Decreto 16
Decreto 16 MODIFICA DECRETO Nº 212, DE 1992
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARIA DE TRANSPORTES
MODIFICA DECRETO Nº 212, DE 1992
Núm. 16.- Santiago, 9 de febrero de 2000.- Visto: Las leyes 18.059, 18.290 y 18.696 (artículo 3º) y lo dispuesto en el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República de Chile,
D e c r e t o:
1. Modifícase el decreto supremo Nº 212 de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes, en orden a incorporar el siguiente artículo 30 bis:
''Artículo 30 bis.- En el interior de los vehículos de transporte público de pasajeros con capacidad para más de 24 personas, que presten servicios urbanos en ciudades en que rija la prohibición para el conductor de desempeñar simultáneamente las funciones de conductor y de cobrador o expendedor de boletos, deberá portarse un letrero autoadhesivo, en un lugar visible para los pasajeros, con la siguiente leyenda:
''Señor Pasajero, constituyen prácticas ilegales:
- No pagar la tarifa o pagar sólo una parte de ella, salvo el caso de los estudiantes que gocen de franquicias tarifarias.
- Pagar la tarifa al conductor
La contravención a los artículos 88 y 92 de la ley Nº 18.290 son penadas con multa conforme al artículo 201, de la citada ley''.''
2. El presente decreto entrará a regir a los 30 días de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 04-ABR-2000
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04-ABR-2000 |
Comparando Decreto 16 |
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