Decreto 763
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Decreto 763
Decreto 763 APRUEBA REGLAMENTO ESPECIAL DE CALIFICACIONES DE LOS FUNCIONARIOS DEL SERVICIO NACIONAL DE MENORES
MINISTERIO DE JUSTICIA
Promulgación: 01-AGO-2001
Publicación: 05-SEP-2001
Versión: Última Versión - 16-JUL-2005
APRUEBA REGLAMENTO ESPECIAL DE CALIFICACIONES DE LOS FUNCIONARIOS DEL SERVICIO NACIONAL DE MENORES
Santiago, 1º de agosto de 2001.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 763.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 49º de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases de la Administración del Estado; los artículos 27º a 47º de la ley Nº 18.834, Estatuto Administrativo; la facultad que me confiere el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República y la resolución exenta Nº 520, de 1996 de la Contraloría General de la República.
Considerando: La necesidad de establecer normas que regulen de manera especial la calificación del desempeño de los funcionarios y funcionarias del Servicio Nacional de Menores,
D e c r e t o:
Apruébase el Reglamento Especial de Calificaciones de los Funcionarios del Servicio Nacional de Menores, organismo dependiente del Ministerio de Justicia creado por el decreto ley Nº 2.465, de 1979, cuyo texto es el siguiente:
Artículo 1º: La evaluación del desempeño del personal del Servicio Nacional de Menores será efectuada a través de los factores, subfactores e indicadores que se señalan en este reglamento especial, asignando a cada uno de los indicadores notas enteras, conforme a los siguientes conceptos y descripciones:
Nota Concepto Descripción
7 Excelente En su desempeño funcionario siempre
satisface y la mayoría de las veces
supera los requerimientos que exige
el ejercicio del cargo, las
funciones y tareas asignadas.
6 Bueno En su desempeño funcionario siempre
satisface y a veces supera los
requerimientos que exige el
ejercicio del cargo, las funciones
y tareas asignadas.
5 Satisfactorio En su desempeño funcionario cumple
con los requerimientos básicos que
exige el ejercicio del cargo, las
funciones y tareas asignadas.
4 Insuficiente En su desempeño funcionario en
algunas ocasiones no cumple con
los requerimientos que exige el
ejercicio del cargo, las funciones
y tareas asignadas.
3 Deficiente En su desempeño funcionario
frecuentemente no cumple con los
requerimientos que exige el
ejercicio del cargo, las funciones
y tareas asignadas.
Artículo 2º: Los factores, subfactores e indicadores con los que se calificará a los funcionarios del Servicio Nacional de Menores son los siguientes:
(1) Factor 1: Eficiencia en la ejecución de la tarea:
Es la capacidad y calidad con que se realiza un trabajo durante un período determinado.
Subfactor a: Calidad en la ejecución del trabajo:
Mide la ausencia de errores atribuibles a su responsabilidad, la claridad en los objetivos, la planificación y precisión en la ejecución de las tareas, así como también el trato según la Convención de los Derechos del Niño y/o la calidad de atención a los distintos usuarios.
Indicadores:
* Para todos los estamentos:
. Su trabajo se caracteriza por la ausencia de errores u omisiones que afecten el resultado de sus tareas y/o funciones.
. Se compromete en la solución efectiva de los problemas de los niños, niñas y jóvenes y/o usuarios.
* Para Directivos:
. Su trabajo refleja una planificación de acuerdo al plan de gestión institucional.
* Para Profesionales, Técnicos, Administrativos y Auxiliares:
. Su trabajo lo ejecuta de acuerdo a los objetivos planteados para su tarea o función.
Subfactor b: Capacidad para resolver problemas y el tiempo que emplea: Mide la capacidad para resolver problemas relacionados con su tarea o función, en forma eficaz, ágil y oportuna.
Indicadores:
* Para todos los estamentos:
. Presenta alternativa de solución ante la autoridad que corresponde.
* Para Directivos, Profesionales y Técnicos:
. Cumple con los plazos establecidos para la ejecución de sus tareas.
