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Decreto 237

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Decreto 237

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Decreto 237 MODIFICA DECRETO Nº 47, DE 1992, ORDENANZA GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCIONES EN RELACION A VIVIENDAS SOCIALES

MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO

Decreto 237

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Promulgación: 29-SEP-2006

Publicación: 08-FEB-2007

Versión: Única - 08-FEB-2007

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MODIFICA DECRETO Nº 47, DE 1992, ORDENANZA GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCIONES EN RELACION A VIVIENDAS SOCIALES

    Santiago, 29 de septiembre de 2006.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm 237.- Visto: El D.F.L. Nº 458 (V. y U.), de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones; el D.L.
Nº 1.305, de 1975; la ley Nº 16.391, en especial lo dispuesto en su artículo 21 inciso cuarto, y las facultades que me confiere el artículo 32 número 6º de la Constitución Política de la República de Chile,
    Decreto:

    Artículo único: Modifícase la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, cuyo texto fue fijado por D.S. Nº 47 (V. y U.), de 1992, en la siguiente forma:

    1.- Agrégase el siguiente inciso segundo al artículo 6.2.4.:
    "Asimismo, en áreas urbanas los predios con una vivienda social podrán subdividirse o contemplar la construcción de otras viviendas sociales, sin que les sean aplicables las normas de instrumentos de planificación territorial respectivos, siempre que los sitios resultantes no sean inferiores a lo establecido en el inciso tercero del artículo 6.2.5. y que las edificaciones cumplan con las rasantes y distanciamientos que establece esta Ordenanza hacia los predios vecinos.".

    2.- Reemplázase en el inciso primero del artículo 6.2.9. la expresión "lotes provenientes de Operaciones Sitio, que hayan sido construidas o urbanizados respectivamente, por los antecesores legales de los Servicios de Vivienda y Urbanización y cuya superficie" por la siguiente: "lotes provenientes de Operaciones Sitio que hayan sido urbanizados por los antecesores legales de los Servicios de Vivienda y Urbanización, cuya superficie".

    Por razones de urgencia, la Contraloría General de la República se servirá tomar razón del presente decreto en el plazo de cinco días.

    Anótese, tómese razón y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Patricia Poblete Bennett, Ministra de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Héctor López Alvarado, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo Subrogante.

Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Única
De 08-FEB-2007
08-FEB-2007

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