DECLARA PRESCINDIBLES Y MANIFIESTA INTENCIÓN DE VENTA DE 21 INMUEBLES FISCALES QUE INDICA, UBICADOS EN LA COMUNA DE CHAITÉN, PROVINCIA DE PALENA, REGIÓN DE LOS LAGOS
     
    Núm. 166 exenta.- Santiago, 30 de enero de 2015.- Vistos: Estos antecedentes, los oficios Nº SE10-2915 de 24 de octubre de 2014 y Nº SE10-3479 de 11 de diciembre de 2014, ambos de la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la Región de Los Lagos; los oficios Nº 748 de 30 de octubre de 2014 y Nº 873 de 17 de diciembre de 2014, ambos de la División de Bienes Nacionales; el DFL Nº 1/19.653 de 2001, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley Nº 19.880, de 2003, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; el DL Nº 3.274 que fija el texto de la Ley Orgánica del Ministerio de Bienes Nacionales; el DL Nº 1.939, de 1977, que establece Normas sobre Adquisición, Administración y Disposición de los Bienes del Estado y sus modificaciones; el DS Nº 27 de 2001; lo acordado por la Comisión Especial de Enajenaciones Regional, en Sesión Nº 10.080 de 21 de octubre de 2014; la Ley Nº 20.385 de 2009, del Ministerio de Bienes Nacionales, que Faculta al Fisco para Comprar y Vender Propiedades Particulares con ocasión de la erupción del Volcán Chaitén; el DS Nº 21 de 2010; el DS Nº 84, de 7 de diciembre de 2011, que Aprueba el Reglamento de la ley Nº 20.385; y, la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República;
     
    Considerando:
     
    Que, en virtud de la ley Nº 20.385, el Fisco de Chile representado por el Ministerio de Bienes Nacionales, adquirió inmuebles particulares hayan o no resultado dañados, o que sufrieron cuantiosas pérdidas o secuelas, producto de la erupción del Volcán Chaitén ocurrida el 2 de mayo de 2008, afectando las comunas de Chaitén y Futaleufú, en la provincia de Palena, Región de Los Lagos.
    Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 11 de la ley Nº 20.385, los particulares que en virtud de las disposiciones de dicha ley, hubieran vendido al Fisco inmuebles de su dominio ubicados en el área urbana y rural de la comuna de Chaitén, tendrán la primera opción para recomprar las mismas propiedades en el estado que estas se encuentren al momento de efectuar la recompra, previa declaración de su calidad de prescindible decretada por el Ministerio de Bienes Nacionales, en conformidad a lo señalado en el decreto supremo Nº 84, de 7 de diciembre de 2011, publicado en el Diario Oficial de fecha 20 de noviembre de 2012.
    Que, el Ministerio de Bienes Nacionales ha estimado factible vender a sus anteriores propietarios los inmuebles fiscales adquiridos en virtud de la ley Nº 20.385, los que actualmente se encuentran disponibles y no se requieren para los fines propios del Estado.
    Que, la venta de los inmuebles fiscales que a continuación se indicarán, se sujetará a la modalidad de primera opción de compra, de conformidad a lo dispuesto en la ley Nº 20.385 y su reglamento, contendido en el DS Nº 84 de 7 de diciembre de 2011, del Ministerio de Bienes Nacionales, la cual podrá ejercerse dentro del plazo de un año contado desde las publicaciones que se indicarán, vencido el cual sin que se haya hecho uso de la opción de compra, el Ministerio de Bienes Nacionales queda facultado para disponer libremente del inmueble conforme a la reglas generales de disposición y administración de los bienes del Estado.
    Que, el precio de venta de los inmuebles que se indicarán ha sido determinado por la Comisión Especial de Enajenaciones a que se refiere el Título IV del decreto ley Nº 1.939 del año 1977, en la Sesión Nº 10080, de 21 de octubre de 2014.

