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Decreto 79 EXENTO

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Decreto 79 EXENTO

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Decreto 79 EXENTO REAJUSTA MONTO DE LAS MULTAS EXPRESADAS EN PESOS ESTABLECIDAS EN LA LEY Nº18.290 Y SUS MODIFICACIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA

Decreto 79 EXENTO

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Promulgación: 29-ENE-1999

Publicación: 06-FEB-1999

Versión: Texto Original - de 06-FEB-1999 a 15-FEB-1999

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REAJUSTA MONTO DE LAS MULTAS EXPRESADAS EN PESOS ESTABLECIDAS EN LA LEY Nº18.290 Y SUS MODIFICACIONES
    Santiago, 29 de enero de 1999.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 79 exento.- Vistos: estos antecedentes y lo dispuesto en los decretos exentos de Justicia Nº 55, 67 y 70 de 1998; lo dispuesto en el artículo 209 de la ley Nº 18.290 y sus modificaciones; en los artículos 32 Nº 8 y 35 de la Constitución Política de la República, y en el numeral 54 del artículo 1º del decreto supremo de Interior Nº 654, de 17 de mayo de 1994, y Considerando: Que de conformidad a la información oficial proporcionada por el Instituto Nacional de Estadísticas, la variación experimentada por el Indice de Precios al Consumidor en el período comprendido entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 1998, alcanzó a 4,7%.

    D e c r e t o:


    Artículo único: Reajústese, a contar del 1º de marzo de 1999, en 4,7% las multas expresadas en pesos a que se refieren los artículos 102, 196 D, 201 y 209 bis de la ley Nº18.290, fijándose su monto en las cantidades que a continuación se indican:


                              Monto        Monto
                              Anterior    Nuevo

1.-  Artículo 102            212.000.-    222.000.-
                              424.000.-    444.000.-
2.-  Artículo 194 D            25.000.-    26.200.-
                              100.000.-    105.000.-
3.-  Artículo 201 Nº 1        31.600.-    33.100.-
    (inciso 1º)  Nº 2        25.800.-    27.000.-
                  Nº 3        19.600.-    20.600.-
                  Nº 4          6.600.-      6.900.-
    (inciso 2º)              126.500.-    132.000.-
                            1.255.500.-  1.315.000.-
3.-  Artículo 209 bis        212.000.-    222.000.-
                              106.000.-    111.000.-

    Comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, José Antonio Gómez Urrutia, Ministro de Justicia (S).
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Consuelo Gazmuri Riveros, Subsecretario de Justicia Subrogante.

Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Última Versión
De 16-FEB-1999
16-FEB-1999
Texto Original
De 06-FEB-1999
06-FEB-1999 15-FEB-1999

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