Ley Chile - Biblioteca del Congreso Nacional Ley Chile
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  • Encabezado
  • TITULO PRELIMINAR
    • Artículo 1
    • Artículo 2
    • Artículo 3
    • Artículo 4
    • Artículo 5
    • Artículo 6
  • LIBRO I DEL CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO Y DE LA CAPACITACION LABORAL
    • Título I DEL CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO
      • Capítulo I NORMAS GENERALES
        • Artículo 7
        • Artículo 8
        • Artículo 9
        • Artículo 10
        • Artículo 11
        • Artículo 12
      • Capítulo II DE LA CAPACIDAD PARA CONTRATAR Y OTRAS NORMAS RELATIVAS AL TRABAJO DE LOS MENORES
        • Artículo 13
        • Artículo 14
        • Artículo 15
        • Artículo 16
        • Artículo 17
        • Artículo 18
      • Capítulo III DE LA NACIONALIDAD DE LOS TRABAJADORES
        • Artículo 19
        • Artículo 20
      • Capítulo IV DE LA JORNADA DE TRABAJO
        • Artículo 21
        • Párrafo 1º Jornada ordinaria de trabajo
          • Artículo 22
          • Artículo 23
          • Artículo 24
          • Artículo 25
          • Artículo 26
          • Artículo 27
          • Artículo 28
          • Artículo 29
        • Párrafo 2º Horas Extraordinarias
          • Artículo 30
          • Artículo 31
          • Artículo 32
          • Artículo 33
        • Párrafo 3º Descanso dentro de la jornada
          • Artículo 34
        • Párrafo 4º Descanso semanal
          • Artículo 35
          • Artículo 36
          • Artículo 37
          • Artículo 38
          • Artículo 39
          • Artículo 40
        • Párrafo 5º Jornada Parcial
          • Artículo 40 BIS
          • Artículo 40 BIS A
          • Artículo 40 BIS B
          • Artículo 40 BIS C
          • Artículo 40 BIS D
      • Capítulo V DE LAS REMUNERACIONES
        • Artículo 41
        • Artículo 42
        • Artículo 43
        • Artículo 44
        • Artículo 45
        • Artículo 46
        • Artículo 47
        • Artículo 48
        • Artículo 49
        • Artículo 50
        • Artículo 51
        • Artículo 52
        • Artículo 53
      • Capítulo VI DE LA PROTECCION A LAS REMUNERACIONES
        • Artículo 54
        • Artículo 55
        • Artículo 56
        • Artículo 57
        • Artículo 58
        • Artículo 59
        • Artículo 60
        • Artículo 61
        • Artículo 62
        • Artículo 63
        • Artículo 64
        • Artículo 64 BIS
        • Artículo 65
      • Capítulo VII DEL FERIADO ANUAL Y DE LOS PERMISOS
        • Artículo 66
        • Artículo 67
        • Artículo 68
        • Artículo 69
        • Artículo 70
        • Artículo 71
        • Artículo 72
        • Artículo 73
        • Artículo 74
        • Artículo 75
        • Artículo 76
    • Título II DE LOS CONTRATOS ESPECIALES
      • Artículo 77
      • Capítulo I DEL CONTRATO DE APRENDIZAJE
        • Artículo 78
        • Artículo 79
        • Artículo 80
        • Artículo 81
        • Artículo 82
        • Artículo 83
        • Artículo 84
        • Artículo 85
        • Artículo 86
      • Capítulo II DEL CONTRATO DE TRABAJADORES AGRICOLAS
        • Párrafo 1º Normas Generales
          • Artículo 87
          • Artículo 88
          • Artículo 89
          • Artículo 90
          • Artículo 91
          • Artículo 92
          • Artículo 92 BIS
        • Párrafo 2º Normas especiales para los trabajadores agrícolas de temporada
          • Artículo 93
          • Artículo 94
          • Artículo 95
          • Artículo 95 BIS
      • Capítulo III DEL CONTRATO DE LOS TRABAJADORES EMBARCADOS O GENTE DE MAR Y DE LOS TRABAJADORES PORTUARIOS EVENTUALES
        • Párrafo 1º Del contrato de embarco de los oficiales y tripulantes de las Naves de la Marina Mercante Nacional
          • Artículo 96
          • Artículo 97
          • Artículo 98
          • Artículo 99
          • Artículo 100
          • Artículo 101
          • Artículo 102
          • Artículo 103
          • Artículo 104
          • Artículo 105
          • Artículo 106
          • Artículo 107
          • Artículo 108
          • Artículo 109
          • Artículo 110
          • Artículo 111
          • Artículo 112
          • Artículo 113
          • Artículo 114
          • Artículo 115
          • Artículo 116
          • Artículo 117
          • Artículo 118
          • Artículo 119
          • Artículo 120
          • Artículo 121
          • Artículo 122
          • Artículo 123
          • Artículo 124
          • Artículo 125
          • Artículo 126
          • Artículo 127
          • Artículo 128
          • Artículo 129
          • Artículo 130
          • Artículo 131
          • Artículo 132
        • Párrafo 2º Del contrato de los trabajadores portuarios eventuales
          • Artículo 133
          • Artículo 134
          • Artículo 135
          • Artículo 136
          • Artículo 137
          • Artículo 138
          • Artículo 139
          • Artículo 140
          • Artículo 141
          • Artículo 142
          • Artículo 143
          • Artículo 144
          • Artículo 145
      • Capítulo V DEL CONTRATO DE TRABAJADORES DE CASA PARTICULAR
        • Artículo 146
        • Artículo 147
        • Artículo 148
        • Artículo 149
        • Artículo 150
        • Artículo 151
        • Artículo 152
    • Título III DEL REGLAMENTO INTERNO
      • Artículo 153
      • Artículo 154
      • Artículo 154 BIS
      • Artículo 155
      • Artículo 156
      • Artículo 157
    • Título IV DEL SERVICIO MILITAR OBLIGATORIO
      • Artículo 158
    • Título V DE LA TERMINACION DEL CONTRATO DE TRABAJO Y ESTABILIDAD EN EL EMPLEO
      • Artículo 159
      • Artículo 160
      • Artículo 161
      • Artículo 161 BIS
      • Artículo 162
      • Artículo 163
      • Artículo 164
      • Artículo 165
      • Artículo 166
      • Artículo 167
      • Artículo 168
      • Artículo 169
      • Artículo 170
      • Artículo 171
      • Artículo 172
      • Artículo 173
      • Artículo 174
      • Artículo 175
      • Artículo 176
      • Artículo 177
      • Artículo 178
    • Título VI DE LA CAPACITACION OCUPACIONAL
      • Artículo 179
      • Artículo 180
      • Artículo 181
      • Artículo 182
      • Artículo 183
      • Artículo 183 BIS
  • LIBRO II DE LA PROTECCION A LOS TRABAJADORES
    • Título I NORMAS GENERALES
      • Artículo 184
      • Artículo 185
      • Artículo 186
      • Artículo 187
      • Artículo 188
      • Artículo 189
      • Artículo 190
      • Artículo 191
      • Artículo 192
      • Artículo 193
    • Título II DE LA PROTECCION A LA MATERNIDAD
      • Artículo 194
      • Artículo 195
      • Artículo 196
      • Artículo 197
      • Artículo 198
      • Artículo 199
      • Artículo 199 BIS
      • Artículo 200
      • Artículo 201
      • Artículo 202
      • Artículo 203
      • Artículo 204
      • Artículo 205
      • Artículo 206
      • Artículo 207
      • Artículo 208
    • Título III DEL SEGURO SOCIAL CONTRA RIESGOS DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES
      • Artículo 209
      • Artículo 210
      • Artículo 211
  • LIBRO III DE LAS ORGANIZACIONES SINDICALES Y DEL DELEGADO DEL PERSONAL
    • Título I De las organizaciones sindicales
      • Capítulo I Disposiciones generales
        • Artículo 212
        • Artículo 213
        • Artículo 214
        • Artículo 215
        • Artículo 216
        • Artículo 217
        • Artículo 218
        • Artículo 219
        • Artículo 220
      • Capítulo II DE LA CONSTITUCION DE LOS SINDICATOS
        • Artículo 221
        • Artículo 222
        • Artículo 223
        • Artículo 224
        • Artículo 225
        • Artículo 226
        • Artículo 227
        • Artículo 228
        • Artículo 229
        • Artículo 230
      • Capítulo III DE LOS ESTATUTOS
        • Artículo 231
        • Artículo 232
        • Artículo 233
        • Artículo 233 BIS
      • Capítulo IV DEL DIRECTORIO
        • Artículo 234
        • Artículo 235
        • Artículo 236
        • Artículo 237
        • Artículo 238
        • Artículo 239
        • Artículo 240
        • Artículo 241
        • Artículo 242
        • Artículo 243
        • Artículo 244
        • Artículo 245
        • Artículo 246
        • Artículo 247
        • Artículo 248
        • Artículo 249
        • Artículo 250
        • Artículo 251
        • Artículo 252
      • Capítulo V DE LAS ASAMBLEAS
        • Artículo 253
