COMPLEMENTA DISPOSICIONES RELATIVAS A LAS EXPORTACIONES DE COBRE Y SUS SUBPRODUCTOS Y ORDENA SU NOTIFICACIÓN
    Núm. 30 exenta.- Santiago, 4 de mayo de 2017.
    Visto:
    1º Lo dispuesto en los artículos 28 y 31 de la Ley Orgánica Constitucional Nº 18.575 de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fuera fijado por el DFL (Segpres) Nº 1/19.653, de 2000;
    2º Los artículos 5º letras d), g), 6º y 12 del DL Nº 1.349/76, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fuera fijado por el DFL Nº 1/87 (Minería), y sus modificaciones posteriores;
    3º Lo indicado en los artículos 45, 46, 48 letra c) y 49 de la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado;
    4º El acuerdo electrónico aprobado por el Consejo de la Comisión Chilena del Cobre, de 17 de abril de 2017, ratificado en la sesión Nº 3 de 20 de abril de 2017, y
    5º El DS Nº 94, de 2014, del Ministerio de Minería.
    Considerando:
    1º Que por Acuerdo del Consejo de la Comisión Chilena del Cobre, individualizado en el numeral 4 de los vistos, se fijaron nuevas Disposiciones para las exportaciones de cobre y sus subproductos y se otorgó a los exportadores de los mismos, el plazo de 3 días hábiles contados desde la presentación del IVV ante el Servicio Nacional de Aduanas, para hacer entrega a la Comisión Chilena del Cobre de la documentación necesaria para que ésta pueda dar cumplimiento a la obligación de informar al citado Servicio, y
    2º Que se delegó en el Vicepresidente Ejecutivo la facultad de dictar la respectiva resolución aprobatoria exenta, que establezca la forma de ingreso de la información y el contenido de la misma en el plazo antes señalado, en la forma que estime más conveniente para el cabal cumplimiento de los objetivos perseguidos, por el Acuerdo adoptado.
    Resuelvo:
    1º Compleméntense las disposiciones vigentes para los exportadores de cobre y sus subproductos en cuanto a la presentación en Cochilco de la documentación sustentatoria del IVV, en los siguientes términos:
    a) Forma:
    - La presentación de la documentación se hará en forma física, tal como se ha operado hasta ahora, mientras se concluye el nuevo sistema de exportaciones mineras actualmente en desarrollo por parte de esta Institución.
    - Se realizará en las Oficinas de esta Comisión Chilena del Cobre, ubicada en Agustinas 1161, piso 4, Santiago Centro, Región Metropolitana.
    - El horario de presentación será: de lunes a jueves, entre 9 y 17 horas; y, viernes entre 9 y 16 horas.
    b) Contenido:
    La documentación sustentatoria del IVV a presentar en Cochilco es la que se indica a continuación:
    - Carátula del IVV
    - DUS (Documento Único de Salida)
    - Documento Comercial (Factura, nota de crédito o débito)
    - Documento de transporte (Bill of Lading, AWB, carta de porte u otro)
    - Análisis de peso, químico y de humedad, dependiendo del producto
    - Póliza de Seguros asociados o documento que lo sustituya
    - Cualquier otra documentación que incida en el valor final de la exportación
    c) Plazo:
    El establecido en el acuerdo electrónico del Consejo de la Comisión Chilena del Cobre, de 17 de abril de 2017, ratificado en sesión ordinaria Nº 3, de 20 de abril de 2017, esto es, 3 días hábiles contados desde la presentación del Informe de Variación del Valor en la página web del Servicio Nacional de Aduanas.
    El incumplimiento del plazo previamente señalado dará lugar al rechazo del IVV respectivo, por parte de esta Comisión.
    2º Apruébase la carta dirigida a los exportadores de cobre y sus subproductos que se acompaña a la presente resolución como anexo.
    3º Notifíquese la citada carta por correo postal a aquellos exportadores registrados en la Comisión Chilena del Cobre.
    4º Publíquese la presente resolución, para efectos de lo señalado en los artículos 48 y 49 de la Ley Nº 19.880, en el Diario Oficial correspondiente al día quince del mes de mayo o día siguiente hábil.
    5º Publíquese la carta que por este acto se aprueba, en el sitio web institucional.
    Anótese, comuníquese, cúmplase y publíquese.- Alex Matute Johns, Vicepresidente Ejecutivo (S).
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento y fines a que haya lugar.- Sonia Esturillo Herrera, Secretario del Consejo (S).