Ley 1479
Ley 1479 QUE FIJA LOS DIAS FERIADOS PARA LA CAJA DE CREDITO HIPOTECARIO I PARA LOS BANCOS
MINISTERIO DE HACIENDA
Promulgación: 16-SEP-1901
Publicación: 16-SEP-1901
Versión: Única - 16-SEP-1901
Que fija los dias feriados para la Caja de Crédito Hipotecario i para los Bancos
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
ARTICULO PRIMERO. La Caja de Crédito Hipotecario i los Bancos podrán cerrar sus oficinas:
a) El Lunes, Mártes i Miércoles de Ceniza;
b) El Jueves, Viérnes i Sábado de la Semana Santa;
c) Los dias 18, 19 i 20 de Setiembre; i
d) El dia 1.° de Julio de cada año.
ART. 2.° Las obligaciones que vencieren en tales dias se rejirán, para su pago, por lo dispuesto en el artículo 111 del Código de Comercio.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 16-SEP-1901
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16-SEP-1901 |
Comparando Ley 1479 |
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