ENCOMIENDA FUNCION DE COORDINACION AL MINISTRO QUE INDICA
Santiago, 23 de Enero de 1992.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 48.- Vistos:
La necesidad de asegurar la unidad de acción y perfeccionar la eficiencia y eficacia de las tareas atingentes a la Seguridad Pública y Seguridad Ciudadana.
Teniendo presente lo dispuesto en los artículos 24, 32 N° 8 y 33 inciso tercero de la Constitución Política de la República y artículo 10° inciso 7° de la Ley 10.336
Decreto:
Primero: Encomiéndase al Ministro del Interior la labor de coordinación de los Ministerios encargados, en sus respectivas esferas de competencia, de la Seguridad Pública y Ciudadana.
Segundo: Las funciones de coordinación que por el presente decreto se encomiendan son sin perjuicio de las atribuciones y responsabilidades que corresponden a los Ministros de Estado en el ejercicio de sus respectivas Carteras.
Tercero: El presente Decreto tendrá trámite de extraordinaria urgencia.
Tómese razón, comuníquese y publíquese.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Enrique Krauss Rusque, Ministro del Interior.- Patricio Rojas Saavedra, Ministro de Defensa Nacional.- Francisco Cumplido Cereceda, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Belisario Velasco Baraona, Subsecretario del Interior.