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Decreto 23

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Decreto 23 DECLARA A LA CUECA DANZA NACIONAL DE CHILE

MINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO

Decreto 23

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Promulgación: 18-SEP-1979

Publicación: 06-NOV-1979

Versión: Única - 06-NOV-1979

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DECLARA A LA CUECA DANZA NACIONAL DE CHILE

    Núm. 23.- Santiago, 18 de Septiembre de 1979.- Vistos: Lo dispuesto en los decretos leyes Nºs. 1 y 128, de 1973, y 527, de 1974, y

    Considerando:

    1º.- Que la cueca constituye en cuanto a música y danza la más genuina expresión del alma nacional.
    2º.- Que en sus letras alberga la picardía propia del ingenio popular chileno, así como también acoge el entusiasmo y la melancolía;
    3º.- Que se ha identificado con el pueblo chileno desde los albores de la Independencia y celebrado con él sus gestas más gloriosas, y
    4º.- Que la multiplicidad de sentimientos que en ella se conjugan reflejan, no obstante la variedad de danzas, con mayor propiedad que ninguna otra el ser nacional en una expresión de auténtica unidad.

    Decreto:

    Artículo 1º.- Declárase a la cueca danza nacional de Chile.

    Artículo 2º.- El Estado fomentará, a través de los diversos organismos e instituciones del sector cultural, la enseñanza, divulgación, promoción e investigación de sus valores musicales y coreográficos. Corresponderá al Ministerio Secretaría General de Gobierno, a través de su Secretaría de Relaciones Culturales, velar por el cumplimiento de esta norma.

    Artículo 3º.- El Ministerio de Educación Pública organizará, anualmente, en el mes de Septiembre, un concurso nacional de cueca para alumnos de enseñanza básica y  media, cuya organización corresponderá a las respectivas Areas de Cultura de las Secretarías Regionales Ministeriales.

    Tómese razón, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Gonzalo Vial Correa, Ministro de Educación Pública.- Julio Fernández Atienza, General de Brigada, Ministro Secretario General de Gobierno.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Jovino Novoa Vásquez, Subsecretario General de Gobierno.
Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Única
De 06-NOV-1979
06-NOV-1979

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