APRUEBA ENMIENDA 001 AL PLAN REGULADOR COMUNAL
Tomé, 3 de diciembre de 2013.- Esta Ilustre Municipalidad decretó hoy lo siguiente:
Núm. 7.618.- Vistos: Estos antecedentes: Los artículos: 2.1.11 y 2.1.13 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones; la Ley General de Urbanismo y Construcciones, artículos 43º y 45º; el Plan Regulador Comunal de Tomé, aprobado mediante decreto alcaldicio Nº 2.624, del 20 de agosto de 2008; la modificación de este instrumento denominado Plan Seccional del Borde Costero de Tomé, aprobada mediante decreto alcaldicio Nº 46, del 9 de enero de 2009; la opinión del Consejo Económico Social Comunal consultada en sesión extraordinaria efectuada el 28 de junio de 2013; certificado de la Secretaría Municipal y Ministro de Fe de la Ilustre Municipalidad de Tomé, sobre audiencias públicas; la exposición al público por 30 días en el hall de la Dirección de Obras Municipales y en el acceso del edificio municipal; Ord. Nº 1.234, del 21 de agosto de 2013, informando proceso de Exposición Pública a la comunidad; el acuerdo Nº 11 de la sesión extraordinaria del Consejo Económico Social Comunal de fecha 18 de octubre de 2013; el acuerdo del Concejo Municipal Nº 268 en sesión extraordinaria Nº 11, del 15 de noviembre de 2013; las facultades que me confiere la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, cuyo texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado fue fijado mediante el decreto con fuerza de ley Nº 1, de fecha 9 de mayo de 2006.
Decreto:
1. Apruébese Enmienda 001 al Plan Regulador Comunal de Tomé, comuna de Tomé, que afecta las zonas ZR3 (Zona Habitacional 3) y ZRM3 (Zona Residencial Mixta 3), alterando las condiciones de edificación y urbanización, específicamente incrementando su densidad en un 20%, quedando como se indica a continuación:
CONDICIONES DE EDIFICACIÓN ZONA ZR3
Densidad Habitacional Máxima Bruta 192 hab/ha
CONDICIONES DE EDIFICACIÓN ZONA ZRM3
Densidad Habitacional Máxima Bruta 240 hab/ha
2. Publíquese el presente decreto en el Diario Oficial de la República.
Publíquese, comuníquese y archívese.- Gloria Ivonne Rivas Ortiz, Alcaldesa.- Eduardo Henríquez Salinas, Abogado, Secretario Municipal.