    Resuelvo:

    I.- Declárense prescindibles para los fines del Estado, con el objeto de poder ejercer la opción de compra preferente señalada en los artículos 11 y 12 de la ley Nº 20.385, los Inmuebles Urbanos ubicados en la comuna de Chaitén, provincia de Palena, Región de Los Lagos, que a continuación se indican:
    1.- Sitio 4-1-B proveniente de la subdivisión del sitio 4-1 el que a su vez proviene de la subdivisión del sitio 4 de la Manzana 15 de la Población "Chaitén" (Sitio 4-1 Manzana 15), inscrito a favor del Fisco de Chile a fojas 22 Nº 20 del Registro de Propiedad del año 2012, del Conservador de Bienes Raíces de Chaitén, Id. Catastral Nº 331451, enrolado en el Servicio de Impuestos Internos bajo el Nº 5-7. La adquisición del inmueble por parte del Fisco de Chile fue autorizada por decreto exento Nº 724 de fecha 24 de junio de 2011, del Ministerio de Bienes Nacionales, mediante tradición que le hiciere doña Gerda Hulda Hillmann Espinoza, sirviendo de título traslaticio de dominio la escritura pública de compraventa de fecha 16 de noviembre de 2011, otorgada en la Notaría de Puerto Montt de don Hernán Tike Carrasco e inserta bajo el Nº 182 en el Registro de Protocolo respectivo. El precio de venta asciende a la cantidad de U.F. 160,31 (ciento sesenta coma treinta y una Unidades de Fomento).
    2.- Lote 4-2 que formaba parte del sitio 4 de la Manzana 15 de la Población "Chaitén" (Sitio 4-2 Manzana 15), inscrito a favor del Fisco de Chile a fojas 712 Nº 673 del Registro de Propiedad del año 2011, del Conservador de Bienes Raíces de Chaitén, Id. Catastral Nº 325296, enrolado en el Servicio de Impuestos Internos bajo el Nº 5-12. La adquisición del inmueble por parte del Fisco de Chile fue autorizada por decreto exento Nº 668 de fecha 20 de junio de 2011 del Ministerio de Bienes Nacionales, mediante tradición que le hiciere don Víctor Hugo Pérez Triviño, sirviendo de título traslaticio de dominio la escritura pública de compraventa de fecha 20 de julio de 2011, otorgada en la Notaría de Puerto Montt de don Hernán Tike Carrasco e inserta bajo el Nº 218 en el Registro de Protocolo respectivo. El precio de venta asciende a la cantidad de U.F. 480,94 (cuatrocientas ochenta coma noventa y cuatro Unidades de Fomento).
    3.- Calle Arturo Prat Nº 486, comuna de Chaitén (Sitio 8-1 Manzana 15) , inscrito a favor del Fisco de Chile a fojas 682 Nº 646 del Registro de Propiedad del año 2011, del Conservador de Bienes Raíces de Chaitén, Id. Catastral Nº 325649, enrolado en el Servicio de Impuestos Internos bajo el Nº 5-8. La adquisición del inmueble por parte del Fisco de Chile fue autorizada por decreto exento Nº 716 de fecha 24 de junio de 2011 del Ministerio de Bienes Nacionales, mediante tradición que le hiciere doña Lucerina Villarroel Villarroel, sirviendo de título traslaticio de dominio la escritura pública de compraventa de fecha 26 de julio de 2011, otorgada en la Notaría de Puerto Montt de don Hernán Tike Carrasco e inserta bajo el Nº 356 en el Registro de Protocolo respectivo. El precio de venta asciende a la cantidad de U.F. 426,53 (cuatrocientas veintiséis coma cincuenta y tres Unidades de Fomento).     
