<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><Norma xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" xmlns="http://www.leychile.cl/esquemas" xsi:schemaLocation="http://www.leychile.cl/esquemas http://www.leychile.cl/esquemas/EsquemaIntercambioNorma-v1-0.xsd" normaId="1211463" esTratado="no tratado" fechaVersion="2025-03-01" SchemaVersion="1.0" derogado="no derogado">
  <Identificador fechaPromulgacion="2025-02-24" fechaPublicacion="2025-03-01">
    <TiposNumeros>
      <TipoNumero>
        <Tipo>Ley</Tipo>
        <Numero>21725</Numero>
      </TipoNumero>
    </TiposNumeros>
    <Organismos>
      <Organismo>MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO</Organismo>
    </Organismos>
  </Identificador>
  <Metadatos>
    <TituloNorma>MODIFICA LA LEY N&#176; 20.898 CON EL OBJETO DE AMPLIAR LOS PLAZOS DE VIGENCIA DEL PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO PARA LA REGULARIZACI&#211;N DE VIVIENDAS DE AUTOCONSTRUCCI&#211;N</TituloNorma>
    <Materias>
      <Materia>Aval&#250;o Fiscal</Materia>
      <Materia>Ley del Mono</Materia>
      <Materia>Viviendas</Materia>
      <Materia>Viviendas de Autoconstrucci&#243;n</Materia>
      <Materia>Regularizaci&#243;n de Viviendas</Materia>
      <Materia>Regularizaci&#243;n de Viviendas de Autoconstrucci&#243;n</Materia>
    </Materias>
    
    
    <IdentificacionFuente>Diario Oficial</IdentificacionFuente>
    <NumeroFuente>44088</NumeroFuente>
  </Metadatos>
  <Encabezado fechaVersion="2025-03-01" derogado="no derogado">
    <Texto>LEY N&#218;M. 21.725
     
MODIFICA LA LEY N&#176; 20.898 CON EL OBJETO DE AMPLIAR LOS PLAZOS DE VIGENCIA DEL PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO PARA LA REGULARIZACI&#211;N DE VIVIENDAS DE AUTOCONSTRUCCI&#211;N
     
     Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobaci&#243;n al siguiente proyecto de ley que tuvo su origen en una moci&#243;n de las Honorables Senadoras se&#241;oras Ximena Rinc&#243;n Gonz&#225;lez y Mar&#237;a Jos&#233; Gatica Bertin y Honorables Senadores se&#241;ores David Sandoval Plaza y Mat&#237;as Walker Prieto y del exsenador se&#241;or &#193;lvaro Elizalde Soto,
     
     Proyecto de ley:</Texto>
  </Encabezado>
  <EstructurasFuncionales>
    <EstructuraFuncional transitorio="no transitorio" tipoParte="Art&#237;culo" fechaVersion="2025-03-01" derogado="no derogado" idParte="10539107">
      <Texto>     "Art&#237;culo &#250;nico.- Modif&#237;case la ley N&#176; 20.898, que establece un procedimiento simplificado para la regularizaci&#243;n de viviendas de autoconstrucci&#243;n, del siguiente modo:
     
     1. En el art&#237;culo 1&#176;:
     
     a) En el encabezamiento:
     
     i. Reempl&#225;zase la expresi&#243;n "31 de diciembre del 2025" por "31 de diciembre de 2027".
     ii. Interc&#225;lase, a continuaci&#243;n de la frase "obtener los permisos de edificaci&#243;n y de recepci&#243;n definitiva,", la siguiente: "en forma simult&#225;nea,".
     
     b) Reempl&#225;zase, en el numeral 4), la frase "cuyos recintos habitables, incluidos ba&#241;os y cocina,", por la expresi&#243;n "edificada que".
     
     2. Agr&#233;ganse, en el inciso primero del art&#237;culo 2&#176;, a continuaci&#243;n del literal d), los siguientes literales e) y f), nuevos:
     
     "e) Formulario &#250;nico de estad&#237;sticas de edificaci&#243;n o certificado de ingreso electr&#243;nico de dicho formulario.
     f) Copia del certificado de subsidio, en el caso de solicitudes de regularizaci&#243;n financiadas de acuerdo a lo previsto en el art&#237;culo 15 de esta ley.".
     
     3. Sustit&#250;yese, en el inciso primero del art&#237;culo 3&#176;, la frase "cuyos recintos habitables, incluidos ba&#241;os y cocina,", por la expresi&#243;n "edificada que".
     4. Reempl&#225;zase, en el art&#237;culo 4&#176;, la frase "plazo de tres a&#241;os contado desde la publicaci&#243;n" por "plazo se&#241;alado en el art&#237;culo 1&#176;".
     5. Agr&#233;gase, en el art&#237;culo 6&#176;, a continuaci&#243;n del literal d), el siguiente literal e), nuevo:
     
     "e) Formulario &#250;nico de estad&#237;sticas de edificaci&#243;n o certificado de ingreso electr&#243;nico de dicho formulario.".
     
     6. Sustit&#250;yese, en el art&#237;culo 14, la expresi&#243;n "ley N&#176; 19.537" por "ley N&#176; 21.442, que aprueba nueva ley de copropiedad inmobiliaria".
     7. Reempl&#225;zase, en el inciso segundo del art&#237;culo 15, la expresi&#243;n "ley N&#176; 19.537, sobre copropiedad inmobiliaria" por "ley N&#176; 21.442".
     8. Incorp&#243;rase el siguiente art&#237;culo 17, nuevo:
     
     "Art&#237;culo 17.- Los plazos de vigencia aludidos en esta ley corresponden a aquellos que tienen los propietarios para ingresar las solicitudes de regularizaci&#243;n ante las respectivas direcciones de obras municipales, sin perjuicio de que la tramitaci&#243;n culmine en una fecha posterior.".".</Texto>
      <Metadatos>
        <NombreParte presente="si">&#250;nico</NombreParte>
        <TituloParte presente="no">&#160;</TituloParte>
        
      </Metadatos>
    </EstructuraFuncional>
  </EstructurasFuncionales>
  <Promulgacion fechaVersion="2025-03-01" derogado="no derogado">
    <Texto>     Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, prom&#250;lguese y ll&#233;vese a efecto como ley de la Rep&#250;blica.

     Santiago, 24 de febrero de 2025.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la Rep&#250;blica.- Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo.- Carolina Toh&#225; Morales, Ministra del Interior y Seguridad P&#250;blica.- Mario Marcel Cullell, Ministro de Hacienda.
     Lo que transcribo para su conocimiento.- Carlos Araya Salazar, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo (S).</Texto>
  </Promulgacion>
  
</Norma>
