Decreto 30
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Decreto 30 APRUEBA EL PLAN INTERCOMUNAL Y LA ORDENANZA DE VALPARAISO
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS; SUBSECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Promulgación: 12-ENE-1965
Publicación: 01-MAR-1965
Versión: Texto Original - de 01-MAR-1965 a 21-MAR-1995
APRUEBA EL PLAN INTERCOMUNAL Y LA ORDENANZA DE
VALPARAISO
Santiago, 12 de Enero de 1965.S.E. decretó hoy lo que sigue:
Núm. 30-. Vistos estos antecedentes, lo acordado por la H. Junta de Planeamiento y Coordinación de Obras Públicas en sesión de 21 de Septiembre de 1964, lo dispuesto en el artículo 90 de la Ley General de Construcciones y Urbanización, cuyo texto definitivo fue fijado por decreto N.o 880, de 18 de Abril de 1964, y el oficio N.o 34, de 6 de Enero del presente año, de la Dirección de Planeamiento,
Decreto:
NOTA:
El Plan Intercomunal y la Ordenanza de Valparaíso, presentan diversas modificaciones, las que por restricciones técnicas temporales no se han incorporado en su totalidad al texto original, imposibilitando su actualización.
El Plan Intercomunal y la Ordenanza de Valparaíso, presentan diversas modificaciones, las que por restricciones técnicas temporales no se han incorporado en su totalidad al texto original, imposibilitando su actualización.
Apruébase el Plan Intercomunal y la Ordenanza de Valparaíso, que corresponde las comunas de Valparaíso, Viña del Mar, Quilpué, Villa Alemana, Quintero y Puchuncaví
ORDENANZA DEL PLAN INTERCOMUNAL DE VALPARAISO
TITULO I
Disposiciones Generales.
Artículo 1.- APLICACION DEL PLAN INTERCOMUNAL.- La aplicación del Plan Intercomunal se rige por la presente Ordenanza, la que se complementa con las disposiciones pertinentes de la Ley General de Construcciones y Urbanización (D.F.L. 224 cuyo texto refundido fue aprobado por decreto N.o 880 del 16-V-63) y de la Ordenanza General de Construcciones y Urbanización.
El Art. 90 del D.F.L. 224 en su inciso 4º establece: "Cuando los trazados de los Planes Reguladores Intercomunales, aprobados por el Supremo Gobierno sea que se refieran a vialidad, zonificación, límites urbanos, etc., constituyan alteraciones de los trazados contenidos en los Planes Reguladores Comunales, aquellos quedarán automáticamente incorporados a éstos en los sectores afectados. En las comunas que carezcan de Plan Regulador tendrán el efecto de tales los trazados del Plan Regulador Intercomunal, sin perjuicio de lo establecido en la letra a) del Art. 94."
Artículo 2.- LOS DOCUMENTOS QUE COMPRENDEN EL PLAN INTERCOMUNAL son: EL PLANO Y LA ORDENANZA, los que constituyen documentos de aprobación oficial, suficientes para su aplicación.
Artículo 3.- La finalidad del Plan Regulador Intercomunal de Valparaíso es regular el desarrollo físico de la intercomuna; para lo cual se reglamentan las siguientes materias:
- División del Area Intercomunal
- Zonificación
- Disposiciones especiales para el uso,
conservación, renovación y crecimiento de la
estructura.
Artículo 3a.- Se declaran de utilidad pública de acuerdo al Art. 100 de la Ley General de Construcciones, los terrenos necesarios para la formación de las áreas de uso público tales como las áreas verdes y trazados de Vialidad consultados en el Plan Intercomunal.
ORDENANZA PLAN REGULADOR INTERCOMUNAL DE VALPARAISO
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
TITULO II
DIVISION DEL AREA INTERCOMUNAL
TITULO III
ZONIFICACION DEL AREA INTERCOMUNAL
1.- Vialidad y transporte
2.- Industrias
3.- Areas Verdes y Esparcimiento
4.- Areas de Reserva
5.- Habitación
TITULO IV
STANDARDS Y MEDIDAS DE APLICACION DEL PLAN INTERCOMUNAL
1.- Densidades
2.- Margen Volumétrico
3.- Distanciamientos
4.- Estacionamientos
TITULO V
CRECIMIENTO Y DESARROLLO URBANO
1.- Conservación urbana
2.- Renovación urbana
3.- Extensión urbana
4.- Unidades vecinales
TITULO VI
DISPOSICIONES GEO-TECNICAS
TITULO II
División del Area Intercomunal
Artículo 4.- LIMITES son las líneas señaladas en el Plano Intercomunal de Valparaíso, que encierran las distintas áreas, sectores y zonas correspondientes de la Intercomuna.
Artículo 5.- EL AREA METROPOLITANA DE VALPARAISO, se encuentra encerrada entre el límite sub-urbano y el mar, y está constituído por áreas pertenecientes a las comunas de Valparaíso, Viña del Mar, Quilpué y Villa Alemana.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Última Versión
De 02-ABR-2014
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20-NOV-1998 | 13-JUN-1999 | ||
Texto Original
De 01-MAR-1965
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