    4.- Sitio Nº 7 de la manzana 15 de la Población "Chaitén", inscrito a favor del Fisco de Chile a fojas 242 Nº 229 del Registro de Propiedad del año 2011, del Conservador de Bienes Raíces de Chaitén, Id. Catastral Nº 289087, enrolado en el Servicio de Impuestos Internos bajo el Nº 5-5. La adquisición del inmueble por parte del Fisco de Chile fue autorizada por decreto exento Nº 1.089 de fecha 29 de octubre de 2010 modificado por el decreto exento Nº 1.408 de 10 de diciembre de 2010, ambos del Ministerio de Bienes Nacionales, mediante tradición que le hiciere doña Mercedes del Carmen Parra Arias, sirviendo de título traslaticio de dominio la escritura pública de compraventa de fecha 29 de diciembre de 2010, otorgada en la Notaría de Puerto Montt de don Hernán Tike Carrasco e inserta bajo el Nº 850 en el Registro de Protocolo respectivo. El precio de venta asciende a la cantidad de U.F. 675,00 (seiscientas setenta y cinco coma cero cero Unidades de Fomento).
    5.- Sitio Nº 2 de la Manzana 15 de la Población "Chaitén", inscrito a favor del Fisco de Chile a fojas 181 Nº 171 del Registro de Propiedad del año 2011, del Conservador de Bienes Raíces de Chaitén, Id. Catastral Nº 289080, enrolado en el Servicio de Impuestos Internos bajo el Nº 5-6. La adquisición del inmueble por parte del Fisco de Chile fue autorizada por decreto exento Nº 1.355 de fecha 2 de diciembre de 2010 del Ministerio de Bienes Nacionales, mediante tradición que le hiciere doña Guillermina del Tráncito Mayorga López y don Alfonso Edmundo Contreras Villegas, sirviendo de título traslaticio de dominio la escritura pública de compraventa de fecha 10 de diciembre de 2010, otorgada en la Notaría de Puerto Montt de don Hernán Tike Carrasco e inserta bajo el Nº 571 en el Registro de Protocolo respectivo. El precio de venta asciende a la cantidad de U.F. 705,38 (setecientas cinco coma treinta y ocho Unidades de Fomento).
    6.- Sitio 2-a de la Manzana 20, inscrito a favor del Fisco de Chile a fojas 724 Nº 685 del Registro de Propiedad del año 2011, del Conservador de Bienes Raíces de Chaitén, Id. Catastral Nº 289117, enrolado en el Servicio de Impuestos Internos bajo el Nº 10-8. La adquisición del inmueble por parte del Fisco de Chile fue autorizada por decreto exento Nº 623 de fecha 20 de junio de 2011 del Ministerio de Bienes Nacionales, mediante tradición que le hiciere doña María Pascuala Mayorga Mayorga, sirviendo de título traslaticio de dominio la escritura pública de compraventa de fecha 5 de agosto de 2011, otorgada en la Notaría de Futaleufú de don Jaime Silva Sciberras e inserta bajo el Nº 248 en el Registro de Protocolo respectivo. El precio de venta asciende a la cantidad de U.F. 564,22 (quinientas sesenta y cuatro coma veintidós Unidades de Fomento).
    7.- Lote A-3 que forma parte del sitio Nº 3 de la Manzana 26, de la Población "Chaitén" (Sitio 3A Manzana 26) inscrito a favor del Fisco de Chile a fojas 199 Nº 189 del Registro de Propiedad del año 2011, del Conservador de Bienes Raíces de Chaitén, Id. Catastral Nº 322622, enrolado en el Servicio de Impuestos Internos bajo el Nº 16-14. La adquisición del inmueble por parte del Fisco de Chile fue autorizada por decreto exento Nº 936 de fecha 14 de octubre de 2010 del Ministerio de Bienes Nacionales, mediante tradición que le hiciere doña María Magdalena Schilling Dankert sirviendo de título traslaticio de dominio la escritura pública de compraventa de fecha 6 de diciembre de 2010, otorgada en la Notaría de Futaleufú de don Jaime Silva Sciberras e inserta bajo el Nº 548 en el Registro de Protocolo respectivo. El precio de venta asciende a la cantidad de U.F. 246,24 (doscientas cuarenta y seis coma veinticuatro Unidades de Fomento).
