Decreto 671 FIJA MONTO DE COMPENSACIÓN COMUNA DE ISLA DE PASCUA, COMUNAS CON FLUJO SIGNIFICATIVO DE POBLACIÓN FLOTANTE POR RAZONES DE TURISMO, COEFICIENTES DE DISTRIBUCIÓN Y MONTOS DE COMPENSACIÓN ANUAL DEL FONDO COMÚN MUNICIPAL PARA EL PERÍODO 1º DE ENERO DE 2021 - 31 DE DICIEMBRE DE 2021

MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA; SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO

Promulgacion: 30-DIC-2020 Publicación: 11-JUN-2021

Versión: Única - 11-JUN-2021

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FIJA MONTO DE COMPENSACIÓN COMUNA DE ISLA DE PASCUA, COMUNAS CON FLUJO SIGNIFICATIVO DE POBLACIÓN FLOTANTE POR RAZONES DE TURISMO, COEFICIENTES DE DISTRIBUCIÓN Y MONTOS DE COMPENSACIÓN ANUAL DEL FONDO COMÚN MUNICIPAL PARA EL PERÍODO 1º DE ENERO DE 2021 - 31 DE DICIEMBRE DE 2021
     
    Núm. 671.- Santiago, 30 de diciembre de 2020.
     
    Vistos:
     
    Lo dispuesto en el artículo 38 del decreto ley Nº 3.063, de 1979; el decreto supremo Nº 1.293, de 2007, del Ministerio del Interior, sobre Reglamento para la aplicación del artículo 38 del decreto ley Nº 3.063, de 1979, modificado por el artículo 1º de la ley Nº 20.237; el decreto supremo Nº 1.684, de fecha 9 de octubre de 2014, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; las facultades que me confiere el artículo 32, Nº 6, de la Constitución Política de la República, y lo señalado en las resoluciones Nº 7, del año 2019, y Nº 16, del año 2020, ambas de la Contraloría General de la República.
     
    Decreto:

    Artículo 1º.- Fíjase la suma de $10.140.294.000.- (diez mil ciento cuarenta millones doscientos noventa y cuatro mil pesos), como compensación a los menores ingresos que la Municipalidad de Isla de Pascua deja de percibir por la aplicación del artículo 41 de la ley Nº 16.441, por los conceptos de Impuesto Territorial, Permisos de Circulación, Patentes Municipales y demás impuestos y contribuciones.
     

    Artículo 2º.- Para el solo efecto de lo indicado en el inciso cuarto del artículo 38 del decreto ley Nº 3.063, de 1979, en relación con lo dispuesto en el artículo 4º, letra a), puntos i) y ii), del decreto del Ministerio del Interior Nº 1.293, de 2007, se entenderán como comunas con flujo significativo de población flotante por razones de turismo, las que siguen:
     
