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Resolucion 1860

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Resolucion 1860

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Esta norma ha sido derogada el 13-AGO-1998,El texto de esta versión no se encuentra vigente
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Resolucion 1860 NOMINA DE ARMADORES INDUSTRIALES Y EMBARCACIONES HABILITADOS PARA REALIZAR ACTVIDADES PESQUERAS EN LA UNIDAD DE PESQUERIA DE JUREL DEL ARTICULO 1º LETRA D) DEL DECRETO Nº 354, DE 1993, Y DEJA SIN EFECTO RESOLUCIONES QUE SEÑALA

MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y RECONSTRUCCIÓN; SUBSECRETARÍA DE PESCA

Resolucion 1860

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Derogado

Promulgación: 31-DIC-1997

Publicación: 24-ENE-1998

Versión: Texto Original - de 24-ENE-1998 a 12-AGO-1998

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NOMINA DE ARMADORES INDUSTRIALES Y EMBARCACIONES HABILITADOS PARA REALIZAR ACTVIDADES PESQUERAS EN LA UNIDAD DE PESQUERIA DE JUREL DEL ARTICULO 1º LETRA D) DEL DECRETO Nº 354, DE 1993, Y  DEJA SIN EFECTO RESOLUCIONES QUE SEÑALA

    Núm. 1.860.- Valparaíso, 31 de diciembre de 1997.- Visto: Lo informado por la División de Desarrollo Pesquero de esta Subsecretaría en Memorándum Nº 629 del 31 de diciembre de 1997; lo dispuesto en el D.F.L. Nº 5, de 1983; el D.S. Nº 354, de 1993, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el artículo 22 del D.S. Nº 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fijó el texto refundido de la Ley 18.892 sobre Pesca y Acuicultura; las Resoluciones Nº 902 y Nº 1.465, ambas de 1997, de esta Subsecretaría.

    R e s u e l v o :

    1.- De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 22 del D.S. Nº 430 de 1991, en relación con el artículo 1º, letra d) del D.S. Nº 354, de 1993, ambos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, la nómina de armadores y embarcaciones que cumplen con los requisitos legales para operar en la unidad de pesquería de Jurel Trachurus murphyi, declarado en estado de plena explotación y sometido a dicho régimen de administración, en el litoral comprendido entre la V y IX Regiones, en el área señalada en sus respectivas autorizaciones, al 30 de junio de 1997, es la siguiente:

