<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><Norma xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" xmlns="http://www.leychile.cl/esquemas" xsi:schemaLocation="http://www.leychile.cl/esquemas http://www.leychile.cl/esquemas/EsquemaIntercambioNorma-v1-0.xsd" normaId="1135465" esTratado="no tratado" fechaVersion="2019-08-29" SchemaVersion="1.0" derogado="no derogado">
  <Identificador fechaPromulgacion="2019-07-24" fechaPublicacion="2019-08-29">
    <TiposNumeros>
      <TipoNumero>
        <Tipo>Resoluci&#243;n</Tipo>
        <Numero>29935 EXENTA</Numero>
      </TipoNumero>
    </TiposNumeros>
    <Organismos>
      <Organismo>MINISTERIO DE ENERG&#205;A</Organismo>
      <Organismo>SUPERINTENDENCIA DE ELECTRICIDAD Y COMBUSTIBLES</Organismo>
    </Organismos>
  </Identificador>
  <Metadatos>
    <TituloNorma>MODIFICA RESOLUCI&#211;N N&#186; 1.128 EXENTA, DEL 11 DE JUNIO DE 2006, DE ESTA SUPERINTENDENCIA</TituloNorma>
    
    <NombresUsoComun>
      <NombreUsoComun>&#160;</NombreUsoComun>
    </NombresUsoComun>
    
    <IdentificacionFuente>Diario Oficial</IdentificacionFuente>
    <NumeroFuente>42441</NumeroFuente>
  </Metadatos>
  <Encabezado fechaVersion="2019-08-29" derogado="no derogado">
    <Texto>
MODIFICA RESOLUCI&#211;N N&#186; 1.128 EXENTA, DEL 11 DE JUNIO DE 2006, DE ESTA SUPERINTENDENCIA
 
     N&#250;m. 29.935 exenta.- Santiago, 24 de julio de 2019.
 
     Visto:
 
     Lo dispuesto en los art&#237;culos 7&#186;, letras a), c) y e), y el 14&#186; letra c), de la Ley N&#186; 18.410, de 1985, Org&#225;nica de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles; el art&#237;culo 83&#186; de la ley N&#186; 18.768; el decreto supremo N&#186; 2, de 2014, que aprueba el "Reglamento de Alumbrado P&#250;blico de V&#237;as de Tr&#225;nsito Vehicular", y decreto supremo N&#186; 51, de 2015, que aprueba el "Reglamento de Alumbrado P&#250;blico de Bienes Nacionales de Uso P&#250;blico destinados al Tr&#225;nsito Peatonal", ambos del Ministerio de Energ&#237;a; y en la resoluci&#243;n N&#186; 1.600, de 2008, de la Contralor&#237;a General de la Rep&#250;blica, sobre exenci&#243;n de tr&#225;mite de toma raz&#243;n.
 
     Considerando:
 
     1&#186; Que el Gobierno, en su agenda de modernizaci&#243;n, contempla la implementaci&#243;n del Sistema de Gobierno Electr&#243;nico, procedimiento que soporta los procesos f&#237;sicos y electr&#243;nicos del ciclo de vida de un tr&#225;mite gen&#233;rico, y que permitir&#225; a los usuarios del pa&#237;s contar con herramientas de apoyo para la ejecuci&#243;n de los actos administrativos que realizan ante las instituciones del Sector P&#250;blico nacional.
     2&#186; Que esta Superintendencia, a objeto de obtener un mejor aprovechamiento de los recursos que utiliza en el desarrollo de cada uno de sus procedimientos, y bajo la perspectiva del punto anterior, ha resuelto modificar el tr&#225;mite para la inscripci&#243;n de la "Puesta en Servicio de Obras de Alumbrado P&#250;blico", mediante el Tr&#225;mite El&#233;ctrico TE2, con el prop&#243;sito de mejorar los procesos de fiscalizaci&#243;n y poner &#233;nfasis en puntos de riesgos de la instalaci&#243;n.
     3&#186; Que, para la correcta implementaci&#243;n de lo indicado, se requiere modificar en la resoluci&#243;n exenta N&#186; 1.128, de 2006, particularmente los antecedentes a presentar ante esta Superintendencia de Electricidad y Combustibles en relaci&#243;n al tr&#225;mite de la declaraci&#243;n mediante el TE2.
 
