Ley 19991
Ley 19991 MODIFICA EL SISTEMA DE TURNOS EN CORTES DE APELACIONES DURANTE EL FERIADO JUDICIAL
MINISTERIO DE JUSTICIA
Promulgación: 16-DIC-2004
Publicación: 24-DIC-2004
Versión: Única - 24-DIC-2004
Materias: Feriado Judicial, Sistema de Turnos en Cortes de Apelaciones Durante Feriado Judicial, Ley no. 19.991
MODIFICA EL SISTEMA DE TURNOS EN CORTES DE APELACIONES DURANTE EL FERIADO JUDICIAL
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único.- Introdúcese, en el artículo 315 del Código Orgánico de Tribunales, el siguiente inciso tercero, nuevo, pasando el actual inciso tercero a ser inciso cuarto:
"Con todo, el pleno de cada Corte de Apelaciones podrá acordar el funcionamiento de más salas durante el feriado de vacaciones, por razones de buen servicio.".".
Habiéndose cumplido con lo establecido en el Nº 1º del artículo 82 de la Constitución Política de la República y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 16 de diciembre de 2004.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- Luis Bates Hidalgo, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Jaime Arellano Quintana, Subsecretario de Justicia.
Tribunal Constitucional
Proyecto de ley sobre el funcionamiento de más salas en las Cortes de Apelaciones durante el feriado judicial
El Secretario del Tribunal Constitucional, quien suscribe, certifica que el Honorable Senado envió el proyecto de ley enunciado en el rubro, aprobado por el Congreso Nacional, a fin de que este Tribunal ejerciera el control de su constitucionalidad, y por sentencia de 7 de diciembre de 2004, dictada en los autos Rol Nº 431, declaró que el artículo único del proyecto remitido es constitucional.
Santiago, diciembre 9 de 2004.- Rafael Larraín Cruz, Secretario.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 24-DIC-2004
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24-DIC-2004 |
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