* Para Directivos:
. Toma decisiones tomando en cuenta los riesgos que ellas implican.
* Para Profesionales y Técnicos:
. Es capaz de solucionar problemas de acuerdo a su grado de responsabilidad.
* Para Administrativos y Auxiliares:
. Realiza su trabajo sin necesidad de supervisión permanente.
. Responde con prontitud y agilidad ante los imprevistos en la ejecución de su tarea.
(2) Factor 2: Desarrollo y destreza en el cumplimiento de la tarea: Es la habilidad, conocimiento e interés con que realiza sus tareas.
Subfactor a: Aplicación del conocimiento en el trabajo asignado: Mide la habilidad y destreza con que desarrolla y aplica sus conocimientos.
Indicadores:
* Para todos los estamentos:
. Posee las habilidades y conocimientos que exigen las tareas y funciones que desempeña.
. Posee capacidad de autocrítica en el desempeño de sus tareas.
* Para Directivos:
. La ejecución de su trabajo refleja claramente el conocimiento que tiene de éste.
* Para Profesionales, Técnicos, Administrativos y Auxiliares:
. Aplica sus conocimientos y destrezas en la intervención con los niños, niñas y jóvenes, y/o en sus tareas cotidianas.
* Para Administrativos y Auxiliares:
. El conocimiento de la tarea le facilita un buen desempeño.
Subfactor b: Preocupación por mejorar: Mide la actitud del funcionario por perfeccionarse en o para la ejecución de sus tareas y la capacidad de aportar positivamente a ellas.
Indicadores:
* Para todos los estamentos:
. Incorpora métodos u otros elementos para mejorar la ejecución de sus tareas.
. En la ejecución de sus tareas evidencia una actitud de cooperación.
. Busca perfeccionarse y mejorar en la ejecución de sus tareas.
* Para Directivos:
. Proporciona orientaciones para que los funcionarios a su cargo puedan mejorar la calidad de sus tareas.
* Para Profesionales, Técnicos, Administrativos y Auxiliares:
. Incorpora en la ejecución de sus tareas las sugerencias hechas para mejorar.
(3) Factor 3: Capacidad para relacionarse: Es la capacidad para desempeñarse en equipo y las habilidades para relacionarse, aportando a un buen clima de trabajo.
Subfactor a: Relaciones interpersonales: Mide la habilidad para mantener buenas relaciones interpersonales que aporten positivamente a la eficiencia de los grupos de trabajo y al clima laboral.
Indicadores:
* Para todos los estamentos:
. Mantiene un trato personalizado y de respeto con sus pares y/o superiores jerárquicos.
. Mantiene conductas que aportan positivamente al clima laboral.
* Para Directivos:
. Promueve y practica el trabajo en equipo.
* Para Profesionales y Técnicos:
. Colabora y se integra eficazmente en los equipos de trabajo y es capaz de asumir diferentes roles dentro de éstos.
Subfactor b: Comunicación: Mide la capacidad de transmitir eficiente y efectivamente la información a sus pares, superiores y subordinados.
Indicadores:
* Para Directivos:
. Maneja con habilidad y destreza la comunicación de modo de evitar situaciones de rumor.
. Entrega información clara, atingente y adecuada a su equipo de trabajo.
* Para Profesionales, Técnicos, Administrativos y Auxiliares:
. Mantiene una comunicación positiva con todos los niveles.
. Ocupa canales formales de información para expresar sus inquietudes o para recibir información.
Subfactor c: Liderazgo: Mide la capacidad de conducir, coordinar, motivar, administrar conflictos, supervisar e involucrar a los funcionarios y equipos de trabajo en el desarrollo de sus tareas.
Indicadores:
* Para Directivos:
. Es capaz de conducir y liderar al personal a su cargo.
. Posee la capacidad de motivar y persuadir al personal a su cargo para mejorar la gestión.
. Es capaz de resolver los conflictos antes que se conviertan en situaciones críticas.
(4) Factor 4: Respeto por las normas e instrucciones:
Es la capacidad de ajustarse a las normas estatutarias e institucionales y de dar cumplimiento a las instrucciones.