    8.- Inmueble ubicado en calles Piloto Pardo y Pedro de Valdivia de Chaítén (Sitio 8-B Manzana 37), inscrito a favor del Fisco de Chile a fojas 610 Nº 579 del Registro de Propiedad del año 2011, del Conservador de Bienes Raíces de Chaitén, Id. Catastral Nº 289231, enrolado en el Servicio de Impuestos Internos bajo el Nº 28-4. La adquisición del inmueble por parte del Fisco de Chile fue autorizada por decreto exento Nº 552 de fecha 31 de mayo de 2011 del Ministerio de Bienes Nacionales, mediante tradición que le hiciere don Carmelo Bórquez Magias sirviendo de título traslaticio de dominio la escritura pública de compraventa de fecha 16 de junio de 2011, otorgada en la Notaría de Puerto Montt de don Hernán Tike Carrasco e inserta bajo el Nº 513 en el Registro de Protocolo respectivo. El precio de venta asciende a la cantidad de U.F. 295,10 (doscientas noventa y cinco coma diez Unidades de Fomento).
    9.- Sitio Nº 7-A de la Manzana 37, inscrito a favor del Fisco de Chile a fojas 416 Nº 383 del Registro de Propiedad del año 2010, del Conservador de Bienes Raíces de Chaitén, Id. Catastral Nº 289229, enrolado en el Servicio de Impuestos Internos bajo el Nº 28-3. La adquisición del inmueble por parte del Fisco de Chile fue autorizada por decreto exento Nº 702 de fecha 25 de agosto de 2010 del Ministerio de Bienes Nacionales, mediante tradición que le hiciere doña María Albina del Carmen Uribe Huenchuman sirviendo de título traslaticio de dominio la escritura pública de compraventa de fecha 27 de septiembre de 2010, otorgada en la notaría de Puerto Montt de don Hernán Tike Carrasco e inserta bajo el Nº 303 en el Registro de Protocolo respectivo. El precio de venta asciende a la cantidad de U.F. 566,46 (quinientas sesenta y seis coma cuarenta y seis Unidades de Fomento).
    10.- Lote 6-1, proveniente de la subdivisión del sitio Nº 6 de la Manzana 38 de la Población "Chaitén", inscrito a favor del Fisco de Chile a fojas 628 Nº 596 del Registro de Propiedad del año 2011, del Conservador de Bienes Raíces de Chaitén, Id. Catastral Nº 289237, enrolado en el Servicio de Impuestos Internos bajo el Nº 29-2. La adquisición del inmueble por parte del Fisco de Chile fue autorizada por decreto exento Nº 665 de fecha 20 de junio de 2011, del Ministerio de Bienes Nacionales, mediante tradición que le hiciere don Teófilo Pérez Vidal sirviendo de título traslaticio de dominio la escritura pública de compraventa de fecha 24 de junio de 2011, otorgada en la Notaría de Puerto Montt de don Hernán Tike Carrasco e inserta bajo el Nº 577 en el Registro de Protocolo respectivo. El precio de venta asciende a la cantidad de U.F. 540,00 (quinientas cuarenta Unidades de Fomento).
    11.- Sitio Nº 7 de la Manzana 38, inscrito a favor del Fisco de Chile a fojas 39 Nº 38 del Registro de Propiedad del año 2011, del Conservador de Bienes Raíces de Chaitén, Id. Catastral Nº 289238, enrolado en el Servicio de Impuestos Internos bajo el Nº 29-3. La adquisición del inmueble por parte del Fisco de Chile fue autorizada por decreto exento Nº 859 de fecha 24 de septiembre de 2010, del Ministerio de Bienes Nacionales, mediante tradición que le hiciere doña Emor Marleni Mayer García sirviendo de título traslaticio de dominio la escritura pública de compraventa de fecha 15 de noviembre de 2010, otorgada en la Notaría de Puerto Montt de don Hernán Tike Carrasco e inserta bajo el Nº 173 en el Registro de Protocolo respectivo. El precio de venta asciende a la cantidad de U.F. 628,43 (seiscientas veintiocho coma cuarenta y tres Unidades de Fomento).