     Resuelvo:</Texto>
  </Encabezado>
  <EstructurasFuncionales>
    <EstructuraFuncional transitorio="no transitorio" tipoParte="Art&#237;culo" fechaVersion="2019-08-29" derogado="no derogado" idParte="10049631">
      <Texto> 
     1&#186; Reempl&#225;zase el resuelvo 4.2 de la resoluci&#243;n exenta N&#186; 1.128, del 11/08/2006, de esta Superintendencia, Declaraci&#243;n de Puesta en Servicio de Obras de Alumbrado P&#250;blico TE2, por lo siguiente:
 
     4.2 Inscripci&#243;n de puesta en servicio de obras de alumbrado p&#250;blico (TE2)
 
     4.2.1 Documentaci&#243;n del Instalador Autorizado SEC Clase A o B:
 
     Estar vigente en el Registro Nacional del Instalador SEC (RNII).
     4.2.2 Antecedentes del Tr&#225;mite:
 
     La presentaci&#243;n del proyecto (Plano) cumple con la Norma NChElec. 2/84, "Electricidad. Elaboraci&#243;n y Presentaci&#243;n de Proyectos", sus modificaciones o disposici&#243;n que la reemplace.
     Se deber&#225;n adjuntar los siguientes archivos:
 
     a) Plano de Instalaci&#243;n en extensi&#243;n DWG, que debe incluir al menos los siguientes aspectos:
 
     . Croquis y coordenadas en UTM de la ubicaci&#243;n de luminarias, empalmes y/o c&#225;maras.
     . Ubicaci&#243;n de c&#225;maras, empalmes y medidores, seg&#250;n corresponda.
     . Diagrama Unilineal con sus respectivas protecciones.
     . Cuadro(s) de Carga con sus respectivas protecciones.
     . Toma de tierra de postes met&#225;licos, si corresponde.
     . Nota: Los Materiales que requieren certificaci&#243;n para su uso cumplen con este requisito.
 
     b) Memoria de C&#225;lculo seg&#250;n Norma NChElec. 2/84, la mencionada precedentemente "Electricidad. Elaboraci&#243;n y Presentaci&#243;n de Proyectos", Memoria que debe incluir al menos los siguientes aspectos:
 
     . Descripci&#243;n de la Obra.
     . C&#225;lculos justificativos.
     . Especificaciones t&#233;cnicas de los equipos y luminarias.
     . Certificado de las luminarias y equipos.
     . Cubicaci&#243;n de Materiales.
 
     c) Incluye archivo de Memoria de C&#225;lculo del sistema de puesta a tierra.
 
     . La memoria deber&#225; adjuntar el estudio Geo El&#233;ctrico del terreno.
     . Adjuntar la curva seleccionada, del Patr&#243;n de Orellana - Mooney.
     . Indicar el valor de la resistencia de puesta a tierra esperado, seg&#250;n el c&#225;lculo, y/o
     . Indicar el valor de resistencia de puesta a tierra medido (instalaciones provisorias).
 
     4.2.3 Memoria de C&#225;lculo de Proyecto de Alumbrado P&#250;blico de V&#237;as de Tr&#225;nsito Vehicular
 
     Acorde a lo establecido en el DS 2/2014 "Reglamento de Alumbrado P&#250;blico de V&#237;as de Tr&#225;nsito Vehicular", del Ministerio de Energ&#237;a, sus modificaciones o disposiciones que lo reemplacen, incluyendo al menos las siguientes materias:
 
     a) Tipo de V&#237;a y Clase de Alumbrado.
     b) Dise&#241;o.
 
     Esquema geom&#233;trico de la disposici&#243;n de luminarias:
 
     . Configuraci&#243;n (unilateral, pareado, tresbolillo, axial, etc.).
     . Ancho de la v&#237;a o carril.
     . Altura de montaje, inclinaci&#243;n y posici&#243;n de la luminaria.
     . Inter-distancia o vano de los postes.
     . Inclinaci&#243;n, avance de la luminaria y posici&#243;n de la l&#225;mpara.
 
     c) Proyectos de v&#237;as con separaci&#243;n entre usuarios:
 
     . Luminancia media mantenida.
     . Uniformidad global (Uo).
     . Uniformidad longitudinal (Ul).
     . Raz&#243;n de entorno (SR).
     . Incremento de umbral (TI).
     . Tipo de Superficie de calzada utilizado seg&#250;n Serie "R".
     d) &#193;reas conflictivas:
 