        • Artículo 254
        • Artículo 255
      • Capítulo VI Del patrimonio sindical
        • Artículo 256
        • Artículo 257
        • Artículo 258
        • Artículo 259
        • Artículo 260
        • Artículo 261
        • Artículo 262
        • Artículo 263
        • Artículo 264
        • Artículo 265
      • Capítulo VII De las federaciones y confederaciones
        • Artículo 266
        • Artículo 267
        • Artículo 268
        • Artículo 269
        • Artículo 270
        • Artículo 271
        • Artículo 272
        • Artículo 273
        • Artículo 274
        • Artículo 275
      • Capítulo VIII DE LAS CENTRALES SINDICALES
        • Artículo 276
        • Artículo 277
        • Artículo 278
        • Artículo 279
        • Artículo 280
        • Artículo 281
        • Artículo 282
        • Artículo 283
        • Artículo 284
        • Artículo 285
        • Artículo 286
        • Artículo 287
        • Artículo 288
      • Capítulo IX DE LAS PRACTICAS DESLEALES O ANTISINDICALES Y DE SU SANCION
        • Artículo 289
        • Artículo 290
        • Artículo 291
        • Artículo 292
        • Artículo 293
        • Artículo 294
        • Artículo 294 BIS
      • Capítulo X DE LA DISOLUCION DE LAS ORGANIZACIONES SINDICALES
        • Artículo 295
        • Artículo 296
        • Artículo 297
        • Artículo 298
      • Capítulo XI De la fiscalización de las organizaciones sindicales y de las sanciones
        • Artículo 299
        • Artículo 300
        • Artículo 301
    • Título II Del delegado del personal
      • Artículo 302
  • LIBRO IV DE LA NEGOCIACION COLECTIVA
    • Título I NORMAS GENERALES
      • Artículo 303
      • Artículo 304
      • Artículo 305
      • Artículo 306
      • Artículo 307
      • Artículo 308
      • Artículo 309
      • Artículo 310
      • Artículo 311
      • Artículo 312
      • Artículo 313
      • Artículo 314
      • Artículo 314 BIS
      • Artículo 314 BIS A
      • Artículo 314 BIS B
      • Artículo 314 BIS C
    • Título II DE LA PRESENTACION Y TRAMITACION DEL PROYECTO DE CONTRATO COLECTIVO
      • Capítulo I DE LA PRESENTACION HECHA POR SINDICATOS DE EMPRESA O GRUPOS DE TRABAJADORES
        • Artículo 315
        • Artículo 316
        • Artículo 317
        • Artículo 318
        • Artículo 319
        • Artículo 320
        • Artículo 321
        • Artículo 322
        • Artículo 323
        • Artículo 324
        • Artículo 325
        • Artículo 326
        • Artículo 327
        • Artículo 328
        • Artículo 329
        • Artículo 330
        • Artículo 331
        • Artículo 332
        • Artículo 333
      • Capítulo II DE LA PRESENTACION HECHA POR OTRAS ORGANIZACIONES SINDICALES
        • Artículo 334
        • Artículo 334 BIS
        • Artículo 334 BIS A
        • Artículo 334 BIS B
        • Artículo 334 BIS C
        • Artículo 335
        • Artículo 336
        • Artículo 337
        • Artículo 338
        • Artículo 339
        • Artículo 340
        • Artículo 341
        • Artículo 342
        • Artículo 343
    • Título III DEL CONTRATO COLECTIVO
      • Artículo 344
      • Artículo 345
      • Artículo 346
      • Artículo 347
      • Artículo 348
      • Artículo 349
      • Artículo 350
      • Artículo 351
    • Título IV DE LA MEDIACION
      • Artículo 352
      • Artículo 353
      • Artículo 354
    • Título V DEL ARBITRAJE LABORAL
      • Artículo 355
      • Artículo 356
      • Artículo 357
      • Artículo 358
      • Artículo 359
      • Artículo 360
      • Artículo 361
      • Artículo 362
      • Artículo 363
      • Artículo 364
      • Artículo 365
      • Artículo 366
      • Artículo 367
      • Artículo 368
    • Título VI DE LA HUELGA Y DEL CIERRE TEMPORAL DE LA EMPRESA
      • Artículo 369
      • Artículo 370
      • Artículo 371
      • Artículo 372
      • Artículo 373
      • Artículo 374
      • Artículo 374 BIS
      • Artículo 375
      • Artículo 376
      • Artículo 377
      • Artículo 378
      • Artículo 379
      • Artículo 380
      • Artículo 381
      • Artículo 382
      • Artículo 383
      • Artículo 384
      • Artículo 385
    • Título VII DE LA NEGOCIACION COLECTIVA DE LA GENTE DE MAR
      • Artículo 386
    • Título VIII DE LAS PRACTICAS DESLEALES EN LA NEGOCIACION COLECTIVA Y DE SU SANCION
      • Artículo 387
      • Artículo 388
      • Artículo 389
      • Artículo 390
    • Título IX DEL PROCEDIMIENTO JUDICIAL EN LA NEGOCIACION COLECTIVA
      • Artículo 391
      • Artículo 392
      • Artículo 393
      • Artículo 394
      • Artículo 395
      • Artículo 396
    • Título X DE LA NOMINA NACIONAL DE ARBITROS LABORALES O CUERPO ARBITRAL
      • Artículo 397
      • Artículo 398
      • Artículo 399
      • Artículo 400
      • Artículo 401
      • Artículo 402
      • Artículo 403
      • Artículo 404
      • Artículo 405
      • Artículo 406
      • Artículo 407
      • Artículo 408
      • Artículo 409
      • Artículo 410
      • Artículo 411
      • Artículo 412
      • Artículo 413
    • Título XI NORMAS ESPECIALES
      • Artículo 414
  • LIBRO V DE LA JURISDICCION LABORAL
    • Título I DE LOS JUZGADOS DE LETRAS DEL TRABAJO Y DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL Y DEL PROCEDIMIENTO
      • Capítulo I De los Juzgados de Letras del Trabajo y de los Juzgados de Cobranza Laboral y Previsional
        • Artículo 415
        • Artículo 416
        • Artículo 417
        • Artículo 418
        • Artículo 419
        • Artículo 420
        • Artículo 421
        • Artículo 422
        • Artículo 423
        • Artículo 424
      • Capítulo II DEL PROCEDIMIENTO
        • Párrafo 1º Reglas comunes
          • Artículo 425
          • Artículo 426
          • Artículo 427
          • Artículo 428
          • Artículo 428 BIS
          • Artículo 429
          • Artículo 430
          • Artículo 431
          • Artículo 432
          • Artículo 433
          • Artículo 434
          • Artículo 435
          • Artículo 436
          • Artículo 437
          • Artículo 438
        • Párrafo 2º Del procedimiento de aplicación general
          • Artículo 439
          • Artículo 440
          • Artículo 441
          • Artículo 442
          • Artículo 443
          • Artículo 444
          • Artículo 445
          • Artículo 446
          • Artículo 447
          • Artículo 448
          • Artículo 449
          • Artículo 450
          • Artículo 451
          • Artículo 452
          • Artículo 453
          • Artículo 454
          • Artículo 455
          • Artículo 456
          • Artículo 457
          • Artículo 458
        • Párrafo 3º Del juicio laboral de menor cuantía
          • Artículo 459
        • Párrafo 4º De la ejecución de las resoluciones y del juicio ejecutivo
          • Artículo 460
          • Artículo 461
          • Artículo 462
        • Párrafo 5º De los recursos
          • Artículo 463
          • Artículo 464
          • Artículo 465
          • Artículo 466
          • Artículo 467
          • Artículo 468
          • Artículo 469
          • Artículo 470
          • Artículo 471
          • Artículo 472
          • Artículo 473
          • Artículo 473 BIS
    • Título II DEL PROCEDIMIENTO DE RECLAMO POR SANCIONES POR INFRACCIONES A LAS LEYES Y REGLAMENTOS VIGENTES
      • Artículo 474
      • Artículo 475
    • Título Final DE LA FISCALIZACION, DE LAS SANCIONES Y DE LA PRESCRIPCION
      • Artículo 476
      • Artículo 477
      • Artículo 478
      • Artículo 478 BIS
      • Artículo 479
      • Artículo 480
      • Artículo 481
      • Artículo 482
      • Artículo 483
  • ARTICULOS TRANSITORIOS
    • Artículo 1 Transitorio
    • Artículo 2 Transitorio
    • Artículo 3 Transitorio
    • Artículo 4 Transitorio
    • Artículo 5 Transitorio
    • Artículo 6 Transitorio
    • Artículo 7 Transitorio
    • Artículo 8 Transitorio
    • Artículo 9 Transitorio
    • Artículo 10 Transitorio
    • Artículo 11 Transitorio
    • Artículo 12 Transitorio
    • Artículo 13 Transitorio
    • Artículo 14 Transitorio
    • Artículo 15 Transitorio
    • Artículo 16 Transitorio
    • Artículo 17 Transitorio
    • Artículo 18 Transitorio
    • Artículo 19 Transitorio
    • Artículo 20 Transitorio
    • Artículo 21 Transitorio
    • Artículo 22 Transitorio
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DFL 1 Firma electrónica FIJA EL TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DEL CODIGO DEL TRABAJO

MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL; SUBSECRETARÍA DEL TRABAJO

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Promulgación: 31-JUL-2002

Publicación: 16-ENE-2003

Versión: Intermedio - de 27-MAR-2003 a 23-SEP-2003

Materias: Código del Trabajo

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FIJA EL TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DEL CODIGO DEL TRABAJO

    D.F.L. Núm. 1.- Santiago, 31 de julio de 2002.


    Teniendo presente:

    1.- Que el artículo 8º transitorio de la ley Nº 19.759 facultó "al Presidente de la República para que, dentro del plazo de un año, mediante un decreto con fuerza de ley del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, dicte el texto refundido, coordinado y sistematizado del Código del Trabajo".

    2.- Que asimismo es recomendable, por razones de ordenamiento y de utilidad práctica, señalar mediante notas al margen el origen de las normas que conformarán el presente texto legal.

    Visto: lo dispuesto en el artículo 8º transitorio de la Ley Nº 19.759, dicto el siguiente

    D e c r e t o  c o n  F u e r z a  d e  L e y:

    Fíjase el siguiente texto refundido, coordinado y sistematizado de las normas que constituyen el Código del Trabajo:

    TITULO PRELIMINAR


    Artículo 1.o Las relaciones laborales entreL. 18620
ART. PRIMERO
Art. 1º
los empleadores y los trabajadores se regularán por este Código y por sus leyes complementarias.
      Estas normas no se aplicarán, sin embargo, a los funcionarios de la Administración del Estado, centralizada y descentralizada, del Congreso Nacional y del Poder Judicial, ni a los trabajadores de las empresas o instituciones del Estado o de aquellas en que éste tenga aportes, participación o representación, siempre que dichos funcionarios o trabajadores se encuentren sometidos por ley a un estatuto especial.

    Con todo, los trabajadores de las entidades señaladas en el inciso precedente se sujetarán a las normas de este Código en los aspectos o materias no regulados en sus respectivos estatutos, siempre que ellas no fueren contrarias a estos últimos.

    Los trabajadores que presten servicioL. 19759
Art. único, Nº 1
s en los oficios de notarías, archiveros o conservadores se regirán por las normas de este código.

    Art.2.o Reconócese la función social queL. 18.620
ART. PRIMERO
Art. 2º
cumple el trabajo y la libertad de las personas para contratar y dedicar su esfuerzo a la labor lícita que elijan.

    Son contrarios a los principios de lasL. 19.759
Art. único, Nº 2
leyes laborales los actos de discriminación.
      Los actos de discriminación son las distinciones, exclusiones o preferencias basadas en motivos de raza, color, sexo, edad, estado civil, sindicación, religión, opinión política, nacionalidad, ascendencia nacional u origen social, que tengan por objeto anular o alterar la igualdad de oportunidades o de trato en el empleo y la ocupación.

    Con todo, las distinciones, exclusiones o preferencias basadas en las calificaciones exigidas para un empleo determinado no serán consideradas discriminación.

    Por lo anterior y sin perjuicio de otras disposiciones de este Código, son actos de discriminación las ofertas de trabajo efectuadas por un empleador, directamente o a través de terceros y por cualquier medio, que señalen como un requisito para postular a ellas cualquiera de las condiciones referidas en el inciso tercero.

    Ningún empleador podrá condicionar lL. 19812
Art. 2º
a contratación de trabajadores a la ausencia de obligaciones de carácter económico, financiero, bancario o comercial que, conforme a la ley, puedan ser comunicadas por los responsables de registros o bancos de datos personales; ni exigir  para dicho fin declaración ni certificado alguno. Exceptúanse solamente los trabajadores que tengan poder para representar al empleador, tales como gerentes, subgerentes, agentes o apoderados, siempre que, en todos estos casos, estén dotados, a lo menos, de facultades generales de administración; y los trabajadores que tengan a su cargo la recaudación, administración o custodia de fondos o valores de cualquier naturaleza.

    Lo dispuesto en los incisos segundo y tercero de este artículo y las obligaciones que de ellos emanan para los empleadores, se entenderán incorporadas en los contratos de trabajo que se celebren.

    Corresponde al Estado amparar al trabajador en su derecho a elegir libremente su trabajo y velar por el cumplimiento de las normas que regulan la prestación de los servicios.

