda para servicios auxiliares si corresponde, y el espacio en la sala para la conexión de posiciones futuras definidas anteriormente.
    El proyecto incluye todas las obras, modificaciones y labores necesarias para la ejecución y puesta en servicio de las nuevas instalaciones, tales como adecuaciones en los patios respectivos, adecuación de las protecciones, comunicaciones, SCADA, obras civiles, montaje, malla de puesta a tierra y pruebas de los nuevos equipos, entre otras.
    A su vez, el proyecto contempla todas las tareas, labores y obras necesarias para evitar interrupciones en el suministro a clientes finales, considerando para ello una secuencia constructiva que evite o minimice dichas interrupciones.
    Asimismo, el proyecto incluye todas las obras y labores establecidas en las Bases de Licitación elaboradas por el Coordinador y en la Oferta Técnica del adjudicatario.
   
    1.10. Ampliación en S/E Hospital (NTR ATMT)
    El proyecto consiste en el aumento de capacidad de la subestación Hospital mediante la instalación de un nuevo transformador 66/15 kV y 30 MVA con Cambiador de Derivación Bajo Carga (CDBC), y sus respectivos paños de transformación en ambos niveles de tensión.
    Además, el proyecto contempla completar el paño asociado a la línea 1x66 kV Tap Hospital – Hospital en el extremo de subestación Hospital, reutilizando cuando sea posible la infraestructura existente, y manteniendo su configuración de barra simple seccionada.
    Adicionalmente, el proyecto considera la construcción de una nueva sección de barra de 15 kV en configuración barra simple, contemplándose la construcción de, al menos, tres (3) paños para alimentadores, el paño de conexión del transformador antes mencionado, la construcción de un paño para equipos de medida, la construcción de un paño para servicios auxiliares, la construcción de un paño acoplador de barras y espacio para la instalación de un paño para conexión de un banco de condensadores y para la conexión de dos nuevos alimentadores.
    El proyecto incluye todas las obras, modificaciones y labores necesarias para la ejecución y puesta en servicio de las nuevas instalaciones, tales como adecuaciones en los patios respectivos, adecuación de las protecciones, comunicaciones, SCADA, obras civiles, montaje, malla de puesta a tierra y pruebas de los nuevos equipos. El proyecto incluye todas las obras, modificaciones y labores necesarias para la ejecución y puesta en servicio de las nuevas instalaciones, tales como adecuaciones en los patios respectivos, adecuación de las protecciones, comunicaciones, SCADA, obras civiles, montaje, malla de puesta a tierra y pruebas de los nuevos equipos.
    A su vez, el proyecto contempla todas las tareas, labores y obras necesarias para evitar interrupciones en el suministro a clientes finales, considerando para ello una secuencia constructiva que evite o minimice dichas interrupciones.
    Asimismo, el proyecto incluye todas las obras y labores establecidas en las Bases de Licitación elaboradas por el Coordinador y en la Oferta Técnica del adjudicatario.
   
    1.11. Tendido segundo circuito línea 2x500 kV Ancoa – Charrúa
    El proyecto consiste en el tendido del segundo circuito de la línea 2x500 kV Ancoa - Charrúa, junto con la construcción de sus respectivos paños de línea en las correspondientes subestaciones de llegada, manteniendo las características de diseño del primer circuito. El nuevo circuito deberá permitir una capacidad de transmisión de, al menos, 1.700 MVA a 35° C con sol.
    A su vez, el proyecto contempla la instalación de equipos de compensación serie y shunt para el nuevo circuito, en los extremos Ancoa y Charrúa de forma análoga a los equipos instalados para el circuito existente de la misma línea.
    El proyecto incluye todas las obras, modificaciones y labores necesarias para la ejecución y puesta en servicio de las nuevas instalaciones, tales como adecuaciones en los patios respectivos, adecuación de las protecciones, comunicaciones, SCADA, obras civiles, montaje, malla de puesta a tierra y pruebas de los nuevos equipos, entre otras.
    A su vez, el proyecto contempla todas las tareas, labores y obras necesarias para evitar interrupciones en el suministro a clientes finales, considerando para ello una secuencia constructiva que evite o minimice dichas interrupciones.
    Asimismo, el proyecto incluye todas las obras y labores establecidas en las Bases de Licitación elaboradas por el Coordinador y en la Oferta Técnica del adjudicatario.
   