    12.- Lote 1 del sitio 8 de la Manzana 38 de la Población "Chaitén" (Sitio 8-1 Manzana 38), inscrito a favor del Fisco de Chile a fojas 297 Nº 282 del Registro de Propiedad del año 2011, del Conservador de Bienes Raíces de Chaitén, Id. Catastral Nº 325668, enrolado en el Servicio de Impuestos Internos bajo el Nº 29-4. La adquisición del inmueble por parte del Fisco de Chile fue autorizada por decreto exento Nº 1.427 de fecha 16 de diciembre de 2010, del Ministerio de Bienes Nacionales, mediante tradición que le hiciere doña Jovita Inés Ojeda Maldonado sirviendo de título traslaticio de dominio la escritura pública de compraventa de fecha 28 de diciembre de 2010, otorgada en la Notaría de Puerto Montt de don Hernán Tike Carrasco e inserta bajo el Nº 821 en el Registro de Protocolo respectivo. El precio de venta asciende a la cantidad de U.F. 337,50 (trescientas treinta y siete coma cincuenta Unidades de Fomento).
    13.- Lote 2 del sitio 8 de la Manzana 38 de la Población "Chaitén" (Sitio 8-2 Manzana 38), inscrito a favor del Fisco de Chile a fojas 166 Nº 157 del Registro de Propiedad del año 2011, del Conservador de Bienes Raíces de Chaitén, Id. Catastral Nº 289239, enrolado en el Servicio de Impuestos Internos bajo el Nº 29-9. La adquisición del inmueble por parte del Fisco de Chile fue autorizada por decreto exento Nº 978 de fecha 27 de octubre de 2010, del Ministerio de Bienes Nacionales, mediante tradición que le hiciere don Arnoldo Hellriegel Aroca sirviendo de título traslaticio de dominio la escritura pública de compraventa de fecha 6 de diciembre de 2010, otorgada en la Notaría de Futaleufú de don Jaime Silva Sciberras e inserta bajo el Nº 541 en el Registro de Protocolo respectivo. El precio de venta asciende a la cantidad de U.F. 363,38 (trescientas sesenta y tres coma treinta y ocho unidades de fomento).
    14.- Sitio Nº 15 de la Manzana B que forma parte de la Manzana 41, de la Población "Chaitén", inscrito a favor del Fisco de Chile a fojas 888 Nº 838 del Registro de Propiedad del año 2011, del Conservador de Bienes Raíces de Chaitén, Id. Catastral Nº 328259, enrolado en el Servicio de Impuestos Internos bajo el Nº 32-15. La adquisición del inmueble por parte del Fisco de Chile fue autorizada por decreto exento Nº 1.079 de fecha 23 de septiembre de 2011, del Ministerio de Bienes Nacionales, mediante tradición que le hiciere la Sociedad de Inversiones San Jorge Limitada y Sociedad Área Nueva Limitada, sirviendo de título traslaticio de dominio la escritura pública de compraventa de fecha 6 de octubre de 2011, otorgada en la Notaría de Puerto Montt de don Hernán Tike Carrasco e inserta bajo el Nº 526 en el Registro de Protocolo respectivo. El precio de venta asciende a la cantidad de U.F. 206,25 (doscientos seis coma veinticinco Unidades de Fomento).
    15.- Vivienda Rol Serviu Nº 13 ubicada en calle Libertad Nº 13 de la Población "Villa Chaitén" (Sitio 13 Manzana 42), inscrito a favor del Fisco de Chile a fojas 66 Nº 60 del Registro de Propiedad del año 2012, del Conservador de Bienes Raíces de Chaitén, Id. Catastral Nº 364161, enrolado en el Servicio de Impuestos Internos bajo el Nº 37-7. La adquisición del inmueble por parte del Fisco de Chile fue autorizada por decreto exento Nº 1.406 de fecha 22 de diciembre de 2011, del Ministerio de Bienes Nacionales, mediante tradición que le hiciere doña Beatriz del Carmen Palomo Villarroel, sirviendo de título traslaticio de dominio la escritura pública de compraventa de fecha 30 de diciembre de 2011, otorgada en la Notaría de Puerto Montt de don Hernan Tike Carrasco e inserta bajo el Nº 828 en el Registro de Protocolo respectivo. El precio de venta asciende a la cantidad de U.F. 140,94 (ciento cuarenta coma noventa y cuatro Unidades de Fomento).