    Art. 3.o Para todos los efectos legales seL. 18620
ART. PRIMERO
Art. 3º
entiende por:
a)  empleador: la persona natural o jurídica que utiliza los servicios intelectuales o materiales de una o más personas en virtud de un contrato de trabajo,
b) trabajador: toda persona natural que preste servicios personales intelectuales o materiales, bajo dependencia o subordinación, y en virtud de un contrato de trabajo, y
c) trabajador independiente: aquel que en el ejercicio de la actividad de que se trate no depende de empleador alguno ni tiene trabajadores bajo su dependencia.

    El empleador se considerará trabajador independiente para los efectos previsionales.

    Para los efectos de la legislación laboral y de seguridad social, se entiende por empresa toda organización de medios personales, materiales e inmateriales, ordenados bajo una dirección, para el logro de fines económicos, sociales, culturales o benéficos, dotada de una individualidad legal determinada.

    Las infracciones a las normas que regulanL. 19.759
Art. único, Nº 3
las entidades a que se refiere este artículo se sancionarán de conformidad con lo dispuesto en el artículo 478 de este Código.

    Art. 4.o Para los efectos previstos en esteL. 18.620
ART. PRIMERO
Art. 4º
Código, se presume de derecho que representa al empleador y que en tal carácter obliga a éste con los trabajadores, el gerente, el administrador, el capitán de barco y, en general, la persona que ejerce habitualmente funciones de dirección o administración por cuenta o representación de una persona natural o jurídica.
    Las modificaciones totales o parciales relativas al dominio, posesión o mera tenencia de la empresa no alterarán los derechos y obligaciones de los trabajadores emanados de sus contratos individuales o de los instrumentos colectivos de trabajo, que mantendrán su vigencia y continuidad con el o los nuevos empleadores.

    Art. 5.o El ejercicio de las facultades queL. 19.759
Art. único, Nº 4
la ley le reconoce al empleador, tiene como límite el respeto a las garantías constitucionales de los trabajadores, en especial cuando pudieran afectar la intimidad, la vida privada o la honra de éstos.

    Los derechos establecidos por las leyesL. 18.620
ART. PRIMERO
Art. 5º
laborales son irrenunciables, mientras subsista el contrato de trabajo.
      Los contratos individuales y colectivos de trabajo podrán ser modificados, por mutuo consentimiento, en aquellas materias en que las partes hayan podido convenir libremente.

    Art. 6.o El contrato de trabajo puedeL. 18.620
ART. PRIMERO
Art. 6º
ser individual o colectivo.
    El contrato es individual cuando se celebra entre un empleador y un trabajador.
    Es colectivo el celebrado por uno o másL. 19250
Art. 1º, Nº 1
empleadores con una o más organizaciones sindicales o con trabajadores que se unan para negociar colectivamente, o con unos y otros, con el objeto de establecer condiciones comunes de trabajo y de remuneraciones por un tiempo determinado.

    LIBRO I

    DEL CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO Y DE LA CAPACITACION LABORAL


    Título I

    DEL CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO


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Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Con Vigencia Diferida por Evento
De Las modificaciones al artículo 157 bis y al literal b) del inciso primero del artículo 157 ter de la presente norma entrarán en vigor a partir del primer día del mes de enero del año siguiente al envío de un informe de los Ministerios del Trabajo y Previsión Social, de Desarrollo Social y Familia, y de Hacienda, que acredite el cumplimiento de la cuota del uno por ciento de contratación de personas con discapacidad y/o asignatarias de una pensión de invalidez de cualquier régimen previsional en el ochenta por ciento de las empresas e instituciones obligadas, en conformidad a lo dispuesto por el inciso segundo del artículo primero transitorio de la ley 21690.
Las modificaciones al artículo 157 bis y al literal b) del inciso primero del artículo 157 ter de la presente norma entrarán en vigor a partir del primer día del mes de enero del año siguiente al envío de un informe de los Ministerios del Trabajo y Previsión Social, de Desarrollo Social y Familia, y de Hacienda, que acredite el cumplimiento de la cuota del uno por ciento de contratación de personas con discapacidad y/o asignatarias de una pensión de invalidez de cualquier régimen previsional en el ochenta por ciento de las empresas e instituciones obligadas, en conformidad a lo dispuesto por el inciso segundo del artículo primero transitorio de la ley 21690.
Con Vigencia Diferida por Fecha
De 26-ABR-2028
26-ABR-2028
Última Versión
De 01-ENE-2025
01-ENE-2025 25-ABR-2028
Intermedio
De 24-AGO-2024
24-AGO-2024 31-DIC-2024
Intermedio
De 01-AGO-2024
01-AGO-2024 23-AGO-2024
Intermedio
De 14-JUN-2024
14-JUN-2024 31-JUL-2024
Intermedio
De 01-MAY-2024
01-MAY-2024 13-JUN-2024
Intermedio
De 26-ABR-2024
26-ABR-2024 30-ABR-2024
Intermedio
De 29-ENE-2024
29-ENE-2024 25-ABR-2024
Intermedio
De 21-AGO-2023
21-AGO-2023 28-ENE-2024
Intermedio
De 26-ABR-2023
26-ABR-2023 20-AGO-2023
Intermedio
De 10-MAR-2023
10-MAR-2023 25-ABR-2023
Intermedio
De 24-NOV-2022
24-NOV-2022 09-MAR-2023
Intermedio
De 15-NOV-2022
15-NOV-2022 23-NOV-2022
Intermedio
De 01-NOV-2022
01-NOV-2022 14-NOV-2022
Intermedio
De 10-OCT-2022
10-OCT-2022 31-OCT-2022
Intermedio
De 01-SEP-2022
01-SEP-2022 09-OCT-2022
Intermedio
De 02-AGO-2022
02-AGO-2022 31-AGO-2022
Intermedio
De 27-JUL-2022
27-JUL-2022 01-AGO-2022
Intermedio
De 09-MAY-2022
09-MAY-2022 26-JUL-2022
Intermedio
De 01-ABR-2022
01-ABR-2022 08-MAY-2022
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De 10-MAR-2022
10-MAR-2022 31-MAR-2022
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11-DIC-2021 09-MAR-2022
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De 24-NOV-2021
24-NOV-2021 10-DIC-2021
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De 12-NOV-2021
12-NOV-2021 23-NOV-2021
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21-OCT-2021 11-NOV-2021
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De 01-OCT-2021
01-OCT-2021 20-OCT-2021
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29-SEP-2021 30-SEP-2021
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De 03-JUN-2021
03-JUN-2021 28-SEP-2021
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01-JUN-2021 02-JUN-2021
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09-NOV-2020 31-MAY-2021
Intermedio
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03-OCT-2020 08-NOV-2020
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01-OCT-2020 02-OCT-2020
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04-SEP-2020 30-SEP-2020
Intermedio
De 01-ABR-2020
01-ABR-2020 03-SEP-2020
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De 01-MAR-2020
01-MAR-2020 31-MAR-2020
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De 08-JUL-2018
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De 01-ABR-2018
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09-JUN-2017 19-JUN-2017
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De 28-ABR-2017
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De 30-MAY-2016
30-MAY-2016 07-SEP-2016
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De 01-MAY-2016
01-MAY-2016 29-MAY-2016
Intermedio
De 14-ABR-2016
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De 01-ABR-2016
01-ABR-2016 13-ABR-2016
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06-NOV-2015 20-NOV-2015
Intermedio
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18-ABR-2015 21-OCT-2015
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17-OCT-2011 07-AGO-2012
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06-OCT-2011 16-OCT-2011
Intermedio
De 03-OCT-2011
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28-ABR-2011 02-OCT-2011
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Intermedio
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04-ENE-2011 28-FEB-2011
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13-FEB-2010 30-SEP-2010
Intermedio
De 10-FEB-2010
10-FEB-2010 12-FEB-2010
Intermedio
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Intermedio
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25-ABR-2007 11-JUN-2007
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02-SEP-2005 22-SEP-2005
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31-MAY-2005 01-SEP-2005
Intermedio
De 30-MAY-2005
30-MAY-2005 30-MAY-2005
Intermedio
De 18-MAR-2005
18-MAR-2005 29-MAY-2005
Intermedio
De 05-FEB-2005
05-FEB-2005 17-MAR-2005
Intermedio
De 18-DIC-2004
18-DIC-2004 04-FEB-2005
Intermedio
De 28-OCT-2004
28-OCT-2004 17-DIC-2004
Intermedio
De 10-SEP-2004
10-SEP-2004 27-OCT-2004
Intermedio
De 25-MAY-2004
25-MAY-2004 09-SEP-2004
Intermedio
De 20-DIC-2003
20-DIC-2003 24-MAY-2004
Intermedio
De 01-NOV-2003
01-NOV-2003 19-DIC-2003
Intermedio
De 24-SEP-2003
24-SEP-2003 31-OCT-2003
Intermedio
De 27-MAR-2003
27-MAR-2003 23-SEP-2003
Texto Original
De 16-ENE-2003
16-ENE-2003 26-MAR-2003