     Identificaci&#243;n seg&#250;n corresponda, de acuerdo a la clasificaci&#243;n, con su correspondiente iluminancia y uniformidad.
 
     e) Proyectos de v&#237;as sin separaci&#243;n entre usuarios:
 
     . Luminancia media m&#225;xima.
     . Luminancia media.
     . Luminancia m&#237;nima puntual.
     . Iluminancia en un punto sobre 1,5 metros del plano horizontal de la calzada y equidistante entre parejas de Luminarias que se encuentren separadas a una misma distancia.
 
     f) Factor de mantenimiento aplicado en el c&#225;lculo.
     g) Factor de utilizaci&#243;n (A/H).
     h) Identificaci&#243;n y descripci&#243;n de las luminarias/l&#225;mparas, seg&#250;n corresponda:
 
     . Identificaci&#243;n de la L&#225;mpara: marca/modelo (seg&#250;n corresponda).
     . Eficacia luminosa de la L&#225;mpara (l&#250;menes/watt) (seg&#250;n corresponda).
     . Certificaci&#243;n de Seguridad, se&#241;alando N&#250;mero Certificado SEC / Sello SEC / Sello QR o adjuntar sus Certificados de Aprobaci&#243;n (seg&#250;n corresponda).
     . Identificaci&#243;n de la Luminaria: marca/modelo (seg&#250;n corresponda).
     . Grado de hermeticidad (IPxx) del cuerpo &#243;ptico y del Compartimiento el&#233;ctrico de la Luminaria (seg&#250;n corresponda).
     . Tipo de Difusor de la Luminaria.
     . P&#233;rdida en el Balasto de la Luminaria.
     . Eficiencia de luminaria(s).
     . Fotometr&#237;a (tabla de distribuci&#243;n de intensidades), adjuntando archivo correspondiente en extensi&#243;n IES.
 
     i) Programa o software de c&#225;lculo utilizado (Dialux, Calculux, etc.).
     j) Los resultados de los c&#225;lculos y dise&#241;os geom&#233;tricos se deben presentar en forma num&#233;rica y gr&#225;fica, indicando los valores de c&#225;lculos correspondientes.
     k) En caso de realizar mediciones en terreno, entregar la tabla de resultados de los puntos medidos.
     l) Para la valoraci&#243;n de las prestaciones de las diferentes soluciones luminot&#233;cnicas para el proyecto que se trate, la relaci&#243;n L/E (Luminancia/ Iluminancia) ser&#225; la m&#225;xima.
     m) Eficiencia Energ&#233;tica:
 
     . Sistema de encendido y apagado de las luminarias.
     . V&#237;as afectadas.
     . Justificaci&#243;n del cambio de Clase de Alumbrado.
     . Indicar Sistema de estabilizaci&#243;n de tensi&#243;n / regulaci&#243;n del nivel luminoso (balastos serie de tipo inductivo o electr&#243;nicos para doble nivel de potencia, reguladores o estabilizadores de voltaje en cabecera de l&#237;nea o "dimmer").
     . Porcentaje de reducci&#243;n del Flujo luminoso.
     . Indicar los valores de los par&#225;metros lum&#237;nicos en r&#233;gimen de reducci&#243;n de flujo luminoso.
 
     n) Programa de Mantenimiento Preventivo (PMM).
 
     4.2.4 Memoria de C&#225;lculo de alumbrado p&#250;blico de tr&#225;nsito peatonal y reuni&#243;n de personas de la instalaci&#243;n a declarar
 
     De acuerdo con lo establecido en el DS 51/2015, "Reglamento de Alumbrado P&#250;blico de Bienes Nacionales de Uso P&#250;blico destinados al Tr&#225;nsito Peatonal", del Ministerio de Energ&#237;a, sus modificaciones o disposiciones que lo reemplacen, incluyendo al menos las siguientes materias:
 
     a) Emplazamiento de la instalaci&#243;n de Alumbrado p&#250;blico.
     b) Evaluaci&#243;n de las necesidades de iluminaci&#243;n.
     c) Tipo de V&#237;a y Clase de Alumbrado.
     d) Dise&#241;o.
     Esquema geom&#233;trico de la disposici&#243;n de luminarias:
 