    Alhué, Alto Biobio, Alto del Carmen, Alto Hospicio, Ancud, Andacollo, Angol, Antofagasta, Antuco, Arauco, Arica, Aysén, Bulnes, Cabildo, Cabo de Hornos, Cabrero, Calbuco, Caldera, Calera, Calle Larga, Camarones, Camiña, Canela, Cañete, Carahue, Cartagena, Castro, Cauquenes, Cerrillos, Cerro Navia, Chaitén, Chanco, Chañaral, Chépica, Chiguayante, Chile Chico, Chillán, Chillán Viejo, Chimbarongo, Cholchol, Chonchi, Cisnes, Cobquecura, Cochrane, Coelemu, Coihueco, Coinco, Colbún, Colchane, Collipulli, Coltauco, Combarbalá, Conchalí, Constitución, Contulmo, Copiapó, Coquimbo, Coronel, Corral, Coyhaique, Cunco, Curacautín, Curaco de Vélez, Curanilahue, Curarrehue, Curepto, Curicó, Dalcahue, Doñihue, El Bosque, El Carmen, El Monte, El Quisco, El Tabo, Empedrado, Ercilla, Estación Central, Florida, Freire, Freirina, Fresia, Futaleufú, Futrono, Galvarino, General Lagos, Gorbea, Graneros, Guaitecas, Hijuelas, Hualaihué, Hualañé, Hualpén, Hualqui, Huara, Huasco, Illapel, Independencia, Isla de Pascua, Juan Fernández, La Cisterna, La Cruz, La Granja, La Higuera, La Ligua, La Pintana, La Unión, Lago Verde, Laja, Lanco, Lautaro, Lebu, Licantén, Limache, Linares, Llaillay, Llanquihue, Lo Espejo, Lo Prado, Lolol, Loncoche, Longaví, Lonquimay, Los Álamos, Los Andes, Los Ángeles, Los Lagos, Los Muermos, Los Sauces, Los Vilos, Lota, Lumaco, Maipú, Malloa, Marchihue, María Elena, Mariquina, Maule, Maullín, Mejillones, Melipeuco, Melipilla, Molina, Monte Patria, Mostazal, Mulchén, Nacimiento, Nancagua, Natales, Navidad, Negrete, Ninhue, Nogales, Nueva Imperial, Ñiquén, O'Higgins, Ollagüe, Osorno, Ovalle, Padre Hurtado, Padre Las Casas, Paiguano, Paillaco, Palena, Palmilla, Panguipulli, Panquehue, Paredones, Parral, Pedro Aguirre Cerda, Pelarco, Pelluhue, Penco, Peñaflor, Peralillo, Perquenco, Petorca, Peumo, Pica, Pichidegua, Pichilemu, Pitrufquén, Portezuelo, Porvenir, Pozo Almonte, Primavera, Pudahuel, Puente Alto, Puerto Montt, Pumanque, Punitaqui, Punta Arenas, Puqueldón, Purén, Purranque, Putaendo, Putre, Queilén, Quellón, Quemchi, Quilicura, Quilleco, Quillón, Quillota, Quilpué, Quinchao, Quinta de Tilcoco, Quinta Normal, Quintero, Quirihue, Rancagua, Rauco, Recoleta, Renaico, Renca, Rengo, Río Bueno, Río Claro, Río Hurtado, Río Ibáñez, Río Negro, Saavedra, Sagrada Familia, Salamanca, San Antonio, San Bernardo, San Carlos, San Clemente, San Esteban, San Fabián, San Felipe, San Fernando, San Ignacio, San Javier, San Joaquín, San Juan de la Costa, San Nicolás, San Pablo, San Pedro, San Pedro de Atacama, San Rafael, San Ramón, San Rosendo, San Vicente, Santa Bárbara, Santa Cruz, Santa Juana, Santa María, Talagante, Talca, Talcahuano, Taltal, Temuco, Teodoro Schmidt, Timaukel, Tirúa, Tocopilla, Toltén, Tomé, Tortel, Traiguén, Treguaco, Tucapel, Valdivia, Vallenar, Valparaíso, Victoria, Vicuña, Vilcún, Villa Alegre, Villa Alemana, Yerbas Buenas, Yumbel, Yungay.
     

    Artículo 3º.- Para los efectos de ponderar el número de habitantes que se asigna a las comunas anteriormente individualizadas, se considera la población flotante informada por el Servicio Nacional de Turismo dividida por 12.
     

    Artículo 4º.- Fíjense para las comunas del país, durante el período que corresponde entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año 2021, los coeficientes de distribución del Fondo Común Municipal que se indican y el monto total de M$142.136.080.- (ciento cuarenta y dos mil ciento treinta y seis millones ochenta mil pesos) a percibir por las comunas que se indican por aplicación del mecanismo de estabilización:
     
         
         
         
         
         
   

    Anótese, tómese razón, publíquese y comuníquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Rodrigo Delgado Mocarquer, Ministro del Interior y Seguridad Pública.- Ignacio Briones Rojas, Ministro de Hacienda.     
    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Atentamente, María Paz Troncoso P., Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo.

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