Decreto 174
Decreto 174 MODIFICA DECRETO Nº 212, DE 1992
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARIA DE TRANSPORTES
MODIFICA DECRETO Nº 212, DE 1992
Núm. 174.- Santiago, 9 de diciembre de 1999.- Visto: El D.L. Nº 557 de 1974; las leyes Nºs. 18.059, 18.290, 18.696 (artículo 3º), 18.575 (artículo 43), y lo prescrito en el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República de Chile,
D e c r e t o:
Introdúcense las siguientes modificaciones al
artículo 8º del decreto supremo Nº 212 de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes:
1.- Intercálase en el inciso primero, después del primer punto (.) seguido y antes de la expresión ''En el caso de'', la siguiente frase: ''Los interesados en prestar servicios interurbanos deberán presentar su solicitud ante cualquier Secretario Regional''.
2.- Suprímese en el inciso primero después de la frase ''que excedan del ámbito geográfico de una región'' la expresión ''y de servicios interurbanos''.
3.- En el inciso segundo apartado A. Antecedentes del interesado, en la letra a) suprímese la coma (,) que sigue de la palabra identidad, sustituyéndola por un punto y coma (;) y elimínese la expresión
''autentificada''.
En la letra e) suprímese la palabra ''autorizada'' que sigue de la palabra copia.
4.- En el inciso segundo apartado D. Antecedentes relativos al servicio, letra c) elimínase la expresión ''minibuses o taxis colectivos'' y sustitúyese la coma (,) que sigue al sustantivo buses, por dos puntos (:).
5.- Las modificaciones anteriores entrarán a regir a los 30 días de la publicación del presente decreto en el Diario Oficial.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 08-FEB-2000
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08-FEB-2000 |
Comparando Decreto 174 |
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