Decreto 1
Decreto 1 PRORROGA PARA EL AÑO 2005 LA VIGENCIA DEL DECRETO Nº 313, DE 1997
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
PRORROGA PARA EL AÑO 2005 LA VIGENCIA DEL DECRETO Nº 313, DE 1997
Núm. 1.- Santiago, 4 de enero de 2005.- Vistos: El artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política del Estado; la ley Nº 19.986 sobre presupuesto del sector público para el año 2005; lo dispuesto en los artículos 32, 35, 36 y 37 del DFL 33, de 1979, del Ministerio de Relaciones Exteriores; los decretos Nºs 668, de 1995;
1.912, de 1996; 313, de 1997; 427 y 2.227, de 1998; 395, de 2000; 419, 586, de 2001; 342, de 2002, y 3, de 2004, todos de esta Secretaría de Estado, y la resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República. Considerando: La necesidad de hacer operativo para el año 2005 el factor de escolaridad a que alude la glosa Nº 2 letra f) del Presupuesto de Gastos para la Secretaría y Administración General y Servicio Exterior de esta Secretaría de Estado.
Decreto:
1. Prorrógase para el año 2005 la vigencia del decreto Nº 313, de 1997, modificado por decreto Nº 03, de 2004, que estableció un factor adicional de incremento basado en indicadores de escolaridad, para el personal del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Regístrese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- Ignacio Walker Prieto, Ministro de Relaciones Exteriores.- Nicolás Eyzaguirre Guzmán, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a US., para su conocimiento.- Oscar Fuentes Lazo, Embajador, Director General Administrativo.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 16-FEB-2006
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16-FEB-2006 |
Comparando Decreto 1 |
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