Ley Chile - Biblioteca del Congreso Nacional Ley Chile
  • Ingresar
  • Registrarse

¿No está registrado? Regístrese

¿Olvidó su Contraseña?

¿Ya tiene una cuenta? Ingrese

BCN
  • icono
Portada
Selección
Contacto
Búsqueda avanzada
Portada
Selección
Contacto
Cerrar Navegar Norma Cerrar
Portada
Decreto 739

Navegar Norma

Decreto 739

  • Encabezado
  • Artículo 1
  • Artículo 2
  • Artículo 3
  • Artículo 4
  • Artículo 5
  • Artículo 6
  • Artículo 7
  • Artículo 8
  • Artículo 9
  • Artículo 10
  • Artículo 11
  • Promulgación

Decreto 739 OTORGA A LA EMPRESA ELECTRICA EMEC S.A. CONCESION DEFINITIVA DE SERVICIO PUBLICO DE DISTRIBUCION EN LAS COMUNAS QUE INDICA DE LA IV REGION

MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y RECONSTRUCCIÓN

Decreto 739

Seleccione las notificaciones a registrar


Promulgación: 30-DIC-1994

Publicación: 14-FEB-1995

Versión: Única - 14-FEB-1995

MODIFICACIONCONCORDANCIA
  • Texto
  • Versiones
Escuchar
    OTORGA A LA EMPRESA ELECTRICA EMEC S.A. CONCESION DEFINITIVA DE SERVICIO PUBLICO DE DISTRIBUCION EN LAS COMUNAS QUE INDICA DE LA IV REGION
    Núm. 739.- Santiago, 30 de Diciembre de 1994.- Visto: Estos antecedentes y lo dispuesto en los artículos 11° y 28° del D.F.L. N° 1, de 1982, del Ministerio de Minería, y en la Ley N° 18.410.
    Decreto:

    Artículo 1°.- Otórgase a la Empresa Eléctrica EMEC S.A., concesión definitiva para establecer, operar y explotar en la IV Región, las instalaciones de distribución de energía eléctrica que se detallan a continuación:
      Nombre
  del Proyecto      Provincia/Comuna    Plano N°
  Ampl. Línea AT
  y Red BT Sector
  El Guindo Alto    Limarí/Ovalle      EEC-5748
  Ampl. Línea AT
3O Alimentador
Delirio          Limarí/Punitaqui    EEC-5537

    Artículo 2°.- El objetivo de estas instalaciones será dar servicio público de distribución de energía eléctrica en la zona de concesión que se define más adelante.

    Artículo 3°.- El presupuesto del costo de las obras ascenderá a $9.298.584.

    Artículo 4°.- Copias de los planos generales de las obras, de las memorias explicativas de las mismas y de los demás antecedentes técnicos, que pasan a formar parte del presente decreto, quedarán archivadas en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.
    Artículo 5°.- No se constituyen servidumbres legales, atendido a que la empresa no las ha solicitado, al no indicarlas ni adjuntar los planos respectivos a la solicitud de concesión definitiva. Sin embargo, se deja establecido que la instalación indicada en el plano N° EEC-5748 ocupará bienes nacionales de uso público y el predio particular del Sr. Osvaldo Jesús Carmona Vergara, en el cual se ha constituido servidumbre voluntaria en favor de la empresa, según se acredita en la respectiva escritura pública.

    Artículo 6°.- Autorízase la ocupación de caminos, calles y otros bienes nacionales de uso público y el cruce de otras líneas eléctricas que las instalaciones atraviesen en su recorrido.

    Artículo 7°.- La zona de concesión comprenderá una franja de 100 metros circundantes a las líneas de alta y baja tensión indicadas en los planos respectivos.
    Artículo 8°.- La presente concesión se otorga en conformidad a lo dispuesto en el D.F.L. N° 1, de 1982, del Ministerio de Minería, y queda sometida a todas las disposiciones legales y reglamentarias vigentes o que se dicten en el futuro sobre la materia.

    Artículo 9°.- Esta concesión se otorga por plazo indefinido.

Loading...
Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Única
De 14-FEB-1995
14-FEB-1995

Comparando Decreto 739 |

Loading...

Enlace a la parte

Acortar

Resultado de búsqueda para :

Término encontrado en la siguiente parte.
Sin resultados

Detalles Partes

Escuchar

Metadatos internos

Síguenos en:
Cuenta de X de la Biblioteca del Congreso Nacional Facebook Biblioteca del Congreso Nacional Cuenta de Instagram de la Biblioteca del Congreso Nacional Cuenta de Flickr de la Biblioteca del Congreso Nacional Cuenta de Tiktok de la Biblioteca del Congreso Nacional Canal de Youtube de Biblioteca del Congreso Nacional
Políticas de privacidad Mapa del sitio Ubicación horarios y teléfonos
logo ISO-9001 logo IQNET
Creative Commons

Alternativas para descargar

  1. Descarga con Firma Electrónica Avanzada (FEA)

    - Esta opción garantiza la autenticidad e integridad del documento mediante una firma electrónica avanzada.
    - El proceso puede tardar unos momentos, ya que el documento se firma digitalmente en línea de forma automática. Le pedimos paciencia mientras se completa la operación.
  2. Descarga sin firma

    - Puede descargar el documento inmediatamente, pero sin firma electrónica avanzada.
    - Esta opción es más rápida, pero no incluye elementos de validación digital.
    Descargar ahora sin firma

Informamos a nuestros usuarios que, por inconvenientes técnicos que afectan temporalmente al Diario Oficial, las normas que deberían ser publicadas en nuestro sistema Ley Chile hoy 4 de marzo de 2025, no se encontrarán disponibles por el momento. Para su tranquilidad, Ley Chile se mantiene disponible y actualizado hasta el día de ayer.