MODIFICA EL REGLAMENTO DE LA LEY DE PESCA, EN LA FORMA QUE INDICA
Santiago, 15 de Enero 1965.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 49.- Vistos: lo manifestado por la Dirección General de Agricultura y Pesca, en su oficio N.o 5, de 4 de Enero último; el DFL. N.o 34, de 12 de Marzo de 1931, Ley de Pesca y su Reglamento, contenido en el decreto supremo N.o 1.584, de 30 de Abril de 1934, expedido por el ex Ministerio de Fomento; los DFL. números 294 y 301, de 5 y 6 de Abril de 1960, orgánicos del Ministerio de Agricultura y de la Dirección de Agricultura y Pesca, respectivamente, y
Considerando:
Que, según informes de los organismos técnicos de este Ministerio, existe en el litoral nacional una considerable disminución del Gastrópodo denominado comúnmente "loco";
Que, esos mismos organismos técnicos han comprobado que, debido a condiciones ambientales, el Equinodermo denominado comúnmente "erizo", alcanza un menor desarrollo en el litoral de las provincias de Tarapacá y Antofagasta;
Que, por lo tanto, es necesario modificar los tamaños mínimos permitidos en el Reglamento de la Ley de Pesca para la extracción de las aludidas especies marinas, para mantener la adecuada protección a dichas especies;
Decreto:
Modifícase la parte resolutiva del decreto supremo N.o 1.584, ya citado, reglamentario de la Ley de Pesca, en la forma que a continuación se indica:
Substitúyense las letras n) y o), del artículo 2.o, por las siguientes:
"n) Locos, en el litoral comprendido entre las provincias de Tarapacá y Coquimbo, ambas inclusive, de 9,5 centímetros; y en el litoral comprendido entre las provincias de Aconcagua y Magallanes, ambas inclusive, de 10,5 centímetros".
"o) Erizos, de 10 centímetros, salvo en el litoral de las provincias de Tarapacá y Antofagasta, que será de 8 centímetros."
Tómese razón, comuníquese, publíquese e insértese en el Boletín de Leyes y Decretos de la Contraloría General de la República.- E. FREI M.- Hugo Trivelli F.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Martín Olmedo Daroch, Subsecretario de Agricultura subrogante.