MODIFICA RESOLUCIÓN N°2.967 EXENTA, DE 2010, Y APRUEBA NÓMINA DE POSTULANTES SELECCIONADOS DEL LLAMADO A CONCURSO EN CONDICIONES ESPECIALES PARA OPERACIONES DE ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS CONSTRUIDAS DEL FONDO SOLIDARIO DE VIVIENDA, CAPITULO PRIMERO, CORRESPONDIENTE AL MES DE AGOSTO DEL AÑO 2010
Santiago, 8 de octubre de 2010.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 6.373 exenta.- Visto:
a) El D.S. Nº 174 (V. y U.), de 2005, y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Fondo Solidario de Vivienda;
b) La resolución exenta Nº 8.820, de fecha 10 de diciembre de 2009 (V. y U.), que autoriza el otorgamiento de subsidios habitacionales correspondientes a los llamados que se efectúen durante el año 2010 y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del programa regulado por el D.S Nº 174 (V. y U.), de 2005;
c) La resolución exenta N° 2.967 (V. y U.), de 2010 y sus modificaciones, que llama a concurso en condiciones especiales para operaciones de adquisición de viviendas construidas del Programa Fondo Solidario de Vivienda en su capítulo primero para las regiones que indica, dicto la siguiente
Resolución:
1.- Modifícase el resuelvo 5. de la resolución exenta N° 2.967 (V. y U.), de 2010, en el sentido de reemplazar en la fila correspondiente a la Región Metropolitana, en la columna Recursos (UF), el guarismo "471.323" por "500.127".
2.- Apruébase la nómina de 1.041 postulantes seleccionados en concurso efectuado el día 31 de Agosto de 2010 para el otorgamiento de subsidios habitacionales correspondientes al llamado dispuesto por la resolución exenta N° 2.967 (V. y U.), de 2010, nómina que se adjunta y se entiende que forma parte integrante de esta resolución. Fíjase además el número de postulantes seleccionados para las regiones de Valparaíso, Libertador Bernardo O'Higgins, Maule, Bío Bío, Araucanía y Metropolitana, según se indica en la siguiente tabla:
3.- Fíjase el monto de Unidades de Fomento comprometidas por Región para el financiamiento de los subsidios establecidos en el Resuelvo precedente, correspondiente al llamado a concurso en condiciones especiales para operaciones de adquisición de viviendas construidas del Capítulo Primero del Fondo Solidario de Vivienda, para el mes de Agosto de 2010, según se indica en la siguiente tabla:
4.- Autorízase la aplicación de 2 subsidiosResolución 7061 EXENTA,
VIVIENDA
N° 1 a)
D.O. 05.09.2012 en una región distinta de las que integran la zona de catástrofe y apruébase la nómina de 2 postulantes seleccionadas en concurso efectuado el día 31 de Agosto de 2010 para el otorgamiento de subsidios habitacionales correspondientes al llamado dispuesto por la resolución exenta N° 2.967 (V. y U.), de 2010, que eligieron una región distinta de la que resultaron damnificadas para aplicar su subsidio, nómina que se adjunta y se entiende que forma parte integrante de esta resolución, según se indica en la siguiente tabla:Resolución 7061 EXENTA,
VIVIENDA
N° 1 b)
D.O. 05.09.2012
VIVIENDA
N° 1 a)
D.O. 05.09.2012 en una región distinta de las que integran la zona de catástrofe y apruébase la nómina de 2 postulantes seleccionadas en concurso efectuado el día 31 de Agosto de 2010 para el otorgamiento de subsidios habitacionales correspondientes al llamado dispuesto por la resolución exenta N° 2.967 (V. y U.), de 2010, que eligieron una región distinta de la que resultaron damnificadas para aplicar su subsidio, nómina que se adjunta y se entiende que forma parte integrante de esta resolución, según se indica en la siguiente tabla:Resolución 7061 EXENTA,
VIVIENDA
N° 1 b)
D.O. 05.09.2012

5.- Fíjase el monto de Unidades de Fomento comprometidas por Región no damnificada para el financiamiento de los subsidios establecidos en el Resuelvo precedente, correspondiente al llamado a concurso en condiciones especiales para operaciones de adquisición de viviendas construidas del Capítulo Primero del Fondo Solidario de Vivienda, para el mes de agosto de 2010, según se indica en la siguiente tabla:Resolución 7061 EXENTA,
VIVIENDA
N° 1 c)
D.O. 05.09.2012
VIVIENDA
N° 1 c)
D.O. 05.09.2012

6.- Determínase el monto de Unidades de Fomento disponible para la selección que se efectuará en el mes de septiembre, de acuerdo a lo establecido mediante la resolución exenta N° 2.967 (V. y U.), de 2010, para las Regiones de Valparaíso, Libertador Bernardo O'Higgins, Maule, Bío Bío, Araucanía y Metropolitana correspondiente al llamado a concurso en condiciones especiales para operaciones de adquisición de viviendas construidas del Capítulo Primero del citado reglamento, según se indica en la siguiente tabla:

Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Magdalena Matte Lecaros, Ministra de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Andrés Iacobelli del Río, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.