Administrativa


Dirección del Trabajo - Artículo 7
Dictamen N° 691/12, 29.01.16
Dictamen N° 423/27, 29.01.97
Dictamen N° 4.731/081, 3.11.10
Dictamen N° 4.488/255,27.08.99
Dictamen N° 4.355/049, 11.11.13
Dictamen N° 3.537/063, 6.07.16
Dictamen N° 2.703/042, 19.05.16
Dictamen N° 114/15, 9.01.98
Dictamen N° 1.886/0163, 11.05.00
Dictamen N° 058/01, 7.01.10
Dirección del Trabajo - Artículo 8
Dictamen N° 3.161/064, 29.07.08
Dictamen N° 0859/008, 22.02.13
Dirección del Trabajo - Artículo 12
Dictamen N° 5.268/309, 18.10.99
Dictamen N° 5.124/060, 7.10.15
Dictamen N° 3.996/199, 2.12.02
Dictamen N° 2.703/042, 19 .05.16
Dictamen N° 1.162/52, 26.03.01
Dirección del Trabajo - Artículo 19
Dictamen N° 2.628/040, 1.07.09
Dirección del Trabajo - Artículo 21
Dictamen N° 522/07, 22.01.16
Dictamen N° 5.268/309, 18.10.99
Dictamen N° 4.297/299, 9.09.98
Dictamen N° 4.247/092, 28.10.11
Dictamen N° 4.223/67, 27.10.14
Dictamen N° 4.223/67, 27.10.14
Dictamen N° 4.182/61, 24.10.14
Dictamen N° 3.564/48, 15.07.15
Dictamen N° 2.088/85, 3.04.96
Dictamen N° 1.806/104, 5.04.99
Dictamen N° 1.421/114, 10.04.00
Dirección del Trabajo - Artículo 26
Dictamen N° 5.076/095, 2010
Dirección del Trabajo - Artículo 29
Dictamen N° 4.223/67, 27.10.14
Dictamen N° 3.896/057, 1.09.10
Dirección del Trabajo - Artículo 34
Dictamen N° 620/21, 8.02.05
Dictamen N° 5.649/127, 22.11.17
Dictamen N° 4.914/287, 22.09.99
Dictamen N° 4.545/55, 4.09.15
Dictamen N° 2.947/111, 17.05.96
Dictamen N° 2.093/113, 17.04.97
Dictamen N° 157/06, 11.01.16
Dictamen N° 107/08, 9.01.04,
Dictamen N° 1.799/111, 12.06.02
Dictamen N° 0351/007, 20.01.12
Dirección del Trabajo - Artículo 35
Dictamen N° 5.315/89, 27.10.16
Dictamen N° 4.247/073, 12.08.16
Dictamen N° 3.237/46, 30.06.15
Dictamen N° 2.816/76, 22.06.17
Dictamen N° 180/04, 11.01.18
Dictamen N° 1.608/34, 14.09.22
Dirección del Trabajo - Artículo 39
Dictamen N° 3.653/269, 30.08.00
Dirección del Trabajo - Artículo 47
Dictamen N° 6.506/050, 26.12.18
Dirección del Trabajo - Artículo 50
Dictamen N° 6.506/050, 26.12.18
Dictamen N° 4.930/060, 19.12.13
Dictamen N° 1.826/24, 14.07.21
Dictamen N° 1.682/018, 10.04,12
Dictamen N° 1.002/17, 8.06.22
Dictamen N° 054/01, 6.01.16
Dirección del Trabajo - Artículo 57
Dictamen N° 605/09, 31.01.18
Dirección del Trabajo - Artículo 62
Dictamen N° 877/05, 10.03.21
Dictamen N° 2.588/51, 12.11.21
Dirección del Trabajo - Artículo 68
Dictamen N° 4.551/222, 21.07.95
Dictamen N° 2.694/034, 21.07.14
Dictamen N° 0532/029, 2.02.04
Dirección del Trabajo - Artículo 70
Dictamen N° 4.617/52, 2.12.13,
Dirección del Trabajo - Artículo 73
Dictamen N° 3.740/35, 27.08.12
Dictamen N° 3.343/049, 1.09.14
Dirección del Trabajo - Artículo 74
Dictamen N° 2.022/025, 16.05.13
Dictamen N° 1.497/015, 26.03.12
Dirección del Trabajo - Artículo 76
Dictamen N° 2.426/62, 5.06.17
Dirección del Trabajo - Artículo 78
Dictamen N° 537/07, 6.02.14
Dirección del Trabajo - Artículo 96
Dictamen N° 805/024, 16.02.17
Dictamen N° 5.163/083, 22.12.2014
Dictamen N° 3.009/44, 17.06.15
Dictamen N° 1.805/11, 8.06.20
Dictamen N° 0893/020, 9.03.07
Dictamen N° 0776/013, 16.02.15
Dirección del Trabajo - Artículo 98
Dictamen N° 5.413/099, 21.12.10
Dictamen N° 4.222/057, 09.10.09
Dirección del Trabajo - Artículo 101
Dictamen N° 4.223/67, 27.10.14
Dirección del Trabajo - Artículo 108
Dictamen N° 5.163/083, 22.12.14
Dirección del Trabajo - Artículo 111
Dictamen N° 4.223/67, 27.10.14
Dirección del Trabajo - Artículo 117
Dictamen N° 4.223/67, 27.10.14
Dirección del Trabajo - Artículo 132
Dictamen N° 5.647/125, 22.11.17
Dictamen N° 3.813/144, 17.08.04
Dirección del Trabajo - Artículo 136
Dictamen N° 638/09, 28.01.16
Dictamen N° 2.247/17, 3.08.20
Dirección del Trabajo - Artículo 145
Dictamen N° 5.174/346, 11.12.00
Dictamen N° 4.413/172, 22.10.03