    16.- Sector Avenida Corcovado Nº 706 (Sitio 1a Manzana 44), inscrito a favor del Fisco de Chile a fojas 605 Nº 570 del Registro de Propiedad del año 2010 del Conservador de Bienes Raíces de Chaitén, Id. Catastral Nº 309580, enrolado en el Servicio de Impuestos Internos bajo el Nº 39-23. La adquisición del inmueble por parte del Fisco de Chile fue autorizada por decreto exento Nº 977 de fecha 27 de octubre de 2010, del Ministerio de Bienes Nacionales, mediante tradición que le hiciere don Hernán Patricio Sánchez León, sirviendo de título traslaticio de dominio la escritura pública de compraventa de fecha 8 de noviembre de 2010, otorgada en la Notaría de Puerto Montt de don Hernán Tike Carrasco e inserta bajo el Nº 69 en el Registro de Protocolo respectivo. El precio de venta asciende a la cantidad de U.F. 135,44 (ciento treinta y cinco coma cuarenta y cuatro Unidades de Fomento).
    17.- Lote A del sitio Nº 1 de la Manzana 44 de la Población "Chaitén" (Sitio 1a Manzana 44), inscrito a favor del Fisco de Chile a fojas 71 Nº 69 del Registro de Propiedad del año 2011 del Conservador de Bienes Raíces de Chaitén, Id. Catastral Nº 289285, enrolado en el Servicio de Impuestos Internos bajo el Nº 39-9. La adquisición del inmueble por parte del Fisco de Chile fue autorizada por decreto exento Nº 979 de fecha 27 de octubre de 2010, del Ministerio de Bienes Nacionales, mediante tradición que le hiciere doña Judith Mireya Oyarzo Vivar, sirviendo de título traslaticio de dominio la escritura pública de compraventa de fecha 22 de noviembre de 2010, otorgada en la Notaría de Puerto Montt de don Hernán Tike Carrasco e inserta bajo el Nº 325 en el Registro de Protocolo respectivo. El precio de venta asciende a la cantidad de UF. 153,90 (ciento cincuenta y tres coma noventa Unidades de Fomento).
    18.- Calle Lautaro Nº 17 que forma parte del sitio Nº 1 Manzana 44 (Sitio 1b Manzana 44), inscrito a favor del Fisco de Chile a fojas 371 Nº 356 del Registro de Propiedad del año 2011 del Conservador de Bienes Raíces de Chaitén, Id. Catastral Nº 325943, enrolado en el Servicio de Impuestos Internos bajo el Nº 39-20. La adquisición del inmueble por parte del Fisco de Chile fue autorizada por decreto exento Nº 1.432 de fecha 16 de diciembre de 2010, del Ministerio de Bienes Nacionales, mediante tradición que le hiciere doña Miriam Liliana Mancilla Uribe, sirviendo de título traslaticio de dominio la escritura pública de compraventa de fecha 17 de enero de 2011, otorgada en la Notaría de Puerto Montt de don Hernán Tike Carrasco e inserta bajo el Nº 199 en el Registro de Protocolo respectivo. El precio de venta asciende a la cantidad de U.F. 80,03 (ochenta coma cero tres Unidades de Fomento).
    19.- Lote B de la subdivisión del sitio Nº 1 Manzana 44 de la Población "Chaitén" (Sitio 1-B Manzana 44), inscrito a favor del Fisco de Chile a fojas 293 Nº 278 del Registro de Propiedad del año 2011 del Conservador de Bienes Raíces de Chaitén, Id. Catastral Nº 325446, enrolado en el Servicio de Impuestos Internos bajo el Nº 39-26. La adquisición del inmueble por parte del Fisco de Chile fue autorizada por decreto exento Nº 983 de fecha 27 de octubre de 2010, del Ministerio de Bienes Nacionales, mediante tradición que le hiciere doña Mónica del Carmen Gajardo Véjar y don César Antonio Ávila Saavedra, sirviendo de título traslaticio de dominio la escritura pública de compraventa de fecha 13 de diciembre de 2010, otorgada en la Notaría de Puerto Montt de don Hernán Tike Carrasco e inserta bajo el Nº 622 en el Registro de Protocolo respectivo. El precio de venta asciende a la cantidad de U.F. 166,73 (ciento sesenta y seis coma setenta y tres Unidades de Fomento).