    1.12. Ampliación en S/E Andalién (NTR ATMT)
    El proyecto consiste en el aumento de capacidad de la subestación Andalién mediante la instalación de un nuevo transformador 66/15 kV y 50 MVA con Cambiador de Derivación Bajo Carga (CDBC), y sus respectivos paños de conexión en ambos niveles de tensión. A su vez, la obra incluye completar los paños de 66 kV asociados a los transformadores existentes de la subestación, reutilizando cuando sea posible la infraestructura existente.
    Adicionalmente, el proyecto considera la construcción de una nueva sección de barra de 15 kV, en configuración barra principal y barra auxiliar, contemplándose la construcción de, al menos, cuatro paños para alimentadores, el paño de conexión del transformador antes mencionado, la construcción de un paño de interconexión con las barras existentes y espacio en barra para la construcción de cuatro paños futuros. En caso de definirse el desarrollo de la ampliación de este patio como una sala de celdas, se deberán considerar los paños contenidos en esta descripción junto con la construcción de una celda para equipos de medida, la construcción de una celda para servicios auxiliares si corresponde, y el espacio en la sala para la conexión de posiciones futuras definidas anteriormente.
    El proyecto incluye todas las obras, modificaciones y labores necesarias para la ejecución y puesta en servicio de las nuevas instalaciones, tales como adecuaciones en los patios respectivos, adecuación de las protecciones, comunicaciones, SCADA, obras civiles, montaje, malla de puesta a tierra y pruebas de los nuevos equipos, entre otras.
    A su vez, el proyecto contempla todas las tareas, labores y obras necesarias para evitar interrupciones en el suministro a clientes finales, considerando para ello una secuencia constructiva que evite o minimice dichas interrupciones.
    Asimismo, el proyecto incluye todas las obras y labores establecidas en las Bases de Licitación elaboradas por el Coordinador y en la Oferta Técnica del adjudicatario.
   
    1.13. Ampliación en S/E Entre Ríos 500 kV (IM) y 220 kV (IM)
    El proyecto consiste en la ampliación de las barras principales e instalaciones comunes del patio de 500 kV de la subestación Entre Ríos, cuya configuración corresponde a interruptor y medio, para dos nuevas diagonales, de manera de permitir la conexión de la obra "Nueva Línea 2x500 kV Entre Ríos - Digüeñes" y nuevos proyectos en la zona.
    Adicionalmente, el proyecto considera la ampliación de las barras principales e instalaciones comunes del patio de 220 kV de la subestación Entre Ríos, cuya configuración corresponde a interruptor y medio, para dos nuevas diagonales, de manera de permitir la conexión de nuevos proyectos en la zona.
    El proyecto incluye todas las obras, modificaciones y labores necesarias para la ejecución y puesta en servicio de las nuevas instalaciones, tales como adecuaciones en los patios respectivos, adecuación de las protecciones, comunicaciones, SCADA, obras civiles, montaje, malla de puesta a tierra y pruebas de los nuevos equipos, entre otras.
    A su vez, el proyecto contempla todas las tareas, labores y obras necesarias para evitar interrupciones en el suministro a clientes finales, considerando para ello una secuencia constructiva que evite o minimice dichas interrupciones.
    Asimismo, el proyecto incluye todas las obras y labores establecidas en las Bases de Licitación elaboradas por el Coordinador y en la Oferta Técnica del adjudicatario.
   
    1.14. Ampliación en S/E El Rosal 220 kV (IM)
    El proyecto consiste en la ampliación de las barras principales e instalaciones comunes del patio de 220 kV de la subestación El Rosal, cuya configuración corresponde a interruptor y medio, para dos nuevas diagonales, de manera de permitir la conexión de nuevos proyectos en la zona.
    El proyecto incluye todas las obras, modificaciones y labores necesarias para la ejecución y puesta en servicio de las nuevas instalaciones, tales como adecuaciones en los patios respectivos, adecuación de las protecciones, comunicaciones, SCADA, obras civiles, montaje, malla de puesta a tierra y pruebas de los nuevos equipos, entre otras.
    A su vez, el proyecto contempla todas las tareas, labores y obras necesarias para evitar interrupciones en el suministro a clientes finales, considerando para ello una secuencia constructiva que evite o minimice dichas interrupciones.
    Asimismo, el proyecto incluye todas las obras y labores establecidas en las Bases de Licitación elaboradas por el Coordinador y en la Oferta Técnica del adjudicatario.
   
