Decreto 96
Decreto 96 MODIFICA DECRETO Nº 139, DE 1998, QUE FIJO TEXTO REFUNDIDO DEL DECRETO Nº 52, DE 1995, REGLAMENTO DE BECAS INDIGENAS Y SUS MODIFICACIONES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
MODIFICA DECRETO Nº 139, DE 1998, QUE FIJO TEXTO REFUNDIDO DEL DECRETO Nº 52, DE 1995, REGLAMENTO DE BECAS INDIGENAS Y SUS MODIFICACIONES
Núm. 96.- Santiago, 15 de marzo de 2002.- Considerando:
Que la Ley de Presupuestos para el sector público Nº19.774, establece los recursos para financiar las Becas Indígenas que se otorgarán en el año 2002;
Que existiendo una nueva asignación presupuestaria es necesario establecer los montos asignados a cada uno de los niveles de enseñanza favorecidos con dicho beneficio para el presente año.
Visto: Lo dispuesto en la ley Nº19.774, de Presupuestos para el Sector Público del año 2002; decreto supremo de Educación Nº139, de 1998, que fija texto refundido del decreto supremo de Educación Nº52, de 1995, Reglamento de Becas Indígenas; decretos supremos de Educación Nºs 366, de 1998; 104 de 1999; 54 de 2000; 57 de 2001 en los artículos 32 Nº8 y 35 de la Constitución Política de la República y la resolucón Nº520 de la Contraloría General de la República de 1996 y sus modificaciones.
D e c r e t o:
Artículo único: Modifícase el decreto supremo de Educación Nº139, de 1998, que fijara el texto refundido del decreto supremo de Educación Nº52, de 1995 y sus modificaciones en la siguiente forma:
1.- Sustitúyanse en el artículo 3º del decreto supremo Nº139, de 1998, modificado por los decretos supremos Nºs 104 de 1999, 54 de 2000 y 57 de 2001, las cantidades que se indican por las siguientes:
"$70.576" por "$72.104"
"$145.547" por "$148.698"
"$458.239" por "$468.159"
2.- Sustitúyanse en el artículo 12 del decreto supremo de Educación Nº139, de 1998, modificado por los decretos supremos de Educación Nºs 366, de 1998, 104 de 1999; 54 de 2000; y 57 de 2001 el guarismo que se indica por el siguiente:
"3.148" por "3.218"
Los demás guarismos "12.984" y "7.868", señalados en el citado artículo se mantienen para el año 2002.
3.- Sustitúyase el artículo 14 del decreto supremo de Educación Nº139, de 1998, modificado por los decretos supremos de Educación Nºs 366, de 1998; 104 de 1999; 54 de 2000; y 57 de 2001, por el siguiente:
"Artículo 14. Durante el año 2002 se otorgarán 24.070 becas y el gasto que demande el Programa de Becas Indígenas se imputará al ítem 09-01-01-25-31-189 Glosa 06 de la Subsecretaría de Educación."
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 12-JUN-2002
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12-JUN-2002 |
Comparando Decreto 96 |
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