Decreto 239
Decreto 239 MODIFICA DECRETO ALCALDICIO Nº 16, DE 1992
MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO
REEMPLAZANSE LOS LIMITES NORTE Y PONIENTE DEL PRIMER JUZGADO DE POLICIA LOCAL POR LOS SIGUIENTES:
Límite Norte:
El Límite Norte de la comuna, desde su límite oriente hasta la prolongación imaginaria de la línea de edificación poniente de calle 21 de Mayo.
Límite Poniente:
Desde el límite norte de la comuna a partir de la prolongación imaginaria de la edificación poniente de calle 21 de Mayo, continuando por dicha Línea de edificación y la poniente de calle Estado, hasta la prolongación imaginaria de ésta con el centro de la Alameda Libertador Bernardo O'Higgins, para continuar por la línea de edificación poniente de calle Carmen, hasta prolongación imaginaria de la Línea de edificación de la vereda norte de calle General Jofré.
REEMPLAZANSE LOS LIMITES NORTE Y ORIENTE DEL TERCER JUZGADO DE POLICIA LOCAL POR LOS SIGUIENTES:
Límite Norte:
El límite Norte de la comuna, desde la prolongación imaginaria de la línea de edificación poniente de calle 21 de Mayo, hasta el límite poniente de la comuna.
Límite Poniente:
Límite comunal poniente, desde el límite comunal norte hasta el centro de la Alameda Libertador Bernardo O'Higgins con calle Maturana.
Límite Sur
Centro de la Alameda Libertador Bernardo O'Higgins desde el límite comunal poniente hasta la prolongación imaginaría de la línea de edificación poniente de calle Estado.
Límite Oriente:
Desde el límite norte de la comuna a partir de la prolongación imaginaria de la línea de edificación poniente de calle 21 de Mayo, siguiendo por dicha línea de edificación, para continuar por la línea de edificación poniente de calle Estado hasta la prolongación imaginaria de ésta con el centro de la Alameda Libertador Bernardo O'Higgins.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 29-MAY-1992
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29-MAY-1992 |
Comparando Decreto 239 |
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