Ley núm. 4,642

    Por cuanto el Congreso Nacional ha prestado su aprobación al siguiente

    PROYECTO DE LEY:

    Artículo 1.o  Concédese, por gracia, a don Félix Le Beuffe Thomas, el derecho a jubilar, con el sueldo íntegro de dieciocho mil pesos ($ 18,000) anuales, asignado a los cargos que desempeña como secretario de la Comisión Radicadora y del Tribunal de División de las Comunidades de Indígenas.

    Art. 2.o El gasto que esta ley significa durante el presente año, se deducirá de los fondos que produzca  la Ley de División de las Comunidades Indígenas.

    Art. 3.o Esta ley comenzará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

    Y, por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, diecinueve de Agosto de  mil novecientos veintinueve.- Carlos Ibáñez del C.- Luis Schmidt.