Dirección del Trabajo - Artículo 158
Dictamen N° 0858/007, 22.02.13
Dirección del Trabajo - Artículo 159
Dictamen N° 5.661/32, 6.12.19
Dictamen N° 4.793/083, 8.11.10
Dictamen N° 4.223/67, 27.10.14
Dictamen N° 1.922/34, 20.04.15
Dictamen N° 065/01, 7.01.14
Dirección del Trabajo - Artículo 164
Dictamen N° 5.742/70, 6.11.15
Dirección del Trabajo - Artículo 167
Dictamen N° 5.742/70, 6.11.15,
Dirección del Trabajo - Artículo 174
Dictamen N° 6.256/151, 28.12.17
Dictamen N° 6.005/74, 17.11.15
Dictamen N° 1.976/129, 04.05.98
Dictamen N° 1.263/38, 28.09.23
Dirección del Trabajo - Artículo 185
Dictamen N° 2.913/050, 20.07.11,
Dirección del Trabajo - Artículo 193
Dictamen N° 4.624/079, 22.10.10
Dirección del Trabajo - Artículo 210
Dictamen N° 7.163/304, 13.11.95
Dictamen N° 4.187/304, 6.10.00
Dictamen N° 1.711/107, 15.04.98
Dirección del Trabajo - Artículo 212
Dictamen N° 5.035/93, 17.12.08
Dictamen N° 1.217/59, 11.03.97
Dirección del Trabajo - Artículo 214
Dictamen N° 4.614/195, 16.08.96
Dirección del Trabajo - Artículo 216
Dictamen N° 820/17, 26.02.03
Dictamen N° 601/39 de 3.02.04
Dictamen N° 6.127, 14.12.98
Dictamen N° 6.005/74, 17.11.15
Dictamen N° 3.644/188, 5.11.02
Dictamen 4.614/195, 16.08.96
Dirección del Trabajo - Artículo 220
Dictamen N° 3.817/078, 29.09.11
Dictamen N° 2.225/034, 27.05.11
Dictamen N° 1.428/78, 9.05.02
Dirección del Trabajo - Artículo 223
Dictamen N° 6.355/287, 18.11.96
Dictamen N° 6.005/74, 17.11.15
Dictamen N° 1.766/148, 4.05.00
Dirección del Trabajo - Artículo 225
Dictamen N° 3.839/193, 18.11.02
Dirección del Trabajo - Artículo 233
Dictamen N° 3.091/167, 16.09.02
Dirección del Trabajo - Artículo 233 BIS
Dictamen N° 951/50, de 5.03.04
Dictamen N° 5.337/91, 28.10.16
Dictamen N° 3.986/154, 31.08.04
Dictamen N° 3.986/154, 31.08.04
Dictamen N° 1.630/101, 29.05.02
Dictamen N° 1.621/72, 20.04.04
Dictamen N° 0420/005, 28.01.09
Dirección del Trabajo - Artículo 235
Dictamen N° 6.005/74, 17.11.15
Dictamen N° 4.161/203, 10.12.02
Dictamen N° 3.091/167, 16.09.02
Dictamen N° 2.506/128, 25.04.97
Dictamen N° 2.225/034, 27.05.11
Dictamen N° 1.714/44, 21.04.17
Dictamen N° 1.421/14, 22.04.19
Dictamen N° 1.306/31, 22.03.17
Dirección del Trabajo - Artículo 237
Dictamen N° 4.777/221, 14.12.01
Dirección del Trabajo - Artículo 238
Dictamen N° 4.161/203, 10.12.02
Dictamen N° 2.048/049, 28.05.03
Dirección del Trabajo - Artículo 244
Dictamen N° 2.929/59, 28.12.21
Dictamen N° 1.901/114, 19.06.02
Dirección del Trabajo - Artículo 251
Dictamen N° 4.777/221, 14.12.01
Dirección del Trabajo - Artículo 255
Dictamen N° 763/30 de 29.01.96
Dictamen N° 6.355/287, 18.11.96
Dictamen N° 4.271/166, 15.09.04
Dictamen N° 2.422/140, 25.07.02
Dictamen N° 1.766/148, 4.05.00
Dirección del Trabajo - Artículo 259
Dictamen N° 5.177/197, 13.12.04
Dirección del Trabajo - Artículo 260
Dictamen N° 3.263/056, 21.06.16
Dirección del Trabajo - Artículo 261
Dictamen N° 823/20, 26.02.03
Dictamen N° 652/49, de 4.02.98
Dictamen N° 5.674/129, 22.11.17
Dictamen N° 4.413/213, 31.12.02
Dictamen N° 3.384/19, 3.07.19
Dirección del Trabajo - Artículo 262
Dictamen N° 5.238/238, 3.12.03
Dictamen N° 2.425/61, 5.06.17
Dirección del Trabajo - Artículo 266
Dictamen N° 154/03, 11.01.16
Dirección del Trabajo - Artículo 268
Dictamen N° 6.355/287, 18.11.96
Dictamen N° 3.582/187, 29.10.02
Dictamen N° 2.021/122, 1.07.12.
Dictamen N° 1.766/148, 4.05.00
Dirección del Trabajo - Artículo 270
Dictamen N° 216/2, 17.01.06
Dirección del Trabajo - Artículo 273
Dictamen N° 1.025/33, 14.03.05
Dirección del Trabajo - Artículo 280
Dictamen N° 617/18, 8.02.05
Dictamen N° 6.355/287, 18.11.96
Dictamen N° 1.766/148, 4.05.00
Dirección del Trabajo - Artículo 294 BIS
Dictamen N° 999/027, 2.03.17
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Proyectos de Modificación (112)

