Ley 17897
Ley 17897 PONE A DISPOSICION DE LA MUNICIPALIDAD DE FLORIDA LA CANTIDAD QUE INDICA PARA LOS FINES QUE SEÑALA
MINISTERIO DEL INTERIOR
PONE A DISPOSICION DE LA MUNICIPALIDAD DE FLORIDA LA CANTIDAD QUE INDICA PARA LOS FINES QUE SEÑALA Por cuanto el H. Congreso Nacional ha dado su
"Artículo 1°- El Presidente de la República pondrá a disposición de la Municipalidad de Florida, provincia de Concepción, la suma de un millón de escudos para ejecutar las siguientes obras:
1.- Construcción de un mercado municipal, E° 240.000,-; 2.- Construcción de un matadero municipal, E° 240.000,-;
3.- Colocación de pastelones y soleras en las veredas, E° 220.000,-;
4.- Construcción de una piscina municipal, E° 80.000.-, y
5.- Ampliación de la red de alumbrado público, E° 220.000,-.
El gasto que demande el cumplimiento de esta ley se imputará al 70% que se produzca en la cuenta especial F48, de acuerdo con las normas del artículo 244 de la ley N° 16.617, modificado por el artículo 15 de la ley N° 16.773.
Artículo 2°- Con el acuerdo de los dos tercios de los Regidores en ejercicio podrá alterarse la distribución de los fondos indicada en el artículo precedente o destinarse a la ejecución de obras distintas de las que en él se señalan.".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, treinta y uno de Enero de mil novecientos setenta y tres.- SALVADOR ALLENDE GOSSENS.- Carlos Prats G. Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud.- Daniel Vergara Bustos, Subsecretario del Interior.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 17-FEB-1973
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17-FEB-1973 |
Comparando Ley 17897 |
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