     . Configuraci&#243;n (unilateral, pareado, tresbolillo, axial, etc.).
     . Ancho de la v&#237;a o carril.
     . Inter-distancia o vano de los postes.
     . Altura de montaje, inclinaci&#243;n, avance de la luminaria y posici&#243;n de la l&#225;mpara.
 
     e) Valores / resultados lum&#237;nicos:
 
     . Iluminancias Media, M&#225;xima y Puntual.
     . Iluminancia horizontal mantenida.
     . Iluminancia horizontal, media y m&#237;nima.
     . Iluminancia vertical m&#237;nima.
     . Iluminancia semicil&#237;ndrica m&#237;nima.
     . Intensidad luminosa m&#225;xima.
     . Indicador de Eficiencia Energ&#233;tica (SE).
     . Indicador Porcentual de Gesti&#243;n Energ&#233;tica (GE%).
 
     f) Factor de mantenimiento aplicado en el c&#225;lculo.
     g) Identificaci&#243;n y descripci&#243;n de las luminarias / l&#225;mparas:
 
     . Identificaci&#243;n de la L&#225;mpara: marca / modelo (seg&#250;n corresponda).
     . Eficacia luminosa de la L&#225;mpara (l&#250;menes/watt) (seg&#250;n corresponda).
     . Certificaci&#243;n de Seguridad, se&#241;alando N&#250;mero Certificado SEC / Marcado SEC / Sello QR o adjuntar sus Certificados de Aprobaci&#243;n (seg&#250;n corresponda).
     . Identificaci&#243;n de la Luminaria: marca / modelo.
     . Grado de hermeticidad (IPxx) del cuerpo &#243;ptico y del Compartimiento el&#233;ctrico de la Luminaria (seg&#250;n corresponda).
     . Tipo de Difusor de la Luminaria.
     . P&#233;rdida en el Balasto de la Luminaria.
     . Eficiencia de luminaria(s).
     . Fotometr&#237;a (tabla de distribuci&#243;n de intensidades), adjuntando archivo correspondiente en extensi&#243;n. IES.
 
     h) Programa o software de c&#225;lculo utilizado (Dialux, Calculux, etc.).
     i) Los resultados de los c&#225;lculos y dise&#241;os geom&#233;tricos se deben presentar en forma num&#233;rica y gr&#225;fica, indicando los valores de c&#225;lculos correspondientes.
     j) En caso de realizar mediciones en terreno, entregar la tabla de resultados de los puntos medidos.
     k) Para la valoraci&#243;n de las prestaciones de las diferentes soluciones luminot&#233;cnicas para el proyecto que se trate, la relaci&#243;n L/E (Luminancia/ Iluminancia) ser&#225; la m&#225;xima.
     l) Eficiencia Energ&#233;tica:
 
     . Sistema de encendido y apagado de las luminarias.
     . V&#237;as afectadas.
     . Justificaci&#243;n del cambio de Clase de Alumbrado.
     . Indicar Sistema de estabilizaci&#243;n de tensi&#243;n / regulaci&#243;n del nivel luminoso (balastos serie de tipo inductivo o electr&#243;nicos para doble nivel de potencia, reguladores o estabilizadores de voltaje en cabecera de l&#237;nea o "dimmer").
     . Porcentaje de reducci&#243;n del Flujo luminoso.
     . Indicar los valores de los par&#225;metros lum&#237;nicos en r&#233;gimen de reducci&#243;n de flujo luminoso.
 
     2&#186; Esta Modificaci&#243;n entrar&#225; en vigencia a partir de su publicaci&#243;n en el Diario Oficial.
     3&#186; En todo lo no modificado, mantendr&#225; su vigencia la R.E. 1.128, de 2006, de esta Superintendencia.</Texto>
      <Metadatos>
        <NombreParte presente="no">&#160;</NombreParte>
        <TituloParte presente="no">&#160;</TituloParte>
        
      </Metadatos>
    </EstructuraFuncional>
  </EstructurasFuncionales>
  <Promulgacion fechaVersion="2019-08-29" derogado="no derogado">
    <Texto> 
     An&#243;tese, publ&#237;quese y arch&#237;vese.- Luis &#193;vila Bravo, Superintendente de Electricidad y Combustibles.</Texto>
  </Promulgacion>
  
</Norma>
