Decreto 69 EXENTO
Decreto 69 EXENTO REAJUSTA MONTO DE LAS MULTAS EXPRESADAS EN PESOS ESTABLECIDAS EN LA LEY Nº 18.290 Y SUS MODIFICACIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
REAJUSTA MONTO DE LAS MULTAS EXPRESADAS EN PESOS ESTABLECIDAS EN LA LEY Nº 18.290 Y SUS MODIFICACIONES
Santiago, 27 de enero de 2004.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 69 exento.- Vistos: estos antecedentes, lo dispuesto en el decreto exento de Justicia Nº 139, de 2003; en el artículo 209 de la ley Nº 18.290 y sus modificaciones; en los artículos 32 Nº 8 y 35 de la Constitución Política de la República, la resolución Nº 520 de la Contraloría General de la República, y la facultad conferida en el decreto supremo Nº 19, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, de fecha 22 de enero de 2001, y
Considerando: Que de conformidad a la información oficial proporcionada por el Instituto Nacional de Estadísticas, la variación experimentada por el Indice de Precios al Consumidor en el período comprendido entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2003, alcanzó al 1,1%.
Decreto:
Artículo único: Reajústase, a contar del 1º de enero de 2004, en 1,1% las multas expresadas en pesos a que se refieren los artículos 102, 196 D, 201 y 209 bis de la ley Nº 18.290, fijándose su monto en las cantidades que a continuación se indican:
Monto Anterior Monto Nuevo
1.- Artículo 102 248.800.- 252.500.-
499.600.- 505.100.-
2.- Artículo 196 D 29.600.- 29.900.-
118.200.- 119.500.-
3.- Artículo 201 Nº 1 37.300.- 37.700.-
(inciso 1º) 30.600.- 30.900.-
Nº 2º
Nº 3 23.300.- 23.600.-
Nº 4 7.800.- 7.900.-
(inciso 2º) 148.800.- 150.400.-
1.483.400.- 1.499.700.-
3.- Artículo 209 bis 249.800.- 252.500.-
125.400.- 126.800.-
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 04-FEB-2004
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04-FEB-2004 |
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