    1.15. Ampliación en S/E Villarrica (NTR ATMT)
    El proyecto consiste en el aumento de capacidad de la subestación Villarrica mediante la instalación de un nuevo transformador 66/23 kV y 30 MVA con Cambiador de Derivación Bajo Carga (CDBC), y sus respectivos paños de conexión en ambos niveles de tensión. A su vez, la obra incluye completar el paño de 66 kV asociado al transformador existente de la subestación, reutilizando cuando sea posible la infraestructura existente.
    Adicionalmente, el proyecto considera la construcción de una nueva sección de barra de 23 kV, en configuración barra simple, contemplándose la construcción de, al menos, tres paños para alimentadores, el paño de conexión del transformador antes mencionado, la construcción de un paño de interconexión con la barra existente y espacio en barra para la construcción de dos paños futuros. En caso de definirse el desarrollo de la ampliación de este patio como una sala de celdas, se deberán considerar los paños contenidos en esta descripción junto con la construcción de una celda para equipos de medida, la construcción de una celda para servicios auxiliares si corresponde, y el espacio en la sala para la conexión de posiciones futuras definidas anteriormente.
    El proyecto incluye todas las obras, modificaciones y labores necesarias para la ejecución y puesta en servicio de las nuevas instalaciones, tales como adecuaciones en los patios respectivos, adecuación de las protecciones, comunicaciones, SCADA, obras civiles , montaje, malla de puesta a tierra y pruebas de los nuevos equipos, entre otras.
    A su vez, el proyecto contempla todas las tareas, labores y obras necesarias para evitar interrupciones en el suministro a clientes finales, considerando para ello una secuencia constructiva que evite o minimice dichas interrupciones.
    Asimismo, el proyecto incluye todas las obras y labores establecidas en las Bases de Licitación elaboradas por el Coordinador y en la Oferta Técnica del adjudicatario.
   
    1.16. Ampliación en S/E Paillaco (NTR ATMT) y seccionamiento línea 1x66 kV Llollelhue – Los Lagos
    El proyecto consiste en el aumento de capacidad de la subestación Paillaco, mediante la instalación de un nuevo transformador 66/13,8 kV y 10 MVA con Cambiador de Derivación Bajo Carga (CDBC), y sus respectivos paños de conexión en ambos niveles de tensión. A su vez, el proyecto considera la construcción de una nueva barra e instalaciones comunes en el patio de 66 kV de la subestación, cuya configuración corresponde a barra simple, para cuatro posiciones, de manera de permitir la conexión del equipo de transformación existente con su respectivo paño de conexión, el nuevo equipo de transformación y el seccionamiento de la línea 1x66 kV Llollelhue – Los Lagos, en la subestación Paillaco, con sus respectivos paños de conexión, reutilizando, cuando sea posible, la infraestructura existente.
    Adicionalmente, el proyecto considera la construcción de un nuevo patio de 13,8 kV, en configuración barra simple, contemplándose la construcción de, al menos, dos (2) paños para nuevos alimentadores y el paño de conexión del transformador antes mencionado.
    El proyecto incluye todas las obras, modificaciones y labores necesarias para la ejecución y puesta en servicio de las nuevas instalaciones, tales como adecuaciones en los patios respectivos, adecuación de las protecciones, comunicaciones, SCADA, obras civiles, montaje, malla de puesta a tierra y pruebas de los nuevos equipos.
    A su vez, el proyecto contempla todas las tareas, labores y obras necesarias para evitar interrupciones en el suministro a clientes finales, considerando para ello una secuencia constructiva que evite o minimice dichas interrupciones.
    Asimismo, el proyecto incluye todas las obras y labores establecidas en las Bases de Licitación elaboradas por el Coordinador y en la Oferta Técnica del adjudicatario.
   
    1.17. Ampliación en S/E Purranque (NTR ATMT)
    El proyecto consiste en el aumento de capacidad de la subestación Purranque mediante la instalación de un nuevo transformador 66/23 kV y, al menos, 10 MVA de capacidad con Cambiador de Derivación Bajo Carga (CDBC), y sus respectivos paños de conexión en ambos niveles de tensión. A su vez, el proyecto considera la ampliación de la barra e instalaciones comunes del patio de 66 kV de la subestación, cuya configuración corresponde a barra simple, de manera de permitir la conexión del nuevo transformador a la barra ampliada. Además, el proyecto incluye completar el paño de 66 kV asociado al transformador N° 2 de la subestación, reutilizando cuando sea posible la infraestructura existente.
    Adicionalmente, el proyecto considera la construcción de una nueva barra de 23 kV, en configuración barra simple seccionada, contemplándose la construcción de, al menos, dos paños para alimentadores, el paño de conexión del nuevo transformador antes mencionado, espacio en barras para la construcción de dos paños futuros y la conexión del transformador N°2 con sus alimentadores asociados a una de las secciones de la nueva barra. En caso de definirse el desarrollo de este patio como una sala de celdas, se deberán considerar los paños contenidos en esta descripción junto con la construcción de una celda para equipos de medida, la construcción de una celda para servicios auxiliares si corresponde y el espacio en la sala para la conexión de las posiciones futuras definidas anteriormente.
    El proyecto incluye todas las obras, modificaciones y labores necesarias para la ejecución y puesta en servicio de las nuevas instalaciones, tales como adecuaciones en los patios respectivos, adecuación de las protecciones, comunicaciones, SCADA, obras civiles, montaje, malla de puesta a tierra y pruebas de los nuevos equipos.
    A su vez, el proyecto contempla todas las tareas, labores y obras necesarias para evitar interrupciones en el suministro a clientes finales, considerando para ello una secuencia constructiva que evite o minimice dichas interrupciones.
    Asimismo, el proyecto incluye todas las obras y labores establecidas en las Bases de Licitación elaboradas por el Coordinador y en la Oferta Técnica del adjudicatario.
   
