ACUERDO RELATIVO A INSTRUMENTOS FINANCIEROS DE OFERTA PÚBLICA ADOPTADO POR LA COMISIÓN CLASIFICADORA DE RIESGO
     
    Vistos: Lo dispuesto en el Título XI del decreto ley Nº 3.500, de 1980, en el Acuerdo Nº 31 de los Procedimientos de Aprobación de Cuotas de Fondos de Inversión y Fondos Mutuos Nacionales, publicado en el Diario Oficial el 5 de marzo de 2009, y en el Acuerdo Nº 32 de los Procedimientos de Aprobación de Instrumentos Extranjeros Representativos de Capital, publicado en el Diario Oficial el 8 de enero de 2009.
     
    La Comisión Clasificadora de Riesgo en su 391° reunión ordinaria acordó lo siguiente:
     
A.  EMISORES NACIONALES:
     
1.  Aprobar las cuotas del siguiente fondo mutuo:
     
    - Fondo Mutuo Security Deuda Corporativa Latinoamericana I.G.
     
2.  Desaprobar las cuotas de BTG Pactual Deuda Total Fondo de Inversión, debido a que no cuenta con activos por un monto igual o superior a los US$ 20 millones.
   
3.  Desaprobar las cuotas de Fondo Mutuo Security Liquidez, en atención a que la Administradora General del Fondo así lo ha solicitado.
   
4.  En virtud de lo establecido en el artículo 105, del D.L. Nº 3.500 de 1980, solicitar a los siguientes emisores una tercera clasificación de riesgo de sus instrumentos de deuda:
     
    - Sociedad Química y Minera de Chile S.A.
    - Banchile Securitizadora S.A. - Serie A del Duodécimo Patrimonio Separado
     
B.  EMISORES EXTRANJEROS:
     
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C.  MANTENER ACUERDO VIGENTE SOBRE INSTRUMENTOS DE OFERTA PÚBLICA
     
    En lo no modificado por las letras A y B anteriores, la Comisión mantuvo el Acuerdo vigente relativo a instrumentos financieros de oferta pública adoptado en su 390°reunión ordinaria, celebrada el 26 de febrero de 2015, y publicado en el Diario Oficial el 28 de febrero de 2015.
     
    Santiago, 26 de marzo de 2015.- Alejandro Muñoz Valdés, Secretario.