Gastos del Congreso Nacional Lei núm. 1,000.- Santiago, a 21 de Enero de 1898.- Por cuanto el Congreso Nacional ha prestado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    ARTICULO UNICO. Autorízase la inversion de veinte mil pesos para atender a diversos gastos jenerales de la Secretaría de la Cámara de Diputados ocurridos en el año 1897, i la de cuatro mil pesos para fomento de la Biblioteca del Congreso.


    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.- FEDERICO ERRAZURIZ.- Antonio Valdes C.