    1.18. Ampliación en S/E Tineo 220 kV (IM)
    El proyecto consiste en la ampliación de las barras principales e instalaciones comunes del patio de 220 kV de la subestación Tineo, cuya configuración corresponde a interruptor y medio, para tres nuevas diagonales, de manera de permitir la conexión de nuevos proyectos en la zona.
    El proyecto incluye todas las obras, modificaciones y labores necesarias para la ejecución y puesta en servicio de las nuevas instalaciones, tales como adecua ciones en los patios respectivos, adecuación de las protecciones, comunicaciones, SCADA, obras civiles, montaje, malla de puesta a tierra y pruebas de los nuevos equipos, entre otras.
    A su vez, el proyecto contempla todas las tareas, labores y obras necesarias para evitar interrupciones en el suministro a clientes finales, considerando para ello una secuencia constructiva que evite o minimice dichas interrupciones.
    Asimismo, el proyecto incluye todas las obras y labores establecidas en las Bases de Licitación elaboradas por el Coordinador y en la Oferta Técnica del adjudicatario.
   
    1.19. Ampliación en S/E Dalcahue (NTR ATMT)
    El proyecto consiste en el aumento de capacidad de la subestación Dalcahue mediante la instalación de un nuevo transformador 110/23 kV y 16 MVA con Cambiador de Derivación Bajo Carga (CDBC), y sus respectivos paños de conexión en ambos niveles de tensión. A su vez, el proyecto considera la ampliación de barra e instalaciones comunes en el patio de 110 kV de la subestación, cuya configuración corresponde a barra simple, para tres nuevas posiciones, de manera de permitir la conexión del nuevo transformador a la barra ampliada y la conexión de dos paños para futuros proyectos de la zona.
    Adicionalmente, el proyecto considera la construcción de una nueva sección de barra de 23 kV, en configuración barra principal con barra de transferencia, contemplándose la construcción de, al menos, un paño para alimentador, el paño de conexión del transformador antes mencionado, la construcción de un paño seccionador de barra, la construcción de un paño acoplador de barras y espacio en barras para la construcción de dos paños futuros.
    El proyecto incluye todas las obras, modificaciones y labores necesarias para la ejecución y puesta en servicio de las nuevas instalaciones, tales como adecuaciones en los patios respectivos, adecuación de las protecciones, comunicaciones, SCADA, obras civiles, montaje, malla de puesta a tierra y pruebas de los nuevos equipos, entre otras.
    A su vez, el proyecto contempla todas las tareas, labores y obras necesarias para evitar interrupciones en el suministro a clientes finales, considerando para ello una secuencia constructiva que evite o minimice dichas interrupciones.
    Asimismo, el proyecto incluye todas las obras y labores establecidas en las Bases de Licitación elaboradas por el Coordinador y en la Oferta Técnica del adjudicatario.
   
    2. Obras Adjudicadas por Mecanismo Establecido en el Artículo 157 del Reglamento de Planificación de La Trasmisión
   
    De acuerdo con lo establecido en el Decreto Exento N°198 de 2019, en los informes de estado de avance físico y financiero de las obras y en las Bases de Licitación, ambos elaborados por el Coordinador para este proceso, las características técnicas mínimas de los proyectos son las siguientes:
   
