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Ley 20022
- Encabezado
- TITULO I De los Juzgados de Letras del Trabajo
- TITULO II De los Juzgados de Cobranza Laboral y Previsional
- TITULO III Modificaciones al Código Orgánico de Tribunales
- TITULO IV Modificaciones en el Código del Trabajo
- TITULO V Disposiciones Generales
- Disposiciones Transitorias
- Promulgación
- Anexo TRIBUNAL CONSTITUCIONAL - PROYECTO DE LEY QUE CREA JUZGADOS LABORALES Y JUZGADOS DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL EN LAS COMUNAS QUE INDICA
Ley 20022 CREA JUZGADOS LABORALES Y JUZGADOS DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL EN LAS COMUNAS QUE INDICA
MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL; SUBSECRETARÍA DEL TRABAJO
Promulgación: 16-MAY-2005
Publicación: 30-MAY-2005
Versión: Intermedio - de 15-SEP-2008 a 28-ABR-2010
Última modificación: 15-SEP-2008 - Ley 20286
Materias: Tribunales del Trabajo, Juzgados de Cobranza Laboral y Previsional, Ley no. 20.022
Art. 1 Nº 1 a)
D.O. 15.02.2008
Art. 1º Nº 1 b)
D.O. 15.02.2008; y Calama, con dos jueces, con competencia sobre las comunas de la provincia de El Loa;
Art. 1º Nº 1 c)
D.O. 15.02.2008s comunas de Copiapó y Tierra Amarilla;
Art. 1º Nº 1 d)
D.O. 15.02.2008re las comunas de Coquimbo, La Serena y La Higuera;
Art. 1º Nº 1 e)
D.O. 15.02.2008cia sobre las comunas de San Felipe, Catemu, Santa María, Panquehue y Llay Llay;
Art. 1º Nº 1 f)
D.O. 15.02.2008bre las comunas de Rancagua, Graneros, Mostazal, Codegua, Machalí, Coltauco, Doñihue, Coínco y Olivar;
Art. 1º Nº 1 g)
D.O. 15.02.2008las comunas de Curicó, Teno, Romeral y Rauco; y
Art. 1º Nº 1 h)
D.O. 15.02.2008bre las comunas de Chillán, Pinto, Coihueco y Chillán Viejo; Concepción, con tres jueces, con competencia sobre las comunas de Concepción, Penco, Hualqui, San Pedro de la Paz, Chiguayante, Talcahuano y Hualpén; y Los Ángeles, con dos jueces, con competencia en las comunas de Los Ángeles, Quilleco y Antuco;
Art. 1º Nº 1 i)
D.O. 15.02.2008bre las comunas de Temuco, Vilcún, Melipeuco, Cunco, Freire y Padre Las Casas;
Art. 10 Nº 1 a)
D.O. 05.04.2007
LEY 20252
Art. 1º Nº 1 j)
D.O. 15.02.2008os:
Art. 1º Nº 1 k)
D.O. 15.02.2008rlos Ibáñez del Campo: Coyhaique, con un juez con competencia sobre la misma comuna;
Art. 1º Nº 1 l)
D.O. 15.02.2008os:
Art. 1º Nº 1 m)
D.O. 15.02.2008ta:
El Artículo 13 de la LEY 20174, publicada el 05.04.2007, dispuso que las modificaciones introducidas en el presente artículo rigen a contar de 180 días después de su publicación.
El Artículo 13 de la LEY 20175, publicada el 11.04.2007, dispuso que las modificaciones introducidas en el presente artículo rigen a contar de 180 días después de su publicación.
Art. 1º Nº 2
D.O. 15.02.2008 que se crean en esta ley tendrán la siguiente planta de personal, de acuerdo al número de jueces que los conformen:
Art. 8º Nº 1
D.O. 15.09.2008 jefes, cuatro administrativos 1º, cuatro administrativos 2º, un administrativo 3º y cuatro auxiliares.
Art. 8º Nº 2
D.O. 15.09.2008 administrativos 2º, seis administrativos 3º y ocho auxiliares.
Art. 1º Nº 3 a)
D.O. 15.02.2008 Trabajo de asiento de Corte, grado IX del Escalafón Superior del Poder Judicial.
Art. 1º Nº 3 b)
D.O. 15.02.2008 Trabajo de asiento de Corte, grado XVI del Escalafón de Empleados del Poder Judicial.
Art. 1º Nº 4
D.O. 15.02.2008 del Trabajo, con competencia en territorios jurisdiccionales en que no tenga competencia un Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional, existirá también una Unidad de Cumplimiento, que desarrollará las gestiones necesarias para la adecuada y cabal ejecución de las resoluciones judiciales y demás títulos ejecutivos de competencia de estos tribunales.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Última Versión
De 08-JUL-2019
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08-JUL-2019 |
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08-FEB-2011 | 05-NOV-2015 | ||
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29-ABR-2010 | 07-FEB-2011 | ||
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15-SEP-2008 | 28-ABR-2010 | ||
Intermedio
De 15-FEB-2008
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15-FEB-2008 | 14-SEP-2008 | ||
Intermedio
De 11-ABR-2007
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11-ABR-2007 | 14-FEB-2008 | ||
Intermedio
De 05-ABR-2007
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05-ABR-2007 | 10-ABR-2007 | ||
Intermedio
De 14-FEB-2007
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14-FEB-2007 | 04-ABR-2007 | ||
Texto Original
De 30-MAY-2005
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30-MAY-2005 | 13-FEB-2007 |
Historias de la ley modificatorias
Preguntas y respuestas, audios, fichas y material anexo, que aclaran en lenguaje sencillo, los principales contenidos de esta norma, o parte de ella, y tienen impacto en la ciudadanía y su quehacer cotidiano.
1.- Tribunales Laborales
Acceso a trámites, servicios y beneficios ofrecidos por el Gobierno de Chile asociados a esta norma . Fuente: Chile Atiende