APRUEBA NÓMINA DE POSTULANTES SELECCIONADOS DEL LLAMADO A CONCURSO EN CONDICIONES ESPECIALES PARA OPERACIONES DE ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS CONSTRUIDAS DEL FONDO SOLIDARIO DE VIVIENDA, CAPÍTULO SEGUNDO, CORRESPONDIENTE AL MES DE JUNIO DEL AÑO 2011

    Santiago, 9 de agosto de 2011.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 4.761 exenta.- Visto:

    a) El D.S. Nº 174 (V. y U.), de 2005, y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Fondo Solidario de Vivienda;

    b) La resolución exenta Nº 8.816 (V. y U.), de fecha 31 de diciembre de 2010, que autoriza el otorgamiento de subsidios habitacionales correspondientes a los llamados que se efectúen durante el año 2011 y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del programa regulado por el D.S. Nº174 (V. y U.), de 2005;

    c) La resolución exenta N° 366 (V. y U.), de 2011, que llama a concurso en condiciones especiales para operaciones de adquisición de viviendas construidas del Programa Fondo Solidario de Vivienda en su Capítulo Segundo para las regiones declaradas como afectadas por la catástrofe del 27 de febrero de 2010, por D.S. N°150, (de Interior), de 2010, dicto la siguiente

    Resolución:

    1.- Apruébase la nómina de 17 postulantes seleccionados en concurso efectuado el día 30 de junio de 2011 para el otorgamiento de subsidios habitacionales correspondientes al llamado dispuesto por la resolución exenta N°366 (V. y U.), de 2011, nómina que se adjunta y se entiende que forma parte integrante de esta resolución. Fíjase el número de postulantes seleccionados para las regiones de Valparaíso, Maule y Bío Bío, según se indica en la siguiente tabla:

   

    2.- Fíjase el monto de Unidades de Fomento comprometidas por Región para el financiamiento de los subsidios establecidos en el Resuelvo precedente, correspondiente al llamado a concurso en condiciones especiales para operaciones de adquisición de viviendas construidas del Capítulo Segundo del Fondo Solidario de Vivienda, para el mes de junio de 2011, según se indica en la siguiente tabla:

   

    3.- Fíjase el monto de Unidades de Fomento comprometidas, de acuerdo a lo establecido mediante la resolución exenta N° 366 (V. y U.), de 2011, para las Regiones de Valparaíso, Libertador Bernardo O'Higgins, Maule, Biobío, Araucanía y Metropolitana correspondiente al llamado a concurso en condiciones especiales para operaciones de adquisición de viviendas construidas del Capítulo Segundo del citado reglamento, según se indica en las tablas siguientes:

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NOTA
      La Resolución 1398 Exenta, Vivienda, publicada el 17.02.2012, modifica la presente norma de la manera siguiente:
- El numeral 3, elimina los beneficios otorgados a la persona que la referida Resolución individualiza, y
- El numeral 4, modifica  el número de beneficiados total país de 17 a 16 en las regiones damnificadas, de acuerdo a la tabla inserta en la citada norma.

    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Rodrigo Pérez Mackenna, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Juan Carlos Jobet Eluchans, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.