    2.1. Ampliación en S/E Pozo Almonte
    El proyecto consiste en la instalación de un nuevo transformador de 110/23 kV de capacidad 30 MVA en la S/E Pozo Almonte con sus respectivos paños de conexión a las barras de alta y media tensión.
    Adicionalmente, el proyecto incluye el reemplazo del transformador existente 110/66/13,8 kV de 30/30/7,5 MVA, por un nuevo equipo de transformación con la misma cantidad de devanados y de, al menos, 90/90/7,5 MVA de capacidad.
    El proyecto incluye todas las obras civiles y labores necesarias para la ejecución y puesta en servicio de las nuevas instalaciones, tales como adecuaciones en el patio de media tensión, adecuaciones de las protecciones, SCADA, obras civiles, montaje, malla de puesta a tierra y pruebas de los nuevos equipos, entre otras.
    A su vez, el proyecto contempla todas las tareas, labores y obras necesarias para que no se produzcan interrupciones del suministro eléctrico no autorizadas a clientes regulados, considerando para ello una secuencia constructiva que logre dicho objetivo.
    Asimismo, el proyecto incluye todas las obras y labores establecidas en las Bases de Licitación elaboradas por el Coordinador y en la Oferta Técnica del adjudicatario.
   
    2.2.  Ampliación en S/E Rungue
    El proyecto consiste en el reemplazo del transformador existente 44/23 kV, 3,5 MVA, por una nueva unidad de 20 MVA y la instalación de un segundo transformador de 44/23 kV, 20 MVA, ambos con sus respectivos paños de alta tensión. El proyecto incluye la ampliación del patio de 44 kV a través de la construcción de una barra simple seccionada que permita la conexión de los transformadores y de la actual doble conexión en derivación de la subestación. En el patio de 23 kV se considera la construcción de una nueva sección de barra, un paño seccionador que permita la conexión con la barra existente, el paño del nuevo transformador y un nuevo paño para un futuro alimentador.
    El proyecto incluye todas las obras civiles y labores necesarias para la ejecución y puesta en servicio de las nuevas instalaciones, tales como adecuaciones en el patio de media tensión, adecuaciones de las protecciones, SCADA, obras civiles, montaje, malla de puesta a tierra y pruebas de los nuevos equipos, entre otras.
    Asimismo, el proyecto incluye todas las obras y labores establecidas en las Bases de Licitación elaboradas por el Coordinador y en la Oferta Técnica del adjudicatario.
   
    2.3.  Ampliación en S/E Polpaico (Enel Distribución)
    El proyecto consiste en la instalación de un nuevo transformador de 110/23 kV de capacidad de 50 MVA en la S/E Polpaico de Enel Distribución, con su respectivo paño de conexión en alta tensión. En el patio de 23 kV se considera la construcción de una nueva sección de barra, un paño seccionador que permita la conexión con la barra existente, el paño del nuevo transformador y tres paños para futuros alimentadores.
    El proyecto incluye todas las obras civiles y labores necesarias para la ejecución y puesta en servicio de las nuevas instalaciones, tales como adecuaciones en el patio de media tensión, adecuaciones de las protecciones, SCADA, obras civiles, montaje, malla de puesta a tierra y pruebas de los nuevos equipos, entre otras.
    Asimismo, el proyecto incluye todas las obras y labores establecidas en las Bases de Licitación elaboradas por el Coordinador y en la Oferta Técnica del adjudicatario.
   
    2.4.  Refuerzo tramo Tap Vitacura – Vitacura
    El proyecto consiste en el cambio de conductor de la línea 2x110 kV Tap Vitacura – Vitacura, que actualmente posee un conductor AASC 500 mm2, por un conductor de alta temperatura con capacidad de, al menos, de 400 MVA a 35°C con sol en cada uno de los circuitos.
    El proyecto incluye todas las obras, modificaciones y labores necesarias para la ejecución y puesta en servicio de las instalaciones, tales como sistemas de comunicaciones, teleprotecciones, SCADA, obras civiles, montaje, pruebas de los nuevos equipos y modificaciones estructurales y de ferretería, si estas son necesarias, adecuaciones en el patio de media tensión, entre otras.
    Asimismo, el proyecto incluye todas las obras y labores establecidas en las Bases de Licitación elaboradas por el Coordinador y en la Oferta Técnica del adjudicatario.
   
    2.5.  Ampliación en S/E Escuadrón
    El proyecto consiste en la instalación de un segundo transformador de 66/15 kV de capacidad 30 MVA en la S/E Escuadrón con sus respectivos paños de conexión a las barras de alta y media tensión. El proyecto contempla además el paño de línea y ampliación del patio de media tensión y la construcción de seis paños para futuros alimentadores, una posición para el seccionador de barra y una para banco de condensadores.
    El proyecto incluye todas las obras civiles y labores necesarias para la ejecución y puesta en servicio de las nuevas instalaciones, tales como adecuaciones en el patio de media tensión, adecuaciones de las protecciones, SCADA, obras civiles, montaje, malla de puesta a tierra y pruebas de los nuevos equipos, entre otras.
    Asimismo, el proyecto incluye todas las obras y labores establecidas en las Bases de Licitación elaboradas por el Coordinador y en la Oferta Técnica del adjudicatario.
   