    20.- Calle Corcovado s/nº que forma parte del Sitio Nº 1 Manzana 44 (Sitio 1C Manzana 44), inscrito a favor del Fisco de Chile a fojas 464 Nº 442 del Registro de Propiedad del año 2011 del Conservador de Bienes Raíces de Chaitén, Id. Catastral Nº 331903, enrolado en el Servicio de Impuestos Internos bajo el Nº 39-21. La adquisición del inmueble por parte del Fisco de Chile fue autorizada por decreto exento Nº 1.490 de fecha 22 de diciembre de 2010, del Ministerio de Bienes Nacionales, mediante tradición que le hiciere don Sergio Arturo Tecas Leviñanco, sirviendo de título traslaticio de dominio la escritura pública de compraventa de fecha 22 de marzo de 2011, otorgada en la Notaría de Puerto Montt de don Hernán Tike Carrasco e inserta bajo el Nº 230 en el Registro de Protocolo respectivo. El precio de venta asciende a la cantidad de U.F. 90,43 (noventa coma cuarenta y tres Unidades de Fomento).
    21.- Sitio 3a1 de la subdivisión del sitio 3a de la Manzana 44, inscrito a favor del Fisco de Chile a fojas 582 Nº 547 del Registro de Propiedad del año 2010 del Conservador de Bienes Raíces de Chaitén, Id. Catastral Nº 310980, enrolado en el Servicio de Impuestos Internos bajo el Nº 39-10. La adquisición del inmueble por parte del Fisco de Chile fue autorizada por decreto exento Nº 934 de fecha 14 de octubre de 2010, del Ministerio de Bienes Nacionales, mediante tradición que le hiciere doña Orielle Zunilda Zambrano Maldonado, sirviendo de título traslaticio de dominio la escritura pública de compraventa de fecha 27 de octubre de 2010, otorgada en la Notaría de Puerto Montt de don Hernán Tike Carrasco e inserta bajo el Nº 701 en el Registro de Protocolo respectivo. El precio de venta asciende a la cantidad de U.F. 185,63 (ciento ochenta y cinco coma sesenta y tres Unidades de Fomento).
    II.- Ofrézcase primeramente la opción de compra de los inmuebles indicados a quienes lo hubieren vendido al Fisco o a sus sucesores legales debidamente acreditados, en las siguientes condiciones:
    a) Las referidas personas deberán ejercer la primera opción de compra respecto del inmueble por ellos vendido al Fisco, manifestando su intención por escrito ante el Secretario Regional Ministerial de Bienes Nacionales dentro del plazo máximo de un año, contado desde la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, firmando el documento que la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de Los Lagos tendrá al efecto, en conjunto con una declaración jurada, señalando que no son partes en ningún juicio pendiente en que se discuta la posesión o el dominio de la propiedad, objeto de la manifestación.
    Si por cualquier razón la opción correspondiere a dos o más personas, todos ellos deberán suscribir la respectiva manifestación y declaración jurada referida en el párrafo anterior.
    Para todos los efectos, se entenderá que el domicilio del o los manifestantes es aquel que se señala en la respectiva manifestación de intención de compra, de modo de posibilitar las notificaciones que deban ejecutarse de conformidad con el procedimiento. En aquel domicilio se realizarán las notificaciones pertinentes, mediante carta enviada por correo certificado.
    Vencido el plazo de un año antes referido, no podrá hacerse uso de la opción de compra, entendiéndose que el respectivo titular de la opción ha renunciado a la misma. A contar de esa fecha el Fisco podrá disponer libremente del inmueble sin necesidad de publicar una nueva resolución.
    b) Recibida la manifestación referida en la letra a) precedente, en el tiempo y forma señalados, el Fisco, por intermedio del Ministerio de Bienes Nacionales, dictará un decreto supremo que autorice la venta del respectivo inmueble a favor del o los manifestantes, según corresponda, el que contendrá las condiciones específicas respecto a precio y condiciones de pago.