Pesquera Al Mar S.A.: Veabas;
Pesquera Albatros S.A.: Don Pedro;
Alimentos Marinos S.A.: Alcántara, Alcones, Alimar IX, Arequipa 7, Junin, Loa 3, Ogri, Paniahue, Panilonco, Querelema, Quilpolemu, Ranquilhue, Santa Irene, Seiko, Vichuquén II;
Pesquera Araucanía S.A.: Hakon, Tucano;
José Miguel Aránguiz González: Nautilius;
Industrial Comercial e Inmobiliaria Aries S.A.: La Niña I;
Pesquera Atitlán S.A.: Don Roberto I;
Pesquera Auro S.A.: Albimer;
Pesquera Bahía Coronel S.A.: María Ignacia II; Pesquera Bío Bío S.A.: Duqueco, Galletué, Gardar, Loa 24, Pehuenco; Oceanic II, Lascar.
Cía. Pesquera Camanchaca S.A.: Ana Cristina, Bodanes, Bucanero I, Corsario I, Esturión, Jasper Sea, Jon Finnsson, Kings Bay, Maihue I, Polarstrom, Ralún, Teigenes, Vikingo, Yagan;
Pesquera Cantábrico S.A.: Maracaibo II, Maresma; Pesquera Cazador S.A.: N.N. (R: 1434/97), N.N. (R: 1320/97), Gustavo I, Vestliner;
Pesquera Chivilingo S.A.: Chivilingo 1;
Cidef S.A.: Pablo;
Pesquera Cojinova S.A.: Libas;
Pesquera Colomba S.A.: Colomba III, Colomba IV; Sociedad Pesquera Coloso S.A.: Alerce, Aventurero, Bandurria, Huracán, Raulí, Trueno I;
Pesquera Confish S.A.: Balder, Loa 11, Nordbas; Pesquera Coronel S.A.: Antarctic, Don Telésforo, Remoy Viking, Don Fernando, Don Jorge, Don Nordlund; Antonio Da Venezia Retamales: Tío Gringo;
Pesquera Del Cabo S.A.: Haugagut;
Pesquera Del Norte S.A.: Karibib, Marpro I;
Pesquera El Golfo S.A.: Bronco, Claudia Alejandra, Cobra, Fox, Lonconao, Mack, Queilén;
Empresa Nacional de Pesca S.A.: Rafael, Toyita; Marcelino González Hernández: Genoveva;
Pedro González Rivera: Don Chelo I;
Marcelo Rodrigo Grañas Silva: Coruña;
Pesquera Hualpén S.A.: Licantén;
Pelantaro Inostroza Concha: Rodrigo Alejandro; Pesquera Iquique-Guanaye S.A.: N.N. (R: 94/97), Gualpén, Guanaye 2, Guanaye 3, Guanaye 4, Guanaye 5, Malleco, Montserrat, Lonco, San Bosco, Timor, Vinga;
Pesquera Isladamas S.A.: Lonquimay;
Pesquera Itata S.A.: Allipen I, Maullín I, Petrohué I, Pilmaiquén I, Toltén I, Yelcho I;
Pesquera Lago Riñihue Ltda.: N.N. (R: 1329/97) Sociedad Pesquera Landes S.A.: Araucanía I, Bonito, Coral I, Don Boris, Don Tito, Doña Estela, Huachinango; Pesquera Mar Blanco Ltda.: María Bernardita; Sociedad Pesquera Mar Profundo Ltda.: Arauco I, Génesis; Pesquera Marbella S.A.: Costa Grande 1, Marchigüe; Sociedad Pesquera María Elena Ltda.: Don Gregorio; Pesquera Nacional S.A.: Carolina III; Javier, Matías, Francisco, Macarena IV, Magdalena I, María Victoria II; Alfredo Nordio Zamorano: María Emperatriz III; Enzo Galo Nordio Zamorano: Aquiles Pancho;
Luis Humberto Novoa Sánchez; Estarka I;
Pesquera Oceánica 1 S.A.: Oceánica IV;
Pesquera Oceánica S.A.: Calamar; Oceánica III; Pacific Fisheries S.A.: Lider, Ligrunn, Verdi, N.N.
(R:1641/97);
Pesquera Pemesa S.A.: Don Manuel;
Pesquera Polaris S.A.: Don Enrique;
Sergio Prado Carrasco: N.N. (R:797/96);
Pesquera Quellón S.A.: Don Edmundo;
Hugo Antonio Quezada Cerda: Puerto Alcudia;
Pesquera Quintero Uno S.A.: Doña María;
Pesquera Qurbosa S.A.: Hilmir, Mar Austral, Rapanui, Tranoi, Talismán;
Luis Ríos Cáceres: Golfo Pérsico;
Rodolfo Román Silva: Neptuno;
Pesquera San Antonio S.A.: Arequipa 4, Vigri; Pesquera San José S.A.: Alejandría I, Antares, Conquistador, Don Julio, Rengo, Pionero I, Surmar I, Ventisquero, Vitacura;
Sociedad Pesquera San Miguel S.A.: Golondrina, Loa 25, Southport, Vulcano I, Westport;
Pesquera Santa Inés S.A.: Cavancha;
Pesquera Tarapacá S.A.: Oficina Progreso, Oficina Tarapacá, Valdivia IV, Zonace I;
Pesquera Travesía S.A.: María José;
Pesquera Tremar S.A.: Adriático, Don Mauro;
Tripesca S.A.: Tricahue, Tridente, Trinidad, Tritón I; Isabel Ruth Vásquez Navarro: Nacho Fuentes;
Sociedad Vásquez y Cía. Ltda.: Punta Grande, Nuestra Señora de la Tirana I, Porvenir II.

    2.- Déjase sin efecto las resoluciones Nº 902 y Nº 1.465, ambas de 1997, de esta Subsecretaría, en virtud de lo dispuesto en la presente resolución.

    Anótese, regístrese y publíquese por cuenta de esta Subsecretaría.- Juan Manuel Cruz Sánchez, Subsecretario de Pesca.

Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Última Versión
De 13-AGO-1998
13-AGO-1998
Texto Original
De 24-ENE-1998
24-ENE-1998 12-AGO-1998

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