    2.6.  Ampliación en S/E Pumahue
    El proyecto consiste en la instalación de un equipo de transformación 66/15 kV de 30 MVA en la subestación Pumahue, con su respectivo paño de conexión en alta tensión. En media tensión, el proyecto considera un patio en celdas, con paños para el nuevo transformador, 5 posiciones de alimentadores, un seccionador que permita la conexión con la barra existente y transformador de potencial.
    El proyecto incluye todas las obras civiles y labores necesarias para la ejecución y puesta en servicio de las nuevas instalaciones, tales como adecuaciones en el patio de media tensión, adecuaciones de las protecciones, SCADA, obras civiles, montaje, malla de puesta a tierra y pruebas de los nuevos equipos, entre otras.
    Asimismo, el proyecto incluye todas las obras y labores establecidas en las Bases de Licitación elaboradas por el Coordinador y en la Oferta Técnica del adjudicatario.
   
    Tercero: Fíjase el Valor Anual de la Transmisión por Tramo ("V.A.T.T.") de las obras de ampliación indicadas en la Tabla 1 del artículo primero del presente decreto, conforme a lo informado por la Comisión en su informe técnico. A continuación, se indican el V.A.T.T., la Anualidad del Valor de Inversión ("A.V.I."), el Costo de Operación, Mantenimiento y Administración ("C.O.M.A."), y el Ajuste por Efecto de Impuesto a la Renta ("A.E.I.R."), calculados respecto al V.I. adjudicado:
   
    Tabla 4: Valor Anual de la Transmisión por Tramo de obras de ampliación
   
   
    Cuarto: Fíjanse las siguientes fórmulas de indexación para las obras de ampliación singularizadas en la Tabla 1 del artículo primero del presente decreto.
   
    El A.V.I., C.O.M.A. y A.E.I.R. de las obras de ampliación adjudicadas se reajustará anualmente, en dólares, según las siguientes fórmulas de indexación:
   
   
    Respecto al subíndice 0 de las fórmulas anteriores, éste corresponde al segundo mes anterior al mes del último día de recepción de ofertas, con el fin de conformar los valores base de los índices de forma tal que, al mes de la entrega de oferta, la aplicación de las fórmulas de indexación para el A.V.I., C.O.M.A. y A.E.I.R. dé como resultado el A.V.I., C.O.M.A. y A.E.I.R. que conforman el V.A.T.T.
    Los valores base para los índices antes definidos corresponden a los que a continuación se indican:
   
    Tabla 5: Valores base para índices
   
   
    Quinto : Fíjanse el régimen y período de remuneración de los proyectos de obras de ampliación señalados en la Tabla 1 del artículo primero del presente decreto:
   
    El propietario de la obra de ampliación será el responsable de pagar al respectivo adjudicatario de la obra el valor de la adjudicación, de acuerdo con los V.I. señalados en el artículo primero del presente decreto, según lo establecido en las bases de licitación y en el contrato respectivo.
    El pago del A.V.I., C.O.M.A. y A.E.I.R. de las obras de ampliación señaladas en la Tabla 4 y su fórmula de indexación, constituirá la remuneración del propietario de la obra de ampliación respectiva.
    El pago del A.V.I. se aplicará durante cinco períodos tarifarios a partir de la entrada en operación de la obra de ampliación, transcurridos los cuales las instalaciones y su valorización deberán ser revisadas y actualizadas en el proceso de tarificación de la transmisión correspondiente.
    El C.O.M.A. determinado para cada obra será remunerado hasta la entrada en vigencia del decreto tarifario correspondiente al período 2024 – 2027, o al período que corresponda, de acuerdo a lo establecido en el inciso quinto del artículo 99° de la Ley, período en el cual el C.O.M.A. se determinará de acuerdo a lo que indiquen las respectivas bases que regulen el estudio de valorización a que hace referencia el artículo 107° de la Ley. Lo mismo aplicará para el A.E.I.R, según lo establecido en el literal d. del artículo 49 del Decreto N°10, de 2019, del Ministerio de Energía, que aprueb a Reglamento de calificación, valorización, tarificación y remuneración de las instalaciones de transmisión.
   
