FIJA PARA LA REGION METROPOLITANA LA DISTRIBUCION DE SUBSIDIOS QUE SEÑALA SEGUN ALTERNATIVA DE POSTULACION CORRESPONDIENTE AL TERCER PROCESO DE SELECCION AÑO 2002
Santiago, 21 de junio de 2002.- Hoy se resolvió lo siguiente:
Núm. 576 exenta.- Vistos:
a) El decreto supremo Nº 140 de Vivienda y Urbanismo, de 1990, y sus modificaciones, que reglamenta el Programa de Viviendas Progresivas.
b) La resolución exenta Nº 253, de fecha 6 de febrero de 1997, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicada en el Diario Oficial con fecha 17 de febrero de 1997, que fija las menciones y datos que deberán contener las solicitudes a los programas de viviendas progresivas, documentos que deberán acompañarse a ellas o exhibirse y su forma de presentación.
c) El decreto 397 de Vivienda y Urbanismo, Reglamento Orgánico de las Secretarías Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo.
d) La resolución Nº 280, de fecha 10 de mayo de 1993, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicada en el Diario Oficial el 7 de junio de 1993.
e) Las facultades que me confieren el D.S. Nº 397 de 1976, y el D.S. Nº 68 de 2002, ambos de Vivienda y Urbanismo, dicto la siguiente:
R e s o l u c i ó n:
Llámase a postular en la Región Metropolitana, a todos los interesados que cumplan con los requisitos y exigencias establecidas en la resolución exenta Nº 253 V.U. de 1997, citado en el visto b) de la presente, de acuerdo a las siguientes condiciones y programas, que a continuación se indican:
Cronograma Tercer llamado a postulación:
* Período de Información: del 18 al 30 de junio de 2002.
* Período para formalizar la postulación, complementación y/o actualización de la información: del 1 al 12 de julio de 2002, ambas fechas incluidas.
* Período de suspensión para incorporarse al Registro Unico de Inscritos: 13 al 16 de julio de 2002, ambas fechas incluidas.
* Fecha límite de acreditación de ahorro: 30 de junio de 2002.
LAS DISPONIBILIDADES DE OFERTAS SON LAS SIGUIENTES:
Oferta Nº 1 Programa de Viviendas Progresivas
Primera Etapa
Monto del Subsidio: 132 UF
Alternativas de postulación: Individual y
Colectiva.
Oferta Nº 2 Programa de Viviendas Progresivas
Segunda Etapa
Monto del Subsidio: De 18 hasta
35 UF
Alternativas de postulación: Individual
y Colectiva.
Oferta Nº 3 Programa de Vivienda Progresiva
Densificación Predial
Primera Etapa
Monto del Subsidio: 132 UF
Alternativas de postulación: Individual y
Colectiva.
Primera Etapa con renuncia
a la Segunda
Monto de Subsidio: 150 UF
Alternativas de postulación: Individual y
Colectiva.
Oferta Nº 4 Programa de Vivienda Progresiva
Densificación Predial
Segunda Etapa
Monto del Subsidio: de 18 hasta
35 UF
Alternativas de postulación: Individual y
Colectiva.
Los recursos disponibles para estas ofertas son 486.600 UF, y se distribuirán proporcionalmente deRES 1123 EXENTA,
VIVIENDA
Nº 1
D.O. 02.10.2002 acuerdo a la demanda registrada en cada una de las ofertas y alternativas de postulación.
VIVIENDA
Nº 1
D.O. 02.10.2002 acuerdo a la demanda registrada en cada una de las ofertas y alternativas de postulación.
NOTA:
La RES 1236 Exenta, Vivienda, publicada el 28.10.2002, modificó la presente resolución en el sentido de destinar recursos en cada oferta y distribución entre individuales y colectivos en la forma que dicha norma indica.
La RES 1236 Exenta, Vivienda, publicada el 28.10.2002, modificó la presente resolución en el sentido de destinar recursos en cada oferta y distribución entre individuales y colectivos en la forma que dicha norma indica.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Luis Eduardo Bresciani Lecannelier, Secretario Ministerial Metropolitano de Vivienda y Urbanismo.