1.- Modifica diversos cuerpos legales para otorgar mayor protección a personas que ejerzan funciones en posición de garante, en situaciones de violencia corporal o psicoemocional. (Boletín N° 16721-07)
2.- Modifica cuerpos legales que indica con la finalidad de establecer exigencias de seguridad para el traslado de trabajadores hacia zonas aisladas o extremas. (Boletín N° 16291-13)
3.- Modifica diversos cuerpos legales para fortalecer la libertad, gestión y transparencia de los sindicatos y asociaciones de funcionarios (Boletín N° 15298-13)
4.- Modifica diversos cuerpos legales para promover la contratación de personas jóvenes sin experiencia laboral previa (Boletín N° 14624-13)
5.- Crea el estatuto de aseguramiento, protección y promoción de la salud mental. (Boletín N° 14505-11)
6.- Limita la reelección de directores de las organizaciones sindicales y de las asociaciones de funcionarios de la Administración del Estado. (Boletín N° 13962-13)
7.- Para promover el envejecimiento positivo, el cuidado integral de las personas mayores, y el fortalecimiento de la institucionalidad del adulto mayor. (Boletín N° 13822-07)
8.- Proyecto de ley que modifica la ley N° 19.886 y el Código del Trabajo con el objeto de reforzar la aplicación de la disposición que resguarda los derechos de los trabajadores en la adquisición de bienes y servicios por parte del Estado (Boletín N° 13531-13)
9.- Modifica la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, y el Código del Trabajo, para disponer que un determinado porcentaje de los empleos vacantes se destinen a profesionales y técnicos de hasta 28 años de edad, sin que sea pertinente exigir experiencia laboral previa (Boletín N° 13214-13)
10.- Modifica el Código del Trabajo y la Ley General de Urbanismo y Construcciones, para establecer la obligación de contar con salas de amamantamiento o lactancia en todo lugar de trabajo, edificios de uso público, y otros, en las condiciones que señala (Boletín N° 13018-13)
11.- Modifica el Código del Trabajo y el Código Penal en materia de caracterización, investigación y sanción del acoso laboral (Boletín N° 12695-13)
12.- Proyecto de ley que promueve el acceso al agua potable (Boletín N° 12512-11)
13.- Proyecto de ley, iniciado en moción de los Honorables Senadores señoras Allende, Goic y Muñoz, y señores Lagos y Letelier, para mejorar la condición laboral de los trabajadores portuarios eventuales. (Boletín N° 12403-13)
14.- Modifica el Código del Trabajo para garantizar la aplicación del procedimiento de tutela laboral a los funcionarios públicos (Boletín N° 12364-13)
15.- Modifica el Código del Trabajo y el Estatuto Administrativo para establecer el derecho a la desconexión digital de trabajadores de los sectores público y privado (Boletín N° 12284-13)
16.- Modifica el Código del Trabajo en materia de seguridad minera (Boletín N° 12095-13)
17.- Modifica el Código del Trabajo en lo que respecta a la regulación de la jornada especial de trabajadores que se desempeñan como parte de la tripulación a bordo de ferrocarriles (Boletín N° 12088-13)
18.- Modifica el Código del Trabajo con el objeto de asegurar la igualdad de condiciones en la contratación de chilenos y extranjeros (Boletín N° 12077-13)
19.- Modifica el Código del Trabajo para crear el contrato por horas. (Boletín N° 11929-13)
20.- Modifica los cuerpos legales que indica, en materia de acoso sexual en los ámbitos educacional y laboral (Boletín N° 11757-13)
21.- Sobre modernización y fortalecimiento de la Dirección del Trabajo. (Boletín N° 11430-13)
22.- Establece nueva ley de Migraciones (Boletín N° 11395-06)
23.- Modifica el Código del Trabajo en el sentido de establecer requisitos para la autorización de jornadas especiales de trabajo iguales o superiores a siete días (Boletín N° 11343-13)
24.- Modifica el Código del Trabajo en cuanto a la calificación de los servicios mínimos y de los equipos de emergencia (Boletín N° 11336-13)
25.- Modifica diversos textos legales con el objeto de promover el conocimiento de primeros auxilios en los ámbitos que indica (Boletín N° 11259-11)
26.- Modifica la Carta Fundamental en el sentido de suspender el plazo que tiene el Presidente de la República para formular observaciones a los proyectos aprobados por el Congreso Nacional en el caso que indica (Boletín N° 10680-07)
27.- Modifica el Código del Trabajo en materia de permiso para exámenes preventivos de salud para reducir la edad del trabajador que tiene derecho al mismo (Boletín N° 10676-13)
28.- Modifica el Código del Trabajo para incorporar un permiso laboral en favor de los trabajadores que indica para la realización de actividades propias de su condición de dirigentes de organizaciones vecinales o comunitarias (Boletín N° 10675-13)
29.- Modifica el artículo 201 del Código del Trabajo en materia de fuero paternal. (Boletín N° 10596-13)
30.- Modifica el Código del Trabajo y otros textos legales, con el propósito de prohibir a las empresas del Estado dedicadas al transporte público de pasajeros la subcontratación de servicios de mantenimiento (Boletín N° 10508-13)
31.- Modifica el Código del Trabajo respecto de la regla referida a la nacionalidad de los trabajadores para excluir de su ámbito de aplicación al personal técnico especialista (Boletín N° 10359-13)
32.- Modifica el Código del Trabajo para extender permiso laboral en favor del trabajador a cargo de un adulto mayor que sufre enfermedad grave (Boletín N° 10299-13)
33.- Modifica el Código del Trabajo para incorporar a las y los modelos de pasarela y publicitarios en el estatuto contractual de los trabajadores de artes y espectáculos (Boletín N° 10266-13)
34.- Modifica el Código del Trabajo en materia de permiso por enfermedad grave del hijo menor de edad. (Boletín N° 10235-13)
35.- Confiere derechos a la mujer embarazada y al niño que está por nacer y establece un sistema de acompañamiento efectivo e integral a la maternidad. (Boletín N° 10220-11)
36.- Modifica el Código del Trabajo para determinar la forma de distribución y pago de propinas correspondientes a trabajadores que realizan atención de público, en los establecimientos que señala. (Boletín N° 10142-13)
37.- Modifica el Código del Trabajo extendiendo al padre el fuero laboral de la madre trabajadora. (Boletín N° 10067-13)
38.- Modifica el Código del Trabajo para otorgar permiso y fuero al trabajador en caso de fallecimiento de los parientes que indica y de estados de catástrofe o de emergencia. (Boletín N° 10004-13)
39.- Modifica el Código del Trabajo en materia de procedencia del derecho a sala cuna. (Boletín N° 9969-13)
40.- Modifica el Código del Trabajo con el objeto de establecer  un  procedimiento  previo  al  que  debe  someterse  el  empleador  en caso  de  despidos  colectivos. (Boletín N° 9886-13)
41.- Modifica el Código del Trabajo y la ley de Tránsito, en lo referente a las condiciones laborales de los auxiliares de los buses interurbanos. (Boletín N° 9881-13)
42.- Modifica el Código del Trabajo en el sentido de acotar la posibilidad de excluir de la limitación de la jornada ordinaria de trabajo a quienes se desempeñen en medios de comunicación social (Boletín N° 9752-13)
43.- Modifica el Código del Trabajo con el objeto de equiparar los derechos de las trabajadoras de casa particular con los del resto de los trabajadores en materia de indemnización por años de servicio. (Boletín N° 9751-13)
44.- Modifica Código del Trabajo en materia de protección del trabajador que se desempeña como pastor religioso o ministro de culto. (Boletín N° 9603-13)
45.- Modifica Código del Trabajo aumentando la indemnización por despido injustificado indebido o improcedente. (Boletín N° 9588-13)
46.- Modifica Código del Trabajo en materia de exigencia del pago de las cotizaciones previsionales para proceder al término del contrato de trabajo. (Boletín N° 9584-13)
47.- Modifica el Código del Trabajo con el fin de establecer medidas que aseguren el pago de las obligaciones que surjan de un procedimiento laboral. (Boletín N° 9270-13)
48.- Amplía la competencia de la jurisdicción laboral en materia de accidentes del trabajo o enfermedades profesionales y concilia el estatuto de responsabilidad extracontractual aplicable a las causas contenciosas derivadas del trabajo en régimen de subcontratación (Boletín N° 9180-13)
49.- Establece Incentivos al Trabajo de Cuidados Paliativos. (Boletín N° 7648-13)
