APRUEBA ACUERDO INTERNACIONAL SOBRE RADIOAFICIONADOS ENTRE LOS GOBIERNOS DE CHILE Y DE LA REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL
Núm. 1.543.- Santiago, 23 de Agosto de 1976.- Visto: Lo dispuesto en los decretos leyes Nºs. 1 y 128, de 1973; 247 y 527, de 1974, y 991, de 1976, y
Considerando:
La conveniencia de aprobar un Acuerdo Internacional que tenga por finalidad autorizar a los chilenos residentes en Brasil, que posean licencias de radioaficionados otorgadas por las autoridades chilenas, para operar en aquel país, concediéndoseles, en forma recíproca, igual tratamiento a los brasileños residentes en Chile.
La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente
Decreto ley:
Artículo único.- Apruébase el Acuerdo sobre Radioaficionados concertado entre los Gobiernos de Chile y de la República Federativa del Brasil, por Notas Diplomáticas Reversales de fechas 15 de Enero de 1975 y 12 de Febrero del mismo año, intercambiadas en Brasilia.
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros.- Patricio Carvajal Prado, Vicealmirante, Comandante en Jefe de la Armada subrogante.
Lo que transcribo para conocimiento de U.S.- Enrique Valdés Puga, Coronel de Ejército, Subsecretario de Relaciones Exteriores.