MODIFICA CONCESION DE SERVICIO PUBLICO TELEFONICO A LA EMPRESA QUANTAX S.A.

    Santiago, 30 de junio de 2006.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

    Núm. 352.- Vistos:

a)  El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones;
b)  La ley Nº 18.168, Ley General de
    Telecomunicaciones;
c)  El número 1 del artículo 3º del párrafo III de la resolución Nº 55, de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por la resolución Nº 520, de 1996, ambas de la Contraloría General de la República;
d)  El decreto supremo Nº 106, de 2004, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que otorgó la concesión, y sus modificaciones posteriores.

    Considerando:

a)  Lo solicitado por la interesada mediante Ingreso Subtel Nº 20.685 de 07.03.2006.
b)  Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de concesión,
    Decreto:

    Modifícase la concesión de Servicio Público Telefónico a la empresa Quantax S.A., RUT Nº 96.842.250-2, con domicilio en Navarra Nº 3720, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en el sentido que indican los numerandos siguientes:
    1.- Autorízase a la concesionaria para cambiar la ubicación del Nodo Santiago, a la dirección que se indica a continuación:

Ubicación del centro de conmutación:

  Nodo    Nueva ubicación    Comuna

Santiago  Navarra Nº 3720  Las Condes

    Los medios de transmisión y conmutación podrán ser propios o arrendados a terceros debidamente autorizados.

    2.- Los plazos serán los que se indican a continuación:

Inicio de  Término de  Inicio de
  Obras      Obras      Servicio    Observación

  14          28          32    Todos estos
[meses]    [meses]      [meses]  plazos están
                                  referidos a la
                                  fecha de publicación
                                  en el Diario Oficial
                                  del presente decreto.

    3.- Apruébese el proyecto técnico presentado por la concesionaria en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
    4.- Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.

    Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Sergio Espejo Yaksic, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Víctor Garay Silva, Jefe División Concesiones.