ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO
    Habiendo cumplido con lo requerido por la ley 19.638 y el decreto supremo Nº 303 de 2000 se ha efectuado la inscripción de la entidad religiosa denominada: "Entidad Religiosa Carismas: Obra Sacerdotal para Consagración del Creyente", en el Registro Público bajo el Nº 00068 del 11-9-2001. La misma fue constituida en Asamblea realizada el 13-1- 2001 donde se efectuó la aprobación de sus estatutos con los siguientes participantes: Maythe Horta E.; Fernando Lobos D.; Carlos Alvarado C.; Gustavo González C.; José Gennari C.; Marisol Olivares F.; Ana I. González N.; Yasna Marmuth R.; Cristina González A.; Susana Gallardo H.; José Santiago Pergolesi; Rebeca Molina R.; Beatriz Espinoza P.; Carlos Cid T.; Carmen Alvarado C.; María Pérez C.; Oscar Cáceres O.; Guillermina Aguirre F.; Patricia Rosales del S.; Tatiana Palacios C.; Verónica Fuentes O.; Paola Crovetto A.; Marisol Basso G.; Patricia Dallago M.; Berta Basso G. y reducida a escritura pública de 7-2- 2001, por el Notario de Santiago don Aliro Veloso Muñoz, con domicilio en calle Teatinos 333 entrepiso.- Asimismo fue complementada con fecha 22-3-2001 y rectificada el 25-7-2001 todas ante el mismo Notario.- La entidad Religiosa registra domicilio en Avenida Ossa 1156 Dpto. 302, Torre 3, Ñuñoa.- Elementos Esenciales: es una Entidad Religiosa conformada por hombres y mujeres que adhieren a ésta en forma libre, soberana y voluntariamente. Su doctrina es Trinitaria, basada en un Dios Padre, un Dios Hijo -el Cristo- y un Espíritu de Inteligencia, Santo por esencia y naturaleza. Su principio orgánico es esencialmente Sacerdotal, es decir, se conforman "Cuerpos Sacerdotales", considerando el Sacerdocio como un derecho de todo creyente, hombre o mujer, que se bautiza y desea recibir los Carismas-Sacramentos, Sello y Dones- Cristianos. La Misión es "Consagrar Creyentes", "Consignar Carismas", Evangelizar a los que creen en la Santa Trinidad, pero que no han profundizado la propia fe, proponiendo un camino gradual de servicio al prójimo y entrega espiritual al Reino de Dios. Organos de Administración, a) Presidencia: Dirigirá y coordinará los Cuerpos de la Obra y estará conformada por tres Sumos Sacerdotes que ejercerán el cargo por tres años.- b) Comisiones Públicas: Habrán dos Comisiones Públicas: 1).- De Relaciones y Representación de Relaciones Públicas. Ejecutará políticas e instrucciones emanadas de la Presidencia. El número de miembros será el que disponga la Presidencia y, 2) De Asuntos Legales o Comisión Jurídica. Supervisará los aspectos legales derivados del funcionamiento de la Obra. El número de miembros será de tres Sacerdotes.- c) Comité de Administración: Coordinará los asuntos administrativos y velará por el cumplimiento de las medidas de resguardo de bienes y recursos y, llevará a cabo la adquisición y enajenación de los mismos. Estará conformado por cuatro Sacerdotes que durarán en sus cargos tres años.- d) Tribunal Supremo: Supervisa e interviene en los asuntos sacerdotales o administrativos cuando la instancia de la Presidencia o el Consejo de Administración no resuelven. Está compuesto por los Nazarenos y Ancianos de la Obra -su número será variable-. Autoriza el extracto Aliro Veloso Muñoz, Notario Público, titular 3ª Notaría Santiago, Teatinos 333, E.P.