Ley Chile - Biblioteca del Congreso Nacional Ley Chile
  • Ingresar
  • Registrarse

¿No está registrado? Regístrese

¿Olvidó su Contraseña?

¿Ya tiene una cuenta? Ingrese

BCN
  • icono
Portada
Selección
Contacto
Búsqueda avanzada
Portada
Selección
Contacto
Cerrar Navegar Norma Cerrar
Portada
Decreto 272 EXENTO

Navegar Norma

Decreto 272 EXENTO

  • Encabezado
  • Artículo
  • Promulgación

Decreto 272 EXENTO REAJUSTA EN UN 1,4% LAS TASAS FIJAS DE IMPUESTOS CONTENIDAS EN EL DECRETO LEY Nº 3.475, DE 1980

MINISTERIO DE HACIENDA

Decreto 272 EXENTO

Seleccione las notificaciones a registrar


Promulgación: 28-MAY-2003

Publicación: 18-JUN-2003

Versión: Única - 18-JUN-2003

MODIFICACION
  • Texto
  • Versiones
Escuchar
REAJUSTA EN UN 1,4% LAS TASAS FIJAS DE IMPUESTOS CONTENIDAS EN EL DECRETO LEY Nº3.475, DE 1980
    Núm. 272 exento.- Santiago, 28 de mayo de 2003.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 30º y 31º del decreto ley Nº 3.475, de 4 de septiembre de 1980, sobre Impuesto de Timbres y Estampillas, el Nº12, del numeral VI "Ministerio de Hacienda", del artículo 1º, del D.S.
Nº19, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, de 2001; la resolución Nº520, de la Contraloría General de la República, de 1996, y
    Considerando:

    1.- Que el inciso 1º del artículo 30º del decreto ley Nº3.475, de 1980, faculta para que mediante la dictación de un decreto supremo se reajusten semestralmente las tasas fijas establecidas en dicho decreto ley, en hasta un 100% de la variación que experimente el Indice de Precios al Consumidor entre el 1º de noviembre y el 30 de abril y entre el 1º de mayo y el 31 de octubre, con vigencia a contar del 1º de julio y el 1º de enero del año que corresponda, respectivamente.
    2.- Que en el período comprendido entre el 1º de noviembre de 2002 y el 30 de abril de 2003, el Indice de Precios al Consumidor llevado por el Instituto Nacional de Estadísticas registra un aumento de 1,4%.

    D e c r e t o:


    Reajústense en un 1,4% las tasas fijas de impuestos contenidas en el decreto ley Nº3.475, de 1980, y fíjase su monto de acuerdo con lo previsto en sus artículos 30º y 31º, en las cantidades que a continuación se indican:

Tasas Fijas                        Tasa      Tasa
Decreto Ley Nº3.475              Anterior  Nueva

Artículo 1º, Nº 1    Inciso 1º    $ 136    $ 138
                      Inciso 3º  $ 2.267  $ 2.299
Artículo 4º                      $ 2.267  $ 2.299

    El presente decreto regirá a contar del 1º de julio de 2003.

    Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Nicolás Eyzaguirre Guzmán, Ministro de Hacienda.

    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., María Eugenia Wagner Brizzi, Subsecretaria de Hacienda.

Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Única
De 18-JUN-2003
18-JUN-2003

Comparando Decreto 272 EXENTO |

Loading...

Enlace a la parte

Acortar

Resultado de búsqueda para :

Término encontrado en la siguiente parte.
Sin resultados

Detalles Partes

Escuchar

Metadatos internos

Síguenos en:
Cuenta de X de la Biblioteca del Congreso Nacional Facebook Biblioteca del Congreso Nacional Cuenta de Instagram de la Biblioteca del Congreso Nacional Cuenta de Flickr de la Biblioteca del Congreso Nacional Cuenta de Tiktok de la Biblioteca del Congreso Nacional Canal de Youtube de Biblioteca del Congreso Nacional
Políticas de privacidad Mapa del sitio Ubicación horarios y teléfonos
logo ISO-9001 logo IQNET
Creative Commons

Alternativas para descargar

  1. Descarga con Firma Electrónica Avanzada (FEA)

    - Esta opción garantiza la autenticidad e integridad del documento mediante una firma electrónica avanzada.
    - El proceso puede tardar unos momentos, ya que el documento se firma digitalmente en línea de forma automática. Le pedimos paciencia mientras se completa la operación.
  2. Descarga sin firma

    - Puede descargar el documento inmediatamente, pero sin firma electrónica avanzada.
    - Esta opción es más rápida, pero no incluye elementos de validación digital.
    Descargar ahora sin firma

Informamos a nuestros usuarios que, por inconvenientes técnicos que afectan temporalmente al Diario Oficial, las normas que deberían ser publicadas en nuestro sistema Ley Chile hoy 4 de marzo de 2025, no se encontrarán disponibles por el momento. Para su tranquilidad, Ley Chile se mantiene disponible y actualizado hasta el día de ayer.