OTORGA BENEFICIO, POR GRACIA, A DON LUIS ABALOS LAVANDEROS

    Santiago, 12 de Mayo de 1977.- La H. Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado hoy lo que sigue:
    Núm. 1.788.- Visto: Lo dispuesto en los decretos leyes Nºs. 1 y 128, de 1973; 527, de 1974, y 991, de 1976, y
    Considerando: El informe favorable de la Comisión Especial de Beneficios por Gracia, creada por decreto supremo de Interior Nº 1.702, de 27 de Noviembre de 1973,
    La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente,

    Decreto ley:

    Artículo único: Reconócese, por gracia, a don Luis Abalos Lavanderos, para todos los efectos legales y, en especial, para obtener pensión en los términos de artículo 23º del DFL. Nº 1.340 bis, de 1930, los períodos de tiempo comprendidos entre el 1º de Julio de 1914, al 30 de Junio de 1925; desde el 24 de Octubre de 1932, al 23 de Diciembre de 1938; desde el 1º de Noviembre de 1942 al 18 de Junio de 1945.
    La Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibir las imposiciones de los períodos reconocidos y el reintegro de las que han sido retiradas, las que serán de cargo del interesado.
    Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros.- Raúl Benavides Escobar, General de División, Ministro del Interior.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Enrique Montero Marx, Subsecretario del Interior.