    Sexto : Fíjase el Valor Anual de la Transmisión por Tramo ("V.A.T.T.") de los proyectos adjudicados según el artículo 157 del Decreto Supremo N°37, de 2019, del Ministerio de Energía, indicados en la Tabla 3 del artículo primero del presente decreto, conforme a lo informado por la Comisión en su informe técnico.
    A continuación, se indican el V.A.T.T., la Anualidad del Valor de Inversión ("A.V.I."), el Costo de Operación, Mantenimiento y Administración ("C.O.M.A."), y el Ajuste por Efecto de Impuesto a la Renta ("A.E.I.R."), calculados respecto tanto del V.I. pagado a los anteriores adjudicatarios de las obras como del V.I. adjudicado en la nueva licitación:
   
    Tabla 6: Componente del Valor Anual de la Transmisión por Tramo asociado a pago de V.I.
   
   
    Tabla 7: Componente del Valor Anual de la Transmisión por Tramo asociado al nuevo V.I. adjudicado
   
     
    Séptimo : Fíjanse las siguientes fórmulas de indexación para las obras de ampliación adjudicadas según lo dispuesto en el artículo 157 del Decreto Supremo N°37, de 2019, del Ministerio de Energía, singularizadas en la Tabla 3 del artículo primero del presente decreto.
    El A.V.I., C.O.M.A. y A.E.I.R de las obras de ampliación adjudicadas según lo dispuesto en el artículo 157 del Reglamento se reajustará anualmente, en dólares, según las siguientes fórmulas de indexación:
   
   
    Los coeficientes αn OA y βn OA de la fórmula de indexación para obras de ampliación son los siguientes:
   
    Tabla 8: Coeficientes de indexación
   
   
    Respecto al subíndice 0 de las fórmulas anteriores, éste corresponde al segundo mes anterior al mes del último día de recepción de ofertas, con el fin de conformar los valores base de los índices de forma tal que, al mes de la entrega de oferta, la aplicación de las fórmulas de indexación para el A.V.I., C.O.M.A. y A.E.I.R. dé como resultado el A.V.I., C.O.M.A. y A.E.I.R. que conforman el V.A.T.T. en cada una de sus componentes.
    De esta forma, se distinguen dos conjuntos de valores base para los índices señalados anteriormente, de manera de permitir la indexación tanto de las componentes de V.A.T.T. asociadas al monto de V.I. pagado por los propietarios a los anteriores adjudicatarios de las obras, como de las componentes de V.A.T.T. asociadas al nuevo V.I. adjudicado.
    De acuerdo con lo anterior, los valores base para los índices asociados a la componente de V.A.T.T. relativa al monto de V.I. pagado a los anteriores adjudicatarios de las obras, indicada en la Tabla 7, corresponden a los que a continuación se indican:
   
    Tabla 9: Valores base para índices para componente de V.A.T.T. asociada al monto de V.I. pagado a anteriores adjudicatarios
   
   
    En la tabla anterior los valores considerados hacen referencia al momento de entrega de ofertas del proceso en el cual fueron adjudicadas inicialmente las obras de ampliación que, para el proceso actual, se licitaron según lo dispuesto en el artículo 157 del Decreto Supremo N°37, de 2019, del Ministerio de Energía.
    Por su parte, para la indexación de las componentes de V.A.T.T. asociadas al nuevo V.I. adjudicado indicadas en la Tabla 7, se deben considerar los valores base para los índices establecidos en la Tabla 5 del presente decreto.
   
    Octavo : Fíjase el régimen y período de remuneración de los proyectos adjudicados según el artículo 157 del Decreto Supremo N°37, de 2019, del Ministerio de Energía, indicados en la Tabla 3 del artículo primero del presente decreto:
   
    El propietario de la obra de ampliación será el responsable de pagar al respectivo adjudicatario de la obra el valor de la adjudicación, de acuerdo con los V.I. señalados en el artículo primero del presente decreto, según lo establecido en las bases de licitación y en el contrato respectivo.
    El pago del A.V.I., C.O.M.A. y A.E.I.R., entendido como la suma de las componentes indicadas en la Tabla 6 y en la Tabla 7, junto con sus correspondientes fórmulas de indexación, constituirá la remuneración del propietario de las respectivas obras de ampliación adjudicadas según lo dispuesto en el artículo 157 del Decreto Supremo N°37, de 2019, del Ministerio de Energía.
    El pago del A.V.I. se aplicará durante cinco períodos tarifarios a partir de la entrada en operación de la obra de ampliación, transcurridos los cuales las instalaciones y su valorización deberán ser revisadas y actualizadas en el proceso de tarificación de la transmisión correspondiente.
    El C.O.M.A. determinado para cada obra será remunerado hasta la entrada en vigencia del decreto tarifario correspondiente al período 2024 – 2027, o al período que corresponda, de acuerdo a lo establecido en el inciso quinto del artículo 99° de la Ley, período en el cual el C.O.M.A. se determinará de acuerdo a lo que indiquen las respectivas bases que regulen el estudio de valorización a que hace referencia el artículo 107° de la Ley. Lo mismo aplicará para el A.E.I.R, según lo establecido en el literal d. del artículo 49 del Decreto N°10, de 2019, del Ministerio de Energía, que aprueba Reglamento de calificación, valorización, tarificación y remuneración de las instalaciones de transmisión.
   
