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Decreto 84

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Decreto 84

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Decreto 84 AUTORIZA CIRCULACION DE VEHICULO DE LA COMERCIALIZADORA DE TRIGO S.A.

MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y RECONSTRUCCIÓN

Decreto 84

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Promulgación: 25-MAY-1993

Publicación: 23-JUN-1993

Versión: Única - 23-JUN-1993

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    AUTORIZA CIRCULACION DE VEHICULO DE LA COMERCIALIZADORA DE TRIGO S.A.
    Núm. 84 exento.- Santiago, 25 de Mayo de 1993.- Visto: Artículos N° 1° y 3° del DL N° 799 de 1974; Decreto N° 1.407 de 1991 del Interior; Circular N° 9.277 de 1975 y Resolución N° 55 de 1992, de la Contraloría General de la República; Oficio N° 03891 de 1993, de CORFO, y antecedentes que se acompañan.
    Decreto:

    Artículo 1°.- Autorízase, para que el vehículo de propiedad de la Comercializadora de Trigo S.A.- COTRISA S.A., que más adelante se indica, pueda circular durante los días Sábados, Domingos y Festivos, en cumplimiento de las funciones propias que desarrolla a través del país.
C/Vehiculo Modelo      Año  N° Motor      P. Unica
Marca                      N° Chassis
Camioneta  Luv 2.3 TFR  93  224268        KS 5317-8
Chevrolet  D/C Base        TFR16HDLEB0637

    Artículo 2°.- El vehículo señalado anteriormente, deberá circular con el correspondiente distintivo.
    Anótese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Jorge Marshall Rivera, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.- Belisario Velasco Baraona, Ministro del Interior (S).
    Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Raúl Pellicer Navarro, Subsecretario de Economía, Fomento y Reconstrucción (S).
Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Única
De 23-JUN-1993
23-JUN-1993

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