50.- Modifica Código del Trabajo en materia de salud preventiva del trabajador. (Boletín N° 7647-13)
51.- Proyecto de ley que regula la situación laboral de los empaquetadores de supermercados. (Boletín N° 7604-13)
52.- Proyecto de ley sobre derechos de empaquetadores de supermercados u otros establecimientos comerciales. (Boletín N° 7592-13)
53.- Modifica Código del Trabajo estableciendo el contrato especial para trabajadores del comercio que se desempeñen como empaquetadores. (Boletín N° 7588-13)
54.- Modifica Art. 203 del Código del Trabajo ampliando el derecho a Sala Cuna para hombre y mujeres trabajadoras. (Boletín N° 7555-13)
55.- Modifica Código del Trabajo en materia de contrato especial de trabajo de los trabajadores de artes y espectáculos dotando de mayor eficacia la aplicación de las normas de dicho contrato. (Boletín N° 7258-13)
56.- Referido a la mediación previa en el procedimiento tutelar laboral en el caso del derecho a la vida de los trabajadores. (Boletín N° 7169-13)
57.- Modifica el Código del Trabajo en materia de permisos para el trabajador. (Boletín N° 7039-13)
58.- Posibilita a la empresa contratar niñera para la madre trabajadora. (Boletín N° 6985-13)
59.- Modifica postnatal de los padres adoptivos. (Boletín N° 6971-13)
60.- Crea banco de horas en el Código del Trabajo. (Boletín N° 6960-13)
61.- Establece fuero paternal a todo evento. (Boletín N° 6942-13)
62.- Modifica el numeral 6 del artículo 159 del Código del Trabajo (Boletín N° 6921-13)
63.- Elimina causal de despido motivada en fuerza mayor crea un procedimiento de suspensión temporal de la relación laboral y establece mecanismos de información previa a los despidos colectivos. (Boletín N° 6915-13)
64.- Precisa la causal de término del contrato de trabajo por caso fortuito o fuerza mayor. (Boletín N° 6885-13)
65.- Declara sin efecto despidos posteriores al 27 de febrero de 2010 y sujeta a la autorización judicial previa a aquellos efectuados en zonas de excepción constitucional. (Boletín N° 6865-13)
66.- Interpreta el artículo 159 número 6 del Código del Trabajo regulando la aplicación de la causal de caso fortuito o fuerza mayor. (Boletín N° 6864-13)
67.- Modifica el Código del Trabajo en materia de causales de despido. (Boletín N° 6863-13)
68.- Prohíbe condicionar la contratación de trabajadores a la existencia de antecedentes de carácter económico o financiero. (Boletín N° 6859-13)
69.- Modifica el Código del Trabajo en materia de compensación de feriados anuales no otorgados. (Boletín N° 6769-13)
70.- Permite al empleador realizar exámenes de drogas estupefacientes antes de la contratación de una persona (Boletín N° 6630-13)
71.- Estabilidad en el empleo. (Boletín N° 6588-13)
72.- Modifica el Código del Trabajo estableciendo la obligación de comunicar ante la Inspección los hechos concretos y documentos que motivan el despido de un trabajador. (Boletín N° 6546-13)
73.- Modifica el Código del Trabajo con el objeto de asegurar el ejercicio de los derechos de los trabajadores portuarios eventuales. (Boletín N° 6515-13)
74.- Agrega un nuevo inciso al Art. 4° del Código del Trabajo respecto de los efectos del cambio de razón social o giro de una empresa. (Boletín N° 6449-13)
75.- Modifica el Código del Trabajo en materia de prácticas antisindicales. (Boletín N° 6396-13)
76.- Modifica el Código del Trabajo con el objeto que se haga extensivo a los dirigentes y delegados de clubes deportivos de las empresas que indica los permisos a que tienen derecho lod directores sindicales. (Boletín N° 6364-13)
77.- Establece multa en caso de aplicación ilegítima y temeraria del N° 7 del artículo 160 del Código del Trabajo. (Boletín N° 6279-13)
78.- Modifica el Código del Trabajo estableciendo permisos laborales para las celebraciones escolares de sentido familiar. (Boletín N° 6250-13)
79.- Modifica el Código del Trabajo para fomentar la participación de los padres en el proceso educativo de sus hijos. (Boletín N° 6241-13)
80.- Protege al funcionario de las empresas del Estado que denuncia irregularidades y faltas al principio de probidad. (Boletín N° 6213-13)
81.- Propone modificación al texto sobre acoso laboral. (Boletín N° 6212-13)
82.- Modifica el Código del Trabajo con el objeto de otorgar permiso laboral por muerte de conviviente. (Boletín N° 6173-13)
83.- Modifica el artículo 66 del Código del Trabajo en orden de ampliar plazo de permisos en caso de fallecimiento de hijos en periodo de gestación y de los padres del trabajador. (Boletín N° 6172-13)
84.- Modifica el Código del Trabajo con el objeto de establecer el fuero paternal. (Boletín N° 6167-13)
85.- Modifica el Código del Trabajo en materia de discriminación laboral. (Boletín N° 6093-13)
86.- Modifica el artículo 384 del Código del Trabajo permitiendo que el Congreso Nacional tome conocimiento de aquellas personas o entidades que no pueden paralizar sus funciones. (Boletín N° 6051-13)
87.- Establece régimen para empaquetadores de supermercado. (Boletín N° 5983-13)
88.- Establece sanciones al reemplazo de trabajadores en huelga. (Boletín N° 5908-13)
89.- Amplía expresamente la aplicación de las normas sobre protección de la maternidad en la administración del Estado y órganos autónomos. (Boletín N° 5905-13)
90.- Modifica el Código del Trabajo en lo relativo a los plazos de escrituración de los contratos de trabajo. (Boletín N° 5858-13)
91.- Extiende el permiso para ausentarse del trabajo cuando la enfermedad sufrida por el hijo sea cáncer. (Boletín N° 5857-13)
92.- Establece fuero laboral para los trabajadores que presten testimonio ante comisiones investigadoras de la Cámara de Diputados. (Boletín N° 5833-13)
93.- Modifica el Código del Trabajo en materia de protección a la maternidad. (Boletín N° 5817-13)
94.- Amplía fuero maternal contemplado en el artículo 201 del Código del Trabajo en caso de mortinato. (Boletín N° 5712-13)
95.- Regula el horario de colación con el objeto de evitar los abusos provocados por las ventas nocturnas. (Boletín N° 5711-13)
96.- Modifica el Código del Trabajo para regular la formación y afiliación a los sindicatos de trabajadores independientes de pescadores artesanales. (Boletín N° 5686-13)
97.- Modifica el Código del Trabajo estableciendo obligaciones para el empleador de trabajadores que se desempeñan a bordo de naves pesqueras. (Boletín N° 5604-13)
98.- Modifica el Código del Trabajo con el fin de establecer el derecho a un permiso para ausentarse del trabajo en caso de enfermedad o accidente grave del cónyuge del trabajador. (Boletín N° 5591-13)
99.- Modifica el Código del Trabajo para establecer medidas de protección en favor de los trabajadores que se desempeñan en la vía pública. (Boletín N° 5517-13)
100.- Modifica el Código del Trabajo prohibiendo la subcontratación y el suministro de trabajadores para realizar faenas peligrosas para la salud. (Boletín N° 5448-13)
101.- Modifica el Código del Trabajo con el fin de establecer una multa para el caso de contravención de la jornada laboral legal o pactada. (Boletín N° 5313-13)
102.- Modifica el Código del Trabajo prohibiendo difundir a entidades ajenas a la empresa en que se desempeña un trabajador su afiliación sindical o participación en actividades en defensa de sus derechos laborales. (Boletín N° 5296-13)
103.- Modifica el Código del Trabajo con el fin de facultar a los Juzgados de Letras del Trabajo para decretar el arresto de los empleadores que infrinjan las normas que se indican. (Boletín N° 5240-13)
104.- Modifica el Código del Trabajo regulando el fuero sindical e impide el uso fraudulento del mismo. (Boletín N° 4898-13)
105.- Establece obligatoriedad del descanso dominical con las excepciones que indica. (Boletín N° 4833-13)
106.- Modifica el Código del Trabajo regulando el contrato de teletrabajo. (Boletín N° 4712-13)
107.- Modifica el Código del Trabajo en lo relativo a los choferes de vehículos de carga terrestre. (Boletín N° 4651-13)
108.- Establece el fuero paternal (Boletín N° 4465-13)
109.- Otorga permiso laboral por muerte de padre o madre y aumenta el permiso por nacimiento o muerte del hijo o del cónyuge. (Boletín N° 4082-13)
110.- Sanciona el maltrato laboral. (Boletín N° 4081-13)
111.- Modifica el Código del Trabajo en materia de jornada de los choferes de carga terrestre interurbana. (Boletín N° 3833-13)
112.- Iniciativas de fomento del empleo y la productividad (Boletín N° 3381-13)

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