    Dicho decreto supremo será notificado a los manifestantes que correspondan de acuerdo a lo dispuesto en la ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, con el objeto que procedan a suscribir la escritura pública de compraventa y efectuar el pago del precio. Una vez notificado el decreto que aprueba la venta, el o los manifestantes, según corresponda, tendrán un plazo máximo de (90) noventa días para firmar el contrato de compraventa en la Notaría que al efecto se señale en la notificación.
    En caso de que no se suscriba la compraventa en el plazo señalado por todos los manifestantes que correspondan, se entenderá por desistida la opción de compra, lo que se certificará por la Secretaría Regional de Bienes Nacionales de la Región de Los Lagos. A partir de ese momento el Fisco podrá disponer libremente del inmueble conforme a las reglas generales; para ello el Ministerio de Bienes Nacionales dictará un decreto que derogará el acto administrativo autorizatorio de la venta.
    c) El ejercicio de la primera opción de compra podrá ser renunciada por los titulares de dicho derecho en cualquier momento a partir de la publicación en el Diario Oficial de la resolución referida en el artículo primero.
    La renuncia deberá constar por escrito y ser presentada ante la Secretaría Regional de Bienes Nacionales de la Región de Los Lagos o ante cualquier Oficina Provincial de Bienes Nacionales de la misma región.
    La renuncia válidamente emitida es irrevocable y facultará al Fisco a disponer libremente de los inmuebles adquiridos a contar de la fecha de la misma.
    III.- Establécense las siguientes condiciones generales para la venta de los inmuebles singularizados en el numeral I precedente, sin perjuicio de aquellas que se establezcan en los correspondientes decretos que autoricen la venta:
    a) El precio de la venta por cada inmueble será el señalado en cada caso en el numeral I precedente, el que se pagará al contado, pudiendo excepcionalmente establecerse la modalidad de venta a plazo, lo que será analizado caso a caso en su mérito.
    b) Los inmuebles se venderán como especie o cuerpo cierto, en el estado en que éstos se encuentren al momento de perfeccionarse la venta, con todos sus derechos, usos, costumbres y servidumbres, activas y pasivas, libre de hipotecas, gravámenes, prohibiciones y litigios.
    c) Para el caso de existir arrendatarios, comodatarios u otros ocupantes a cualquier título en el inmueble, el Fisco no tendrá la obligación de lanzar a dichas personas.
    d) La entrega material de la propiedad se verificará cuando se acredite al Secretario Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la Región de Los Lagos, que la propiedad ha quedado debidamente inscrita a favor del comprador o compradores en el Conservador de Bienes Raíces competente mediante la exhibición del certificado de la inscripción de dominio correspondiente.
    e) Los gastos de escritura, derechos notariales e inscripciones, así como cualquier otro que se adeude o devengue como consecuencia de la venta, serán de cargo integro de la parte compradora.
    f) El Fisco podrá retractarse de la oferta de venta en el tiempo medio entre la publicación de la resolución en el Diario Oficial y la firma de la manifestación del destinatario de la oferta publicando una resolución que deje sin efecto en todo o parte la presente resolución en el Diario Oficial y en un diario de circulación de la provincia de Palena.
    IV.- Publíquese la presente resolución por una sola vez en el Diario Oficial y en un diario de circulación en la provincia de Palena y, si no lo hubiere, en uno de la capital de la Región de Los Lagos, conforme a los términos previstos en el artículo 45 de la ley Nº 19.880.


    Anótese, regístrese en el Ministerio de Bienes Nacionales, publíquese, notifíquese y archívese.- Por orden de la Presidenta de la República, Víctor Osorio Reyes, Ministro de Bienes Nacionales.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud., Jorge Maldonado Contreras, Subsecretario de Bienes Nacionales.