Subfactor a: Función de evaluar: Mide la capacidad de los evaluadores de realizar un proceso precalificatorio o calificatorio, según corresponda, con homogeneidad, responsabilidad, imparcialidad, objetividad, eficiencia y cabal conocimiento de las normas legales que lo enmarcan.
Indicadores:
* Para Directivos:
. Cumple con los plazos establecidos de entrega de los informes de desempeño.
. Evalúa bajo criterios objetivos, homogéneos y atingentes las tareas que debe realizar el funcionario.
. Se preocupa por mantener espacios oportunos de retroalimentación con los funcionarios a su cargo.
Subfactor b: Disponibilidad en el trabajo: Mide la permanencia del funcionario en el ejercicio de sus funciones, la puntualidad y asistencia a las actividades internas que se le convoquen.
Indicadores:
* Todos los estamentos:
. Siempre se le conoce su ubicación cuando se le requiere.
. Asiste puntualmente a todas las reuniones que se le convoca en su horario de trabajo.
. Cumple toda la jornada laboral sin interrumpir sus funciones.
Subfactor c: Puntualidad y asistencia: Mide el cumplimiento de la hora de entrada y salida en su jornada laboral y la asistencia o ausencia injustificada al trabajo.
Indicadores:
* Para todos los estamentos:
. Minutos de atraso durante el período.
Primer informe de desempeño:DTO 119, JUSTICIA
Nº 1
D.O. 16.07.2005
Nº 1
D.O. 16.07.2005
(Período del 01 de septiembre de un año al último día de febrero del año siguiente)
Minutos 0-60 61-120 121-180 181-240 241 y más
Nota 7 6 5 4 3
Segundo informe de desempeño:
(Período del 01 de marzo al 31 de mayo del mismo año)
Minutos 0-30 31-60 61-90 91-120 121 y más
Nota 7 6 5 4 3
Informe de Precalificación:
(Período 01 de septiembre de un año al 31 de agosto del año siguiente)
Minutos 0-120 121-240 241-360 361-480 481 y más
Nota 7 6 5 4 3
. Días de inasistencia injustificada durante el período:
Primer y Segundo Informe de desempeño.
Días Nota
0 7
1/2 6
1 5
11/2 4
2 3
Informe de Precalificación:
Días Nota
0 7
1/2 6
1 5
11/2 4
2 3
Subfactor d: Cumplimiento de instrucciones y normas:
Mide el adecuado y oportuno respeto de las normas estatutarias e institucionales y el cumplimiento de las instrucciones.
Indicadores:
* Para todos los estamentos:
. Cuida y hace buen uso de los bienes del servicio.
. Cumple las instrucciones impartidas por sus superiores.
. Mantiene conductas de respeto hacia las normas estatutarias e institucionales.
Artículo 3º: Los factores y subfactores tendrán la siguiente ponderación, de acuerdo al estamento a que pertenezca el(la) funcionario(a):
VER DIARIO OFICIAL DE 05.09.2001, PAGINA 3
Sin perjuicio de lo señalado precedentemente, los funcionarios de la planta directiva que no tengan personal a su cargo y, por ende, no deban precalificar, serán evaluados por quien corresponda, de acuerdo a los factores, subfactores, indicadores y ponderaciones establecidos para los profesionales.
NOTA:
El Nº 2 del DTO 119, Justicia, publicado el 16.07.2005, reemplaza la tabla de ponderación asignada a los factores y subfactores por la que indica la citada norma. Dicha actualización no se ha incorporado por restricciones técnicas temporales.
El Nº 2 del DTO 119, Justicia, publicado el 16.07.2005, reemplaza la tabla de ponderación asignada a los factores y subfactores por la que indica la citada norma. Dicha actualización no se ha incorporado por restricciones técnicas temporales.