    Noveno : Modifícase el Decreto Supremo N°18T, de 2020, del Ministerio de Energía, de acuerdo a lo que a continuación se indica, a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial del presente acto administrativo:
   
    1. En el resuelvo 1°, reemplácense íntegramente las filas N°1, N°19, N°20, N°21, N°34 y N°39 de la tabla indicada en dicho resuelvo, por las siguientes filas nuevas, respectivamente:
   
   
    2. En el resuelvo 1°, reemplázase el anteúltimo párrafo por el siguiente nuevo:
   
    Los proyectos deberán estar construidos y entrar en operación, a más tardar, dentro de los plazos constructivos indicados en la tabla anterior, contados desde la publicación del Decreto Supremo N°18T, de 2020, del Ministerio de Energía, en el Diario Oficial, con la sola excepción de los proyectos singularizados con el N°1 –Ampliación en S/E Pozo Almonte–, N°19 –Ampliación en S/E Polpaico (Enel Distribución)–, N°20 –Ampliación en S/E Rungue– N°21 –Refuerzo Tramo Tap Vitacura – Vitacura–, N°34 –Ampliación en S/E Escuadrón– y N°39 –Ampliación en S/E Pumahue–, los cuales deberán estar construidos y entrar en operación dentro de los plazos indicados a su respecto, contado desde la publicación del Decreto Supremo N°2T, de 3 de marzo de 2025, del Ministerio de Energía, en el Diario Oficial.
   
    3. En el resuelvo 3°, elimínanse íntegramente de la tabla las filas N°1 –Ampliación en S/E Pozo Almonte–, N°19 –Ampliación en S/E Polpaico (Enel Distribución)–, N°20 –Ampliación en S/E Rungue–, N°21 –Refuerzo Tramo Tap Vitacura – Vitacura–, N°34 –Ampliación en S/E Escuadrón– y N°39 –Ampliación en S/E Pumahue–.
    4. En el resuelvo 3°, intercálese inmediatamente después de la tabla y antes del resuelvo 4°, lo siguiente:
   
    Conforme a lo informado por la Comisión en su Informe Técnico, aprobado por su Resolución Exenta N°60, de 2025, a continuación se indican el V.A.T.T., el A.V.I., el C.O.M.A. y el A.I.E.R. calculados tanto respecto del V.I. pagado a los anteriores adjudicatarios de las obras como del V.I. adjudicado en la nueva licitación:
   
    Componente del Valor Anual de la Transmisión por Tramo asociado al pago del V.I. previo
   
   
    Componente del Valor Anual de la Transmisión por Tramo asociado al nuevo V.I. adjudicado
   
   
    5. En el resuelvo 4°, inmediatamente después de la última tabla y antes del resuelvo 5°, agrégase lo siguiente:
   
    Los valores base para los índices asociados a la componente V.A.T.T relativa al monto de V.I pagado a los anteriores adjudicatarios de las obras Ampliación en S/E Pozo Almonte, Ampliación en S/E Polpaico (Enel Distribución), Ampliación en S/E Rungue, Refuerzo Tramo Tap Vitacura – Vitacura, Ampliación en S/E Escuadrón y Ampliación en S/E Pumahue son los siguientes:
   
   
    En la tabla anterior los valores considerados hacen referencia al momento de entrega de ofertas del proceso en el cual fueron adjudicadas inicialmente las obras de ampliación que, con posterioridad, se licitaron según lo dispuesto en el artículo 157 del Decreto N°37, de 2019, del Ministerio de Energía.
    Por su parte, para la indexación de las componentes de V.A.T.T. asociadas al nuevo V.I. adjudicado indicadas en la tabla denominada "Componente del Valor Anual de la Transmisión por Tramo asociado a nuevo V.I. adjudicado", se consideran los valores base para los índices establecidos en la siguiente tabla:
   
   
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Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Única
De 17-MAY-2025
17-MAY-2025

Comparando Decreto 2 | Decreto 2T |

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