Artículo 4º: Los funcionarios serán ubicados, según su puntaje, en las listas de calificaciones de acuerdo al siguiente cuadro:
Lista 1 De Distinción Puntajes de 70.00 a 62.00
Lista 2 Buena Puntajes de 61.99 a 49.00
Lista 3 Condicional Puntajes de 48.99 a 39.00
Lista 4 De Eliminación Puntajes de 38.99 a 30.00
Artículo 5º: La evaluación del desempeño se hará en el formulario "Informe de Evaluación de Desempeño" el que tendrá una hoja de observaciones donde el funcionario podrá hacer presente su opinión sobre su evaluación.
Artículo 6º: Se efectuarán dos Informes deDTO 119, JUSTICIA
Nº 3
D.O. 16.07.2005 Desempeño en cada período de calificación:
Nº 3
D.O. 16.07.2005 Desempeño en cada período de calificación:
El primer Informe de Desempeño deberá considerar el período comprendido entre el 1º de septiembre de un año y el último día de febrero del año siguiente; y, el segundo, el período comprendido entre el 1º de marzo y el 31 de mayo del mismo año.
La Precalificación deberá considerar el período comprendido entre el 1º de septiembre de un año al 31 de agosto del año siguiente.
El sistema de cálculo para los Informes de Desempeño y Precalificación será el siguiente:
a) Se evaluará a los funcionarios a través de los indicadores señalados en el artículo 2º de este Reglamento, asignándole a cada indicador una nota entera de acuerdo a lo establecido en el artículo 1º del mismo. El promedio de las notas de los indicadores dará la nota para el Subfactor.
b) La nota de cada subfactor se multiplicará por el ponderador de dicho subfactor, de acuerdo a la Tabla de Ponderaciones de Factores y Subfactores indicada en el artículo 3º del presente Reglamento.
c) La sumatoria de las notas de los Subfactores ponderados dará como resultado, la nota del Factor; esta nota se multiplicará a su vez, por el ponderador asignado al Factor respectivo.
d) Del resultado de la operatoria señalada en el punto anterior, se obtendrá el puntaje de cada Factor, los que sumados entre sí darán como resultado el puntaje final.
e) Todos los resultados se expresarán hasta con dos decimales, sólo si el tercer decimal es igual o superior a cinco se subirá al decimal superior.
Artículo 7º: La fundamentación de las notas de losDTO 119, JUSTICIA
Nº 4
D.O. 16.07.2005 Informes de Desempeño y de Precalificación se hará de acuerdo a los hechos relevantes del comportamiento del funcionario acontecidos durante los respectivos períodos a evaluar, considerando además, las respectivas anotaciones de méritos y de deméritos.
Nº 4
D.O. 16.07.2005 Informes de Desempeño y de Precalificación se hará de acuerdo a los hechos relevantes del comportamiento del funcionario acontecidos durante los respectivos períodos a evaluar, considerando además, las respectivas anotaciones de méritos y de deméritos.
Artículo 8º: La Calificación se efectuará en elDTO 119, JUSTICIA
Nº 5
D.O. 16.07.2005 formulario de Hoja de Calificación, que deberá contemplar los factores y subfactores definidos en este Reglamento.
Nº 5
D.O. 16.07.2005 formulario de Hoja de Calificación, que deberá contemplar los factores y subfactores definidos en este Reglamento.
a) La nota de cada subfactor se multiplicará por el ponderador de dicho subfactor, de acuerdo a la Tabla de Ponderaciones de Factores y Subfactores indicada en el artículo 3º del presente Reglamento.
b) La sumatoria de las notas de los Subfactores ponderados dará como resultado, la nota del Factor, esta nota se multiplicará a su vez, por el ponderador asignado al Factor respectivo.
c) Del resultado de la operatoria señalada en el punto anterior, se obtendrá el puntaje de cada Factor, los que sumados entre sí darán como resultado el puntaje final, y la ubicación en la lista de calificación correspondiente, de conformidad a lo establecido en el artículo 4º.
d) Todos los resultados se expresarán hasta con dos decimales, sólo si el tercer decimal es igual o superior a cinco se subirá al decimal superior.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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16-JUL-2005 | |||
Intermedio
De 19-MAR-2002
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Texto Original
De 05-SEP-2001
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05-SEP-2